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Yo participo, tú participas, otros deciden : la participación ambiental en Colombia
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Mecanismos de participación ciudadana en materia ambiental 259 de los asuntos de carácter general o particular que profieran las autoridades, en especial las ambientales en ejercicio de sus funciones, lo cual incluye las autorizaciones, concesiones, licencias y permisos ambientales y demás actos administrativos que versen sobre esta materia. Finalmente, frente a la nulidad por inconstitucionalidad, por nulidad simple y la nulidad y el restablecimiento del derecho, deciden en primera instancia los jueces administrativos, tribunales administrativos o el Consejo de Estado, de conformidad con el nivel de la autoridad que hubiere expedido el acto administrativo cuyo control se solicita(artículos 155 y 153 de la ley 1437 de 2011). A cción de inconstitucionalidad o inexequibilidad 10 Este mecanismo de participación faculta a todos los ciudadanos colombia­nos para impugnar las normas que violen la Constitución política ante la Corte Constitucional, como la entidad encargada de velar por la integridad y supremacía de la norma superior, la cual debe decidir sobre la demanda en sentencia que debe resolver el tema estudiado, de manera definitiva que se constituye en cosa juzgada y tiene efectos erga omnes(Rodríguez y Muñoz, 2009). Esta acción, conforme explica Mendieta(2015), se retomó de la acción de inconstitucionalidad propuesta en 1910 y se incorporó dentro de la Carta política de 1991, como el derecho que tiene cualquier ciudadano de acudir a la Corte Constitucional para que determine si una norma se ajusta a las dis­posiciones de la norma superior y, en caso contrario, se declare inexequible y en consecuencia expulsada del ordenamiento jurídico, para así garantizar la integridad y supremacía de la Constitución. 10 Reglamentada por la Constitución política, artículos 4°, 40 inciso 6 y 241, y el decreto 2067 de 1991.