PERSPECTIVA CAMBIO CLIMÁTICO, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE GOBERNANZA Y DEMOCRACIA AMBIENTAL Beneficios de la adhesión al Acuerdo de Escazú ante la situación del ambiente en El Salvador Carlos García Septiembre 2021 La gestión de gobierno actual ha mostrado falta de interés y compromiso con la construcción de consensos para avanzar en la generación de soluciones sustentables duraderas en el país. El Acuerdo de Escazú, representa una oportunidad única para que la región avance en la ampliación y profundización de la democracia y gobernanza ambiental, en donde la participación de las personas se convierte en el principal medio de implementación de políticas públicas nacionales. Este acuerdo permite elevar y amplificar las voces de actores y poblaciones histórica y sistemáticamente excluidas de las decisiones públicas nacionales, regionales y globales. CAMBIO CLIMÁTICO, ENERGÍA Y MEDIO AMBIENTE GOBERNANZA Y DEMOCRACIA AMBIENTAL Beneficios de la adhesión al Acuerdo de Escazú ante la situación del ambiente en El Salvador FRIEDRICH-EBERT-STIFTUNG- GOBERNANZA Y DEMOCRACIA AMBIENTAL 1 INTRODUCCIÓN El Salvador originariamente conocido como Kuskatan(lugar de piedras preciosas) ubicado en la región de Centroamérica, está caracterizado por sus relieves montañosos, por su clima variado y biodiversidad, es un país que ha vivido períodos irregulares por sus constantes cambios sociales, políticos y económicos. Estas situaciones han llevado a la sociedad, a sufrir pequeños y altos desniveles en temas de gobernanza y democracia, sobre todo temas relacionados al medio ambiente. Estos desniveles, en ocasiones marcados por los diferentes sistemas políticos y prácticas antidemocráticas adoptadas, han sido contrarias a garantizar el bienestar y el caminar hacia sociedades prosperas y en paz. El Salvador a lo largo de su historia no ha consolidado una democracia y gobernanza lo suficientemente robusta, que permita dar respuestas a los desafíos que enfrenta la sociedad salvadoreña, sin embargo, diferentes hitos históricos como los Acuerdos de Paz en 1992, que puso fin al conflicto armado, han permitido avanzar y dar pasos en temas de derechos civiles y políticos, institucionalidad social y ambiental. La etapa post conflicto significaba un nuevo punto de partida para el sistema político democrático en el país, que estaría marcado por nuevas oportunidades y retos en materia de gobernanza y democracia para las administraciones futuras. Durante 30 años de alternancia entre los dos partidos mayoritarios, Alianza Republicana Nacionalista(ARENA) y Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional(FMLN), se construyeron políticas y leyes que permitieron dar pasos significativos, como leyes en materia ambiental, medidas de política sobre participación, creación de espacios de dialogo y políticas sociales. Estos gobiernos, caracterizados por impulsar iniciativas neoliberales, unos más que otros, a través de políticas que tenían por objetivo la promoción de la inversión privada, flexibilizaron permisos ambientales, lo que produjo el deterioro de ecosistemas y bienes naturales del país, afectando los derechos ambientales de las presentes y futuras generaciones. El año 2019 se daría un giro histórico tras la etapa post conflicto, un nuevo partido político llegaría a la administración de gobierno, el 1 de junio del año 2019, asume su mandato como ciudadano presidente de la República de El Salvador, Nayib Bukele, al concretarse su gane en las elecciones presidenciales del 3 de febrero del año 2019 con la bandera del partido Gran Alianza por la Unidad Nacional(GANA). La sociedad salvadoreña depositaba su confianza y esperanza en esta administración electa, buscando entre otros asuntos, el fortalecimiento de la buena gobernanza y los valores democráticos en el país. En este sentido el presente documento analiza la importancia y beneficios del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, conocido como el Acuerdo de Escazú, en el contexto de la vigencia de este instrumento para la gobernanza y democracia ambiental en la región y ante los retos y desafíos en materia ambiental de la actual administración de Gobierno de Nayib Bukele. 3 EL ACUERDO DE ESCAZÚ Y SUS ELEMENTOS PRINCIPALES 2 EL ACUERDO DE ESCAZÚ Y SUS ELEMENTOS PRINCIPALES El Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, conocido como el Acuerdo de Escazú, representa una oportunidad única para que la región avance en la ampliación y profundización de la democracia y gobernanza ambiental, 1 con un mayor ejercicio de ciudadanía, en donde la participación de las personas se convierte en el principal medio de implementación de políticas públicas nacionales y en el elemento realizador de la paz y la seguridad. Es considerado por el Grupo de Expertos y Relatores en Derechos Humanos de las Naciones Unidas“como el más importante acuerdo celebrado en los últimos 20 años para la región, principalmente porque es un acuerdo sobre los derechos de acceso en asuntos ambientales, que establece el acceso a la información, participación pública, acceso a la justicia en asuntos ambientales y protección para las personas defensoras ambientales”.(ACNUDH). El Acuerdo garantiza los derechos de acceso, que son considerados como derechos llave, porque permiten acceder a la realización de otros derechos, por ejemplo, al derecho a vivir en un medio ambiente sano para las presentes y futuras generaciones, el derecho al agua y a la salud, entre otros. Este es un instrumento procedimental, es decir, busca garantizar que lo que ya está pactado y establecido, se cumpla, genera condiciones y capacidades nacionales para que se implementen de manera plena y efectiva los mecanismos, plazos y procedimientos que regulan las políticas públicas nacionales vigentes y los compromisos internacionales suscritos por los Estados en materia ambiental y de cambio climático. 2.1 DERECHOS DE ACCESO A LA INFORMACIÓN El acceso a la información ambiental es uno de los elementos centrales del Acuerdo de Escazú, con el cual se podrá ampliar y fortalecer los instrumentos de políticas públicas para que las personas accedan a esta información de manera entendible, oportuna y en su lengua nativa en asuntos ambientales. Muchos de los países de la región ya cuentan con leyes de acceso a la información pública, por lo que la implementación del acuerdo les permitirá una aplicación concreta de estas con respecto a los asuntos ambientales; tal es el caso de El Salvador con respecto a la Ley de Acceso a la Información Pública(LAIP), la cual entró en vigor el año 2011, y ha significado una herramienta para identificar casos de corrupción y evidenciar situaciones en las que ha habido poca transparencia en instancias del Estado. El Acuerdo de Escazú crea la posibilidad de avanzar en el acceso a la información, a generarla y a divulgarla, para que las personas que están en cargos de toma de decisión tengan elementos suficientes para tomar decisiones infor madas y de manera efectiva, dando respuestas a los retos que están viviendo las personas, comunidades y territorios en cuanto al cuidado y defensa de la vida y la naturaleza. 2.2 DERECHO DE ACCESO A PARTICIPACIÓN SIGNIFICATIVA La participación ciudadana en asuntos ambientales en los países de la región ha sido insuficiente, ha sido una deuda histórica de los Estados. Se debe reconocer que, si bien se han dado pasos en materia de acceso a la información, en términos de participación pública, no se ha profundizado como es necesario para ampliar ese derecho. Se considera que los Estados no han tenido ni la capacidad, el compromiso, ni la voluntad de llevar a su máxima expresión las formas y mecanismos de participación ciudadana que ya están establecidos en sus leyes vigentes. El Acuerdo de Escazú no habla de participación vinculante sino de una participación incidente, que obliga a los Estados a garantizar la participación desde etapas iniciales y en todos los ámbitos y niveles, por lo que su implementación sentaría un precedente y punto de inflexión, en donde las personas asuman un rol de protagonismo para provocar transformaciones 1 Desde la perspectiva de derechos humanos en asuntos ambientales, la democracia ambiental se basa en la premisa de que la participación significativa es fundamental para garantizar que se aborden de manera adecuada y equitativa los intereses de la ciudadanía en las decisiones sobre la tierra y los bienes comunes naturales(World Reosurces Institute), lo cual es importante porque permite el derecho de acceder libremente a la información y 4 al abordaje efectivo de los problemas ambientales; el derecho a participar de manera significativa en la toma de decisiones; el derecho a solicitar la ejecución de las leyes ambientales o la compensación por daños, el acceso a la justicia. Esto son elementos de una buena gobernanza, sin embargo, para ello, es necesario también que el accionar de las instituciones se haga desde el concepto de gobernanza ambiental. FRIEDRICH-EBERT-STIFTUNG- GOBERNANZA Y DEMOCRACIA AMBIENTAL que son urgentes y necesarias en los países. La afirmación principal es que cualquier decisión en materia de política pública en asuntos ambientales que se adopte, si no involucra como principal medio de implementación la participación de la ciudadanía, será un fracaso, porque sin participación, ninguna decisión es efectiva, acertada, ni sustentable, ni duradera. Con el acuerdo se crean condiciones para la realización del Derecho a la Consulta y del Principio de Consentimiento Libre, Previo e Informado(CLPI), que se encuentra establecido en diversos instrumentos de derechos humanos sobre pueblos indígenas y tribales. 2.3 DERECHOS DE ACCESO A JUSTICIA AMBIENTAL L os países se comprometen a hacer efectivo el derecho de acceso a la justicia ambiental 2 mediante el establecimiento de mecanismos de apoyo, incluida la asistencia técnica y jurídica gratuita a las personas o grupos en situación de vulnerabilidad, ya que en todos los países existe una gran asimetría entre las empresas o los Estados y las comunidades que tienen que buscar asesoría jurídica, lo que vuelve muy difícil que esté disponible y sea independiente. Definitivamente, el Acuerdo de Escazú es un instrumento que tiene una naturaleza de índole preventiva, busca encontrar soluciones que pasan de manera ineludible por fomentar el diálogo social y político entre la ciudadanía y las instituciones, para encontrar soluciones a toda la conflictividad socio-ambiental que se vive en los países y de esta manera asegurar el acceso a la justicia. Es necesario dar pasos y avanzar de manera muy concreta en la resolución temprana de conflictos socio-ambientales en los territorios, la adhesión e implementación del Acuerdo de Escazú, brinda esa posibilidad real, si no se honra este compromiso por parte de los Estados, eso llevará a escenarios de mayor conflictividad y profundizará esquemas de impunidad que han sido la norma en la región, ante la falta de acceso a pronta y cumplida justicia, tal como lo establece la Constitución de la República. 2.4 PROTECCIÓN A PERSONAS DEFENSORAS AMBIENTALES El Acuerdo de Escazú es el primer tratado en el mundo para proteger a las personas defensoras del ambiente, es único en el mundo, porque contempla mandatos hacia los Estados para la protección de las personas defensoras ambientales y la creación de un entorno seguro y habilitante para el pleno ejercicio de su labor, en promover y proteger el derecho a vivir en un ambiente sano, limpio y sustentable. El acuerdo compromete a los Estados a adoptar medidas adecuadas y efectivas para reconocer, proteger, promover y garantizar todos los derechos de las personas defensoras de los derechos humanos en asuntos ambientales, incluido su derecho a la vida, integridad personal, libertad de opinión y expresión, reunión y asociación pacíficas y libre circulación, así como su capacidad para ejercer sus derechos de acceso, teniendo en cuenta sus obligaciones internacionales en el campo de los derechos humanos, sus principios constitucionales y los conceptos básicos de su sistema legal. Cada Parte también deberá tomar las medidas apropiadas, efectivas y oportunas para prevenir, investigar y sancionar los ataques, amenazas o intimidaciones que puedan sufrir las personas defensoras de los derechos humanos en materia ambiental. 3 ACUERDO DE ESCAZÚ EN EL CONTEXTO DE LA GOBERNANZA AMBIENTAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE GOBIERNO DE NAYIB BUKELE A 2 años de la administración de Gobierno de Nayib Bukele, hay mucha incertidumbre y preocupación por las prácticas antidemocráticas y autoritarias, y por la desidia con los asuntos ambientales, totalmente ausentes en su discurso y políticas públicas sustentables. Su gestión ha estado marcada por el poco compromiso y opacidad en mandatos vinculados al medio ambiente, así como su poca efectivad de respuesta ante el contexto de emergencia climática y crisis ambiental que se vive en el país y a nivel global, donde se requiere un fuerte nivel de compromiso ético y político con el ambiente. Al contrario, se ha visto como ha reducido al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales(MARN) que tiene obligaciones establecidas en la Ley de Medio Ambiente para la protección de los bienes comunes naturales) a una entidad tramitadora de permisos, flexibilizando la normativa ambiental y permitiendo abusos del sector privado en cuanto a la integridad de los ecosistemas y la biodiversidad. 2 La justicia ambiental, promueve y garantiza una distribución equitativa de los bienes naturales y fomenta su conservación y protección justa; en ese sentido debe centrarse no sólo en las injusticias e inequidades, sino en un amplio alcance que integre e incluya cuestiones de distribución, reconocimiento cultural, participación política y también de construcción de capacidades. 5 ACUERDO DE ESCAZÚ EN EL CONTEXTO DE LA GOBERNANZA AMBIENTAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE GOBIERNO DE NAYIB BUKELE En concordancia a lo anteriormente mencionado, se considera importante la adhesión del Acuerdo de Escazú para garantizar los derechos ambientales y la conservación de los bienes naturales en el país. El no contar con instrumentos robustos, genera riesgos y nuevas amenazas ambientales. En relación a la firma y ratificación del Acuerdo de Escazú, Nayib Bukele, anunció el 24 de septiembre de 2020 en Cadena Nacional de Radio y Televisión, que no firmaría el Acuerdo, con el argumento de que no podía detenerse el desarrollo del país. Así, la única vía que tiene disponible El Salvador, ahora que se ha consumado la amenaza de no firma, es convertirse en Estado Parte del Acuerdo por medio de la figura de la adhesión. El acuerdo permitirá fortalecer el asidero legal y procedimental de la gobernanza ambiental en El Salvador, ante los vacíos, flexibilidad de permisos y privilegios económicos en materia ambiental que ha vivido históricamente el país. Por ejemplo, según lo establecido en la Ley de Medio Ambiente, el Ministerio de Medio Ambiente está obligado a presentar cada 2 años, el Informe del Estado Nacional del Medio Ambiente. Esta es una deuda de la actual administración del Ministerio y del Órgano Ejecutivo en su conjunto, ya que el último informe realizado fue presentado en 2017 por la administración de Gobierno del Presidente Salvador Sánchez Cerén. Lo establecido en el artículo 6 numeral“3” del Acuerdo de Escazú mandata a los Estados a contar con sistemas de información ambiental actualizado, que incluye informar sobre la situación del estado del medio ambiente, información acerca de contaminantes y zonas localizadas, estado del uso del suelo, conservación de los bienes naturales y servicios ecosistémicos. Por otra parte, el nivel de calidad de vida de las comunidades y de los territorios, lejos de haberse incrementado, está caracterizado por severos peligros que atentan contra la soberanía alimentaria, el derecho humano al agua y las personas defensoras ambientales. En este sentido, se han exacerbado condiciones de vulnerabilidad y riesgos ante la pasividad del Sistema de Protección Civil y la reducción del presupuesto del MARN, que ha tenido serias repercusiones en las Áreas Naturales Protegidas(ANP), ante la reducción de personal asignado como custodios ambientales, quienes realizan monitoreo al respecto de la normativa ambiental en los territorios y en particular dentro de las ANP, lo que a su vez provoca la profundización de conflictos socio-ambientales al no contar con mecanismos que los prevengan desde etapas tempranas, por lo que se corre el riesgo de escalar los conflictos. En este aspecto, el Acuerdo de Escazú, se guía sobre el principio precautorio y establece que las partes del Acuerdo, deberán desarrollar e implementar un sistema de alerta temprana en caso de amenaza inminente a la salud o al medio ambiente. La participación ciudadana es clave para la consolidación de las democracias, durante la gestión actual de Nayib Bukele en el Órgano Ejecutivo, se ha evidenciado que muchas de las amenazas de cierre y reducción al espacio cívico y de participación, no eran sólo un rumor o una exageración por parte de actores de la sociedad civil, el desmontaje de los mecanismos de diálogo creados en las administraciones anteriores, ponen de manifiesto la falta de interés y de compromiso con fomentar la construcción de consensos y avanzar por medio de los valores democráticos en la generación de soluciones sustentables duraderas en el país. Espacios como las Asambleas Ciudadanas, los Consejos Consultivos Ciudadanos, el Consejo de Sustentabilidad Ambiental(CONASAV), entre otros, eran espacios de deliberación, que, si bien no lograron llegar a una expresión de democracia directa, sí dieron pasos en términos de involucramiento ciudadano. En tal sentido ante la reducción del espacio cívico y de participación, el Acuerdo de Escazú, fortalecería los mecanismos de participación mediante su artículo 7, el cual mandata a las Partes a garantizar la participación en asuntos ambientales, generar condiciones propicias que se adecúen a las características sociales, culturales, económicas, geográficas y de género. La consulta pública es un elemento sustancial para garantizar la participación de las personas en asuntos públicos que impacta al ambiente, el Acuerdo de Escazú incorpora elementos procedimentales para una efectiva participación. En relación a esto, es preocupante como muchos procesos de consulta pública que regula la Ley de Medio Ambiente vigente han sido negativamente tendenciosos por parte del MARN, violando incluso recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos(CIDH) sobre el Derecho a la Consulta en contexto de Pandemia, como ha sucedido en el caso de la represa Nahuizalco II, en donde fueron notorios los vacíos procedimentales tanto en los Estudios de Impacto Ambiental como en los abusos en la convocatoria de consulta realizada, que no garantizaban condiciones para la plena participación de las comunidades afectadas. Las prácticas que instrumentalizan el Derecho a la Consulta, además de violentar disposiciones de ley nacional, transgreden normativas establecidas en otros instrumentos de Derechos Humanos suscritos por el país en el marco multilateral de las Naciones Unidas, o el Tratado de Libre Comercio entre la región Centroamericana, Republica Dominicana y Estados Unidos(CAFTA-DR, por sus siglas en inglés) en su capítulo sobre medio ambiente.(CIDH, 2020). En el marco y abanico ya existentes de reglamentos nacionales, el Acuerdo de Escazú, fortificaría los vacíos procedimentales previsto en las legislaciones nacionales, tal como lo establece el artículo 7 numeral“13” del Acuerdo, donde insta a construir espacios apropiados de consulta en asuntos ambientales o el uso de los ya existentes, en los que puedan participar distintos grupos y promover en las consultas la valoración del conocimiento local, el diálogo y la interacción de las diferentes visiones y saberes. El artículo 6 del acuerdo de Escazú sobre generación de información ambiental en su numeral 3, establece que se debe de informar a las comunidades y territorios sobre la Evaluación de Impacto Ambiental y de gestión, además de cualquier permiso otorgado por las autoridades públicas. En este sentido es pertinente conocer sobre el caso 6 FRIEDRICH-EBERT-STIFTUNG- GOBERNANZA Y DEMOCRACIA AMBIENTAL Ciudad Valle El Ángel y de cómo el acuerdo podría fortalecer el acceso a información y de participación. El caso Ciudad Valle El Ángel es un caso emblemático sobre la flexibilización de la normativa y los permisos ambientales. Este es un proyecto urbanístico en construcción, ubicado en la zona norte de San Salvador, a cargo de la constructora Urbánica, propiedad de la familia Dueñas, el proyecto tendría grandes repercusiones para el ambiente y profundizará las desigualdades territoriales en el acceso al agua, afectando severamente una importante zona de recarga acuífera, el nacimiento de agua del río Chacalapa, que abastece a 60 mil personas de diferentes comunidades de Apopa y municipios aledaños, así como graves daños a los ecosistemas y la vida silvestre de la zona. Como parte de este apartado es importante mencionar que la sociedad se encuentra ante un escenario de constantes retos y transformaciones, en este sentido la administración de gobierno ha impulsado la adopción de una política monetaria de digitalización. El uso cotidiano estas nuevas herramientas representan nuevos desafíos ambientales, un ejemplo de esto es el anuncio del presidente el 5 de junio de 2021, el cual enviaría la propuesta de circulación legal del bitcoin, sin realizar estudio o análisis de impacto que pueda tener en materia ambiental. La minería de esta criptodivisa tendrá impactos ambientales mediante las transacciones y el uso de cajeros automáticos, que generarán un incremento al consumo de energía y a las emisiones de Gases de Efecto Invernadero, produciendo un incremento de CO2.(Bermejo& Garcia, 2021). Esto es totalmente contradictorio a reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, por lo que el Acuerdo de Escazú, creará una ventana de oportunidad para que este tipo de propuestas sean consultadas sobre el impacto ambiental. Algunos retrocesos sobre el acceso a la información durante la administración de gobierno de Nayib Bukele están vinculados al debilitamiento institucional y normativo, entre las cuales se puede mencionar: 1) Los nombramientos de las y los Comisionados del Instituto de Acceso a la Información Pública(IAIP), se realizaron de forma irregular y violando procedimientos regulados en la LAIP y su reglamento. 2) El Decreto número 34, firmado el 26 de agosto de 2020, en el cual le otorga más funciones y poderes al presidente del IAIP, debilitando al pleno y a la toma de decisiones colegiadas(El Faro, 2020), lo cual tiene como principal consecuencia la imposibilidad de la ciudadanía de impugnar a una candidata o candidato a comisionado, cuando consideren que no cumplen con los requisitos de ley, lo que significa mayores obstáculos a los derechos de acceso a información, participación y justicia en asuntos ambientales. 3) Finalmente en julio del 2021, la administración del Presidente Nayib Bukele, envió una reforma a la Asamblea Legislativa con trece puntos entre los cuales se destaca el declarar como información reservada el presupuesto asignado, proyectos y adquisiciones, gastos públicos y lista de proveedores del Estado. Por otra parte es fundamental mencionar que El Acuerdo de Escazú es una llave para abrir esos candados que limitan el acceso a la información y la participación en otras agendas internacionales o nacionales en materia ambiental, un ejemplo de estos candados que podemos encontrar son las Contribuciones Nacionales Determinadas(NDC por sus siglas en inglés), compromiso que suscribieron y ratificaron los Estados como parte del Acuerdo de París, y que son aportes que se realizan para disminuir la temperatura y que no aumente 1.5 o 2.0°C, pese a que estas fueron ratificadas por El Salvador, el país no cuenta con un plan y presupuesto para su financiamiento, o por lo menos no lo ha presentado públicamente. Por otra parte, las NDC presentadas por el país son de corte condicional, implica que únicamente serán posibles de cumplir si se cuenta con estabilidad macroeconómica, posibilidad de recursos financieros internacionales y si no se presentan eventos climáticos extremos que afecten las finanzas públicas; sin embargo, ya en el año 2020 se presentaron dos tormentas tropicales como Amanda y Cristóbal, además de enfrentarse ante la pandemia por COVID-19, la cual se ha presentado como argumento para justificar el no cumplimiento de plazos y responsabilidades en materia de cambio climático. En el año 2020 se cumplió el plazo de cinco años para actualizar las NDC, en el caso del país estas no fueron presentadas; de manera no oficial se conoce que se está trabajando en su revisión o actualización para ser presentada en el contexto de la COP26. En tal sentido el Acuerdo de Escazú permitiría dirimir y fortalecer la participación y acceso a la información de la sociedad civil ante políticas públicas o acuerdo internacionales. Concluyendo este apartado, se considera que el país cuenta con legislación ambiental que contempla mandatos específicos en cuestiones de protección, aunque existe una débil implementación, ejecución y monitoreo de normativas, como la Ley Forestal, Ley de Riego y Avenamiento y Ley de Medio Ambiente, que no se cumplen adecuada y efectivamente. En muchos aspectos esta debilidad se debe al bajo nivel de compromiso y voluntad ética y política con el ambiente, que históricamente ha estado supeditado a intereses económicos en lugar de avanzar de manera decidida en el cuidado de los bienes comunes naturales. Por tanto, es evidente que la institucionalidad pública del país no ha logrado crear condiciones objetivas y desarrollar capacidades técnicas suficientes para que las decisiones adoptadas estén basadas en el mejor conocimiento científico disponible, donde el Acuerdo de Escazú cobra especial relevancia, teniendo en cuenta que es un instrumento fundamentado en los derechos humanos para fortalecer la gobernanza y democracia ambiental del Estado, lo que representaría un paso significativo si se concreta su adhesión en la administración del presidente Nayib Bukele. 7 BENEFICIOS DE LA ADHESIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL ACUERDO DE ESCAZÚ 4 BENEFICIOS DE LA ADHESIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL ACUERDO DE ESCAZÚ El Acuerdo de Escazú refleja la solidez en el compromiso regional para fortalecer la democracia y gobernanza ambiental, destacando el enfoque en la inclusión y su amplitud para incidir en la reducción de las desigualdades y garantizar el derecho de todas las personas a un medio ambiente sano. El Acuerdo de Escazú es un instrumento que busca garantizar el bienestar y prosperidad para el desarrollo sustentable en cuanto al cuidado del planeta, para lo cual plantea la necesidad y los beneficios de fortalecer el diseño y ejecución de políticas públicas y la toma de decisiones sobre las mismas. El Acuerdo fortalece los objetivos ambientales e internacionales en materia de democracia ambiental que, como Estado, El Salvador a través de las disposiciones y principios del derecho internacional se ha comprometido de forma voluntaria o vinculante al logro y alcance de los mismos, entre ellos podemos mencionar: los Objetivos de Desarrollo Sostenible(ODS) de la Agenda 2030, que contiene acciones climáticas y de fortalecimiento institucional y que se encuentra relacionado a través de su dimensión ambiental con el Acuerdo de Escazú, además, podemos mencionar el Acuerdo de París, el cual fue ratificado por la Asamblea Legislativa 2015-2018, que busca cumplir con las metas de no aumento de la temperatura global. Es importante mencionar que el Acuerdo de Escazú fortalecerá las modalidades y esquemas de Cooperación Sur- Sur, Bilateral y Triangular, movilizando recursos y oportunidades de formación, desarrollo de capacidades y fortalecimiento institucional, lo que permitiría la movilización de recursos para el apoyo presupuestario del país, considerando que durante la administración del presidente Nayib Bukele, se han visto recortes a las carteras de Medio Ambiente, en aspectos que van destinados a la conservación y protección de las Áreas Naturales Protegidas y la gestión y prevención de desastres por eventos climáticos extremos. A continuación, se describe algunos de los recortes en áreas prioritarias ambientales y sus principales ingresos en materia de financiamiento climático en esto últimos años. Por ejemplo, en materia de presupuesto ambiental, durante el año 2020, el gobierno recortó US$3.8 millones al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y se quedó con US $15 millones.(Revista Gato Encerrado, s.f.). Este ajuste se realizó en plena pandemia, reduciendo la asignación dirigida a proyectos de conservación de ANP, gestión y prevención de fenómenos naturales, contradiciendo lo prometido en el Plan Cuscatlán 3 y el llamado de diferentes personas expertas a invertir y prevenir una situación catastrófica ambiental. Es importante mencionar que en materia de financiación para el desarrollo, El Salvador ocupa la posición número 10 como receptor de fondos desembolsados, en una lista de 21 países y ocupa la posición número 15 como receptor de finan ciamiento climático, siendo el 13° receptor de cooperación bilateral dedicada a cambio climático en el periodo 20082018, además es un país que fortalece su apoyo presupuestario como receptor de financiamiento proveniente del Fondo Verde del Clima(FVC) y del Fondo Mundial para el Medio Ambiente(FMAM) y mayormente del Banco Interamericano de Desarrollo(BID), sin embargo, no recibe financiamiento del Fondo de Inversión Climática(CIF)(GFLAC). El Salvador vive una constante conflictividad ambiental en los territorios, por tanto, el Acuerdo aportaría en la prevención temprana de conflictos desde el ejercicio efectivo de los derechos de acceso, aportando elementos de resolución pacífica de los mismos. Una democracia fuerte permite una toma de decisiones participativas en materia ambiental y aumenta la confianza en las decisiones adoptadas por las instituciones de las administraciones de gobierno, considerando que el Acuerdo responde a las demandas de actores sociales, redes comunitarias y territoriales. Permite elevar y amplificar las voces de los actores y pobla ciones histórica y sistemáticamente excluidas como mujeres, juventudes y pueblos originarios en las decisiones públicas nacionales, regionales y globales, afirmando la capacidad de propuesta y solución que tienen estas poblaciones para enfrentar retos y desafíos para asegurar el cuidado y protección de los bienes comunes naturales y procurar el bien común global, lo que sin duda representa una contribución significativa para asegurar que nadie se quede atrás, uno de los fundamentos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Favorece una política de Estado de efectivo cumplimiento de la rendición de cuentas. Asimismo, aporta una mayor comprensión por parte de actores sociales de las decisiones tomadas, contribuyendo así a un mayor nivel de exigencia y 3 Plan de propuesta de campaña durante las elecciones presidenciales 2019, presentado por el entonces candidato Nayib Bukele, por el Partido Gran Alianza por la Unidad Nacional. 8 FRIEDRICH-EBERT-STIFTUNG- GOBERNANZA Y DEMOCRACIA AMBIENTAL Figura 1 Acuerdo de Escazú y su vinculación con los compromisos internacionales *Declaración Universal de los Derechos Humanos(DUDH) Elaboración: Artiga César, García Carlos. Grupo Impulsor Nacional de El Acuerdo de Escazú en El Salvador. 2020 por consecuencia, a un eventual mayor nivel de cumplimiento de los compromisos. Favorece, en definitiva, una debida, estable y buena gobernanza de los bienes comunes naturales. margen de corrupción en la gestión pública de los Estados y Gobiernos. La democracia ambiental es clave para alcanzar el desarrollo sustentable, justo e inclusivo en la región. Con la adhesión al Acuerdo de Escazú, El Salvador asumiría un piso mínimo común, permitiendo elevar su nivel de compromiso y ambición respecto a lo que ya se tiene establecido y en vigencia en las legislaciones y normativas nacionales, ampliando el asidero legal y propiciando una mayor realización de derechos de la ciudadanía. El país se encuentra inmerso en un contexto complejo que está marcado por profundas amenazas de retrocesos en materia de derechos humanos, democracia y Estado de Derecho, por lo que con la implementación del Acuerdo de Escazú se crean condiciones para fortalecer indicadores de gobernabilidad democrática y gobernanza social territorial 4 en materia de acceso a la información, participación pública y justicia en asuntos ambientales. Permitirá evidenciar y manifestar un compromiso con la transparencia, estableciendo reglas del juego claras para todas las personas y grupos, así como la reducción del El Acuerdo de Escazú es un elemento realizador del derecho a la Consulta, teniendo en cuenta que amplía y establece el derecho a la participación de toda persona, teniendo un énfasis particular en personas y grupos en situación de vulnerabilidad, garantizando su participación plena y efectiva en igualdad de condiciones, incluidos los pueblos indígenas y grupos étnicos. Finalmente el Acuerdo de Escazú es el único acuerdo a nivel global que incluye a las personas defensoras ambientales, por lo que se daría un paso significativo para avanzar en la protección de quienes resguarda el ambiente, una deuda en la cual el Estado Salvadoreño no cuenta con protocolos de protección o identificación de las personas que están haciendo una contribución al cuidado de la naturaleza y de los bienes naturales y que se encuentran en escenarios de constante agresión, amedrentamiento y conflicto en sus comunidades. 4 La Alianza Ulúas, Lencas y Nonualcos(organización territorial de pueblos indígenas) ha generado y desarrollado una propuesta de mecanismo de gobernanza que parte desde sus propios conceptos, saberes y prácticas ancestrales, busca garantizar la participación ciudadana y promover que se aborden las decisiones de manera inclusiva, sustentable y con soluciones duradera. Esta iniciativa denominada Gobernanza Social Territorial, es un ejercicio autogestionado que integra visiones del imaginario de vida del legado ancestral que se realiza como una expresión política de los 9 pueblos, desde su derecho a la autodeterminación, considerando que esto significa participar en las decisiones del cuidado de la vida, naturaleza y el bien común global. Los pueblos y comunidades juegan un rol decisivo en los territorios, estas prácticas les permiten vincularse con los principios y valores ancestrales y caminar progresivamente en el bienestar y en la construcción de paz de manera intergeneracional e intercultural con todos los actores y sectores que co-habitan los territorios. FRIEDRICH-EBERT-STIFTUNG- GOBERNANZA Y DEMOCRACIA AMBIENTAL 5 RECOMENDACIONES – Que la administración de Gobierno por parte del ciudadano presidente Nayib Bukele, presente por medio del Ministerio de Medio Ambiente a la Asamblea Legislativa, el proyecto de Ley de Adhesión del país al Acuerdo de Escazú, para que este sea aprobado y El Salvador se convierta en un Estado Parte del Acuerdo, lo que permitiría al Estado implementarlo y a la ciudadanía contar con un instrumento robusto para ejercer la democracia y ciudadanía ambiental. – Integrar los principios de acceso a información, participación del Acuerdo de Escazú en la discusión y aprobación de la Ley del Agua, como una contribución significativa para garantizar los Derechos de Acceso, los mecanismos de participación y gobernanza social territorial desde las comunidades, personas y organizaciones defensoras del ambiente, la tierra y el agua. – Elevar el nivel de compromiso, ambición y voluntad ética y política con el ambiente: Con la construcción de una mesa de diálogo para el proceso de adhesión e implementación del Acuerdo de Escazú; incrementar el presupuesto ejecutado en materia ambiental para la conservación y protección de los bienes comunes naturales; fortalecer las evaluaciones de impacto ambiental, para que los sectores e intereses privados y de mercado no abusen de los bienes comunes a nivel nacional; aprobar leyes ambientales entre ellas, la prohibición de agrotóxicos, ley de soberanía y seguridad alimentaria, reformas a la constitución para reconocer el agua y la alimentación como derecho humano y una Ley de Cambio Climático; restablecer los espacios de participación ambiental como el CONASAV y las mesas de participación ciudadana. – Impulsar de manera amplia, transparente y participativa con la sociedad civil, un proceso de actualización y propuesta de financiamiento presupuestario de las NDC, considerando que las actuales no cumplen con el nivel de exigencia requerido para cumplir con la meta de no aumento de la temperatura global a más de 1.5°C. Estas no reúnen los elementos necesarios para robustecer y elevar el nivel de efectividad y capacidad técnica y científica, que sustenten las medidas que son urgentes y necesarias en el abordaje del reto y desafío que implica el cambio climático, sus manifestaciones, proyecciones y escenarios de cara al presente y futuro, tomando como base los informes más recientes del Panel Intergubernamental del Cambio Climático(IPCC) y la Plataforma Intergubernamental de Ciencia y Política sobre Biodiversidad y Servicios de los Ecosistemas(IPBES). Este proceso de actualización o creación de nuevas NDC, debe ir acompañado de la formulación de un plan de implementación que establezca claramente un presupuesto con la identificación de las fuentes de financiamiento, tanto de la movilización de recursos domésticos como externos. 10 IMPRESIÓN ACERCA DEL AUTOR IMPRESIÓN Carlos García es Licenciado en Relaciones Internacionales, graduado de la Universidad de El Salvador. Defensor de derechos humanos y constructor de paz y sustentabilidad. Actualmente facilitador del Equipo Nacional del Acuerdo de Escazú-El Salvador. Es egresado de la generación 2016 del programa de formación social y política de la Fundación Friedrich Ebert“Agentes de Cambio” en El Salvador. Correo: gf95carlos@gmail.com Friedrich-Ebert-Stiftung(FES) El Salvador elsalvador@fesamericacentral.org https://americacentral.fes.de/ Responsable: Eva Nelles Representante Fundación Friedrich Ebert para El Salvador, Nicaragua y Panamá. Coordinadora: Julia Aguilar j.aguilar@fesamericacentral.org San Salvador, Septiembre, 2021 SOBRE ESTE PROYECTO La Friedrich-Ebert-Stiftung(FES, Fundación Friedrich Ebert) llega a El Salvador en 1989, con el objetivo de apoyar el diálogo entre las fuerzas de izquierda del país, de cara a las negociaciones del acuerdo de paz entre el gobierno y el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional. Adquiere su estatus de“Misión Internacional” en 1995 y, a partir de entonces, ha podido apoyar diversos procesos de investigación, formación, debate y asesoría política en colaboración con diversos actores sociales, políticos y gubernamentales que se identifican con los valores democráticos, el feminismo, los derechos humanos y ambientales y el buen gobierno. Así, la FES apuesta por el fortalecimiento de liderazgos transformadores con énfasis en las juventudes progresistas y la conformación de alianzas progresistas para la atención de las problemáticas que más afectan a la población del país. Para más información, consulte https://americacentral.fes.de/ La Fundación Friedrich Ebert no comparte necesariamente las opiniones vertidas por el autor ni éste compromete a las instituciones con las cuales esté relacionado por trabajo o dirección.  ISSN 2413-6603 GOBERNANZA Y DEMOCRACIA AMBIENTAL Beneficios de la adhesión al Acuerdo de Escazú ante la situación del ambiente en El Salvador La gestión actual del Órgano Ejecutivo ha evidenciado que muchas de las amenazas de cierre y reducción al espacio cívico no eran sólo un rumor o una exageración por parte de actores de la sociedad civil. El desmontaje y reducción de los mecanismos de diálogo y participación creados en las administraciones anteriores, pone de manifiesto la falta de interés y de compromiso con fomentar la construcción de consensos y avanzar por medio de los valores democráticos, en la generación de soluciones sustentables duraderas en el país. El Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, conocido como el Acuerdo de Escazú, representa una oportunidad única para que la región avance en la ampliación y profundización de la democracia y gobernanza ambiental, con un mayor ejercicio de ciudadanía, en donde la participación de las personas se convierte en el principal medio de implementación de políticas públicas nacionales y en el elemento realizador de la paz y la seguridad. El Acuerdo de Escazú, permite elevar y amplificar las voces de los actores y poblaciones histórica y sistemáticamente excluidas como mujeres, juventudes y pueblos originarios en El Salvador, en las decisiones públicas nacionales, regionales y globales, afirmando la capacidad de propuesta y solución que tienen estas poblaciones para enfrentar retos y desafíos en asegurar el cuidado y protección de los bienes comunes naturales, lo que sin duda representa una contribución significativa para asegurar que nadie se quede atrás, uno de los fundamentos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Más información sobre el tema está disponible aquí: https://americacentral.fes.de/