ANÁLISIS DEMOCRACIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA HOGUERA A LA CÁRCEL C riminalización de mujeres por aborto, parto y complicaciones obstétricas: un continuum de violencias y una nueva forma de cacería de brujas Ana Vera Noviembre 2021 1 DEMOCRACIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA HOGUERA A LA CÁRCEL Criminalización de mujeres por aborto, parto y complicaciones obstétricas: un continuum de violencias y una nueva forma de cacería de brujas Ana Vera Los procesos violentos del sistema capitalista, que han perpetuado el despojo y la sumisión de las mujeres desde la época de la cacería de brujas, continúan plenamente vigentes. A las mujeres ya no se nos envía a la hoguera, pero seguimos sometidas a múltiples violencias, entre ellas, la penalización de nuestros derechos y decisiones reproductivas; son las inaceptables consecuencias de un sistema que pone las ganancias sobre la vida y que se estructura en la sumisión, la expropiación y el despojo. El sistema patriarcal capitalista genera una jerarquización de las personas, en la cual las mujeres han sido sometidas al poder patriarcal con base en la expropiación de su trabajo, su tierra, su propiedad, a la generación de leyes injustas, al uso de las violencias como instrumento de disciplinamiento y a la criminalización. En este contexto, la criminalización de sus eventos reproductivos profundiza y multiplica estructuras que mantienen la desigualdad e inequidad, y que permiten que el patriarcado se mantenga, se propague e incluso se transforme. La violencia ha sido, por siglos, el instrumento de disciplinamiento y sumisión de las mujeres. Ha sido usada para mermar el poder y la sabiduría que hemos alcanzado y para solidificar el sistema patriarcal capitalista que actualmente conocemos. Dentro de las formas de violencia utilizadas contra las mujeres, la criminalización y estigmatización de determinados comportamientos ha sido fundamental para fortalecer el control social sobre nosotras y nuestras vidas. La más frecuente es la criminalización por nuestra posibilidad reproductiva que sostiene al sistema patriarcal capitalista, mantiene la expropiación de nuestros cuerpos y de nuestra posibilidad reproductiva y permite la reproducción de las estructuras sociales que soportan al patriarcado capitalista: el matrimonio, la heterosexualidad, la monogamia y la familia nuclear reproductora. Al ser sistémica, esta forma de criminalización nos afecta a todas. No obstante, es fundamental reconocer que los hechos concretos de criminalización afectan de forma desmedida a mujeres empobrecidas, racializadas, jóvenes y vulnerables. Las que son criminalizadas por aborto y complicaciones obstétricas son, además, sujetas de estigmas y estereotipos durante los procesamientos judiciales que se transforman en procesos de moralización. Dentro de estos imaginarios se usan torturas, tratos crueles, degradantes e inhumanos o pruebas ilegales con el objetivo de mantener el poder social sobre la mujer y la idealización de la maternidad como destino. El Proyecto de ley de aborto por violación -a discutirse próximamente en la Asamblea Nacional ecuatorianadebe poner fin a estas injusticias estructurales, al menos para las mujeres víctimas y sobrevivientes de violencia sexual. En ese sentido, debe ser un proyecto reparador, que ponga en el centro a las mujeres, niñas, adolescentes y personas con posibilidad de gestar; se requiere un proyecto que repare y que no reproduzca estructuras de privilegio y exclusión. 1. INTRODUCCIÓN ...................................................................... 5 2. INSTAURACIÓN DEL PATRIARCADO CAPITALISTA: LA GUERRA CONTRA LAS MUJERES Y ESTABLECIMIENTO DE LA VIOLENCIA COMO UNA HERRAMIENTA POLÍTICA DE DISCIPLINAMIENTO ........................................ 6 3. DISCIPLINAMIENTO DEL CUERPO, INSTAURACIÓN DE LAS INSTITUCIONES DE LA MATERNIDAD, HETEROSEXUALIDAD Y FAMILIA NUCLEAR REPRODUCTIVA .................................................................... 9 4. LOS DIFERENTES ROSTROS DEL PATRIARCADO CAPITALISTA ......................................................................... 13 5. EL CONTEXTO ECUATORIANO: ¿CÓMO SE VIVE LA EXPROPIACIÓN DEL CUERPO Y LA VIOLENCIA COMO HERRAMIENTA DE CONTROL DE LAS MUJERES? ............................................................................... 14 5.1. El continuum de las violencias, feminicidios: brutal e impune forma de disciplinamiento ...................................................... 15 5.2. Trata y desaparición de mujeres, las violencias invisibilizadas que nos mantienen como objetos para el placer o cuidado de otros ................................................................ 16 5.3. Las violencias de género como un continuum de estrategias globales de opresión .............................................. 16 5.4 La familia nuclear reproductora: pilar de sostenimiento del sistema patriarcal capitalista .............................................. 17 5.5. Maternidades forzadas e interpretaciones legales que limitan la toma de decisiones autónomas de las mujeres sobre sus vidas ..................................................................... 18 6. CRIMINALIZACIÓN DE MUJERES POR ABORTO Y PARTO: UNA ESTRATEGIA DE CACERÍA DE BRUJAS EN UN CONTEXTO DE VIOLENCIA GENERALIZADA CONTRA LAS MUJERES ........................................................................ 20 6.1. La penalización del aborto: efectos legales que desvalorizan la vida de las mujeres, perpetuando las violencias ...................... 20 6.2. El uso del derecho penal como una herramienta de control social y moralización de las mujeres ......................................... 20 6.3. La nueva cacería de brujas: mujeres sin acceso a garantías judiciales ............................................................................ 21 6.4. Empobrecidas, sujetas al racismo y estereotipadas: las víctimas de la nueva cacería de brujas ................................. 24 7. LA LEY PARA NORMAR EL ACCESO AL ABORTO POR VIOLACIÓN ..................................................................... 25 7.1. Aspectos innegociables que la ley debe contemplar para garantizar derechos y justicia para las mujeres .......................... 25 8. A MODO DE CONCLUSIÓN .................................................. 27 9. BIBLIOGRAFÍA ........................................................................ 28 De la hoguera a la cárcel Criminalización de mujeres por aborto, parto y complicaciones obstétricas: un continuum de violencias y una nueva forma de cacería de brujas 1. INTRODUCción En la sociedad capitalista, el cuerpo es para las mujeres lo que la fábrica es para los trabajadores asalariados varones: el principal terreno de su explotación y resistencia, en la misma medida en que el cuerpo femenino ha sido apropiado por el Estado y los hombres, forzado a funcionar como un medio para la reproducción y la acumulación de trabajo(Federici, 2015). Entender cómo se estructura la dominación, explotación y resistencia de las mujeres en la sociedad capitalista ha sido uno de los objetivos fundamentales de la teoría feminista. Silvia Federici, en su libro Calibán y la bruja(2015), analiza esta dominación y explotación“desde un punto de vista feminista” para dar cuenta de cómo se relacionan la expropiación y pauperización con un ataque permanente a las mujeres. Su análisis nos permite comprender la forma en que, en la época de transición al capitalismo, se estructura un nuevo orden patriarcal, basado en la exclusión de las mujeres del trabajo asalariado y su subordinación a los hombres; esta nueva división sexual del trabajo desvaloriza la labor reproductiva, la convierte en un trabajo sexualizado(de las mujeres) y lo degrada a una función que se realiza como destino biológico; la mecanización del cuerpo convierte al de las mujeres en una máquina de reproducción, en doble sentido: tanto haciendo alusión a nuestra posibilidad de parir, como a la construcción de nuestra obligación de cuidar. Relaciona la caza de brujas, la colonización y la expropiación del campesinado europeo como factores fundamentales para la consolidación del capitalismo. Plantea que los procesos violentos capitalistas que estos ejemplifican siguen vigentes y constituyen la forma en que el sistema se mantiene válido, pues un“sistema donde la vida está subordinada a la producción de ganancias, la acumulación de fuerza de trabajo solo puede lograrse con el máximo de violencia”(Federici, 2015: 30). En este texto analizaremos la criminalización de mujeres por aborto y complicaciones obstétricas como una forma actual de cacería de brujas. Esta práctica se inscribe dentro de las formas de violencia que utiliza el patriarcado capitalista para mantener la dominación y explotación de las mujeres, pero también para seguir reproduciéndose como sistema social donde la ganancia se prioriza por sobre la vida. Para esto, utilizaremos los aportes de otras teóricas feministas como Adrianne Rich, Carole Pateman, Nancy Chodorow, y Judith Butler. Así, se pretende contribuir a los debates actuales sobre aborto. Se plantea la necesidad de comprender a la penalización del aborto y al uso del castigo penal para interferir en las decisiones reproductivas de las mujeres como formas de violencia estructural; estas reproducen y mantienen relaciones de poder desiguales y perpetúan formas de control sobre nuestros cuerpos y nuestras vidas. Si bien estoy consciente de que las personas afectadas con la penalización del aborto no somos únicamente las mujeres, sino las personas con posibilidad de gestar, este texto está escrito desde la vivencia concreta de esta prohibición por parte de mujeres. Por lo tanto, el lenguaje que uso se limita a nombrar esta experiencia; esta es la principal limitación del presente trabajo. ABORTO LEGAL EN EL CÓDIGO PENAL 5 FRIEDRICH-EBERT-STIFTUNG• DEMOCRACIA Y DERECHOS HUMANOS 2. Instauración del patriarcado capitalista: la guerra contra las mujeres y establecimiento de la violencia como una herramienta política de disciplinamiento En Calibán y la bruja, Silvia Federici(2015) devela que una de las estrategias fundamentales de consolidación del patriarcado en el sistema capitalista fue la guerra contra las mujeres, misma que tuvo varias expresiones violentas en el proceso de transición al capitalismo. La caza de brujas es una de las expresiones más importantes del intento por degradar, demonizar y destruir el poder social de las mujeres y por construir nuevos ideales“burgueses de feminidad y domesticidad”(2015: 256). Para ella, en la transición al capitalismo a través de la cacería de brujas y otros mecanismos violentos usados contra las mujeres, se instaura una nueva disciplina sobre su cuerpo y su vida. Esta despoja a las mujeres de toda autonomía y las condena a depender de los hombres económicamente y a realizar trabajo gratuito para ellos 1 . La expropiación se realiza en términos laborales como reproductivos e instaura la sumisión al poder de los hombres, mediante una serie de estructuras 2 y discursos denigrantes 3 . Ambos generaron un orden sociopolítico y una categorización jerárquica de las personas según sus marcas corporales, donde las mujeres 4 , su trabajo, su inteligencia son considerados inferiores y su cuerpo, un objeto de instrumentalización. Federici(2015) describe muy bien este proceso, como uno sistemático de cercamiento, despojo, expropiación, devaluación, degradación y violencia, realizado de forma consciente y pública por los gobiernos. Esta estrategia generó las bases económicas sobre las cuales las instituciones mencionadas -el matrimonio, la heterosexualidad, la monogamia y la familia nuclear reproductorase convirtieron en las únicas opciones para que las mujeres pudiéramos sobrevivir. El matrimonio era visto como la verdadera carrera para una mujer hasta tal punto se daba por sentado la incapacidad de las mujeres para mantenerse que, cuando una mujer soltera llegaba a un pueblo, se la expulsaba incluso si ganaba un salario (Federici, 2015: 143). Se forjó una nueva división sexual del trabajo o, mejor dicho, un nuevo“contrato sexual”, siguiendo a Carol Pateman(1995), que definía a las mujeres - madres, esposas, hijas, viudas- en términos que ocultaban su condición de trabajadoras, mientras que daba a los hombres libre acceso a los cuerpos de las mujeres, a su trabajo y a los cuerpos y el trabajo de sus hijos(Federici, 2015: 145). Estas instituciones fueron consolidadas también a través de leyes que despojaron de derechos a las mujeres y que nos convirtieron en incapaces legales, ahondando la dependencia hacia los hombres. A esto se sumó toda la división de los espacios, que se expresó en la expulsión de las mujeres de los espacios públicos: se volvió peligroso caminar solas por la calle, sentarse en las aceras o ventanas. También se estigmatizaron las reuniones entre mujeres, se prohibió que viviéramos juntas solas sin hombres o que visitáramos a nuestras familias. Entonces, la familia nuclear reproductiva se convirtió en el único lugar legítimo para las mujeres, y la heterosexualidad, la única posibilidad económica: también se les prohibió vivir solas o con otras mujeres y, en el caso de las pobres, incluso ni con sus propias familias, ya que se suponía que no estarían controladas de forma adecuada. En definitiva, además de la devaluación económica y social, las mujeres experimentaron un proceso de infantilización legal(Federici, 2015:154). 1 En esta época se desvalorizó el trabajo de las mujeres convirtiéndolo en no trabajo. En ese sentido, todas las productivas que realizaban las mujeres comenzaron a no tener valor. Así, por ejemplo, las actividades de cuidado(trabajo reproductivo) fueron consagradas como no productivas y, en los casos en que se pagaba, se lo hacía a los hombres, como parte de sus actividades. 2 Familia nuclear reproductiva, maternidad, heterosexualidad, monogamia, derecho, división sexual del trabajo, división de los espacios. 3 Degradación de mujeres como seres humanos, degradación del trabajo de las mujeres. 4 No pretendo reducir la jerarquización de las personas a las mujeres. Con Federici y otras teóricas feministas considero que el capitalismo en su jerarquización degrada también a muchos, muchas y muches otres sujetos sociales. No obstante, por los objetivos de este texto, me centraré en lo que sucede con las mujeres. 6 De la hoguera a la cárcel Criminalización de mujeres por aborto, parto y complicaciones obstétricas: un continuum de violencias y una nueva forma de cacería de brujas Este régimen legal se acompañó de un discurso sobre la feminidad que planteaba la necesidad de vigilancia constante de las mujeres; nos consideraba emocionales, lujuriosas e incapaces de actuar de forma adecuada sin control masculino. Un discurso que veía a las mujeres como inferiores y deslegitimaba sus saberes, su cuerpo, su posibilidad reproductiva, su trabajo, su inteligencia y su sexualidad cuando no eran funcionales para los intereses institucionales. Fue a partir de todo esto que la violencia contra las mujeres tanto en el espacio público como privado fue legitimándose socialmente, como una herramienta para corregir a las“malas” y“desobedientes” mujeres y covertirlas. Así, la violencia feminicida, la violencia sexual, la violencia simbólica, el encarcelamiento, la penalización del aborto y la violencia de género se convirtieron en instrumentos que fueron y son usados de forma sistemática para disciplinar a las mujeres e imponerles este orden social. El castigo de la insubordinación femenina a la autoridad patriarcal fue evocado y celebrado(…) Mientras tanto, se introdujeron nuevas leyes y nuevas formas de tortura dirigidas a controlar el comportamiento de las mujeres dentro y fuera de la casa, lo que confirma(…) un proyecto político preciso que apuntaba a dejarlas sin autonomía ni poder social (Federici, 2015: 155). (…) la denigración literaria y cultural estaba al servicio de un proyecto de expropiación(…) el ataque librado contra las mujeres justificaba la apropiación de su trabajo por parte de los hombres y la criminalización de su control sobre la reproducción. Siempre, el precio de la resistencia era el exterminio(…) En el caso de las mujeres europeas, la caza de brujas jugó el papel principal en la construcción de su nueva función social y en la degradación de su identidad social (Federici, 2015: 156). La campaña del terror que acompañó este proceso en esa época fue la caza de brujas, que fue una estrategia de deshumanización femenina y que: justificó la represión, la persecución y la esclavitud (…) destruyó todo un mundo de prácticas femeninas, relaciones colectivas y sistemas de conocimiento que habían sido la base del poder de las mujeres(…) así como la condición necesaria para su resistencia en la lucha(…)(Federici, 2015: 157, 289). La caza de brujas fue una“guerra de clases” (Federici, 2015), un mecanismo del Estado para mermar el poder que las mujeres habían obtenido y las resistencias campesinas frente a la instauración de un nuevo modelo de Estado. En este sentido, instauró la sumisión de las mujeres a los hombres, pero también el control por parte del Estado de su cuerpo, sexualidad, posibilidad reproductiva y de trabajo, en tanto recursos económicos. La caza de brujas en Europa fue un ataque a la resistencia que las mujeres opusieron a la difusión de las relaciones capitalistas y al poder que habían obtenido en virtud de su sexualidad, su control sobre la reproducción y su capacidad de curar (Federici, 2015: 233). Fue una herramienta política que permitió: 1. la legitimación de las formas de violencia más extremas con el objetivo de desaparecer grupos sociales y prácticas que se deseaban erradicar; 2. la persecución de las resistencias de las mujeres y las poblaciones y el desmoronamiento de la esperanza en la capacidad humana para transformar el mundo por fuera de la razón; 3. la destrucción de los tejidos comunitarios de solidaridad; 4. la instauración de una nueva forma de feminidad y 5. la instauración de instituciones sociales fundamentales para el capitalismo: heterosexualidad, familia nuclear procreadora, maternidad. Esto explica por qué fue utilizada de forma sistemática contra las mujeres de las clases populares, sus relaciones sociales-comunitarias y todas las implicaciones que tenían a nivel social. La caza de brujas fue una de las formas en que, a partir del terror, se rompieron los lazos comunitarios y se mermó el poder de resistencia al capitalismo. Como brujas fueron juzgadas muchísimas mujeres y, a partir de este juzgamiento, se las fue disciplinando, para que cumplan el rol asignado en las instituciones patriarcales -capitalistas. Rompieron su posibilidad de control de la sexualidad, de control de la reproducción, de generación de lazos comunitarios(con hombres, pero espacialmente con otras mujeres), demonizaron las prácticas femeninas y destruyeron nuestros sistemas de pensamiento y saber. De acuerdo con Federici(2015), uno de los principales objetivos de la caza de brujas era la instauración del control estatal de la producción de la fuerza de trabajo. Por ello, muchos procesos de juzgamiento a las brujas estuvieron fuertemente vinculados con el sexo no reproductivo, la criminalización de la anticoncepción, la expropiación a las mujeres de sus saberes y sus decisiones reproductivas: (…) los crímenes reproductivos ocuparon un lugar prominente en los juicios. En el siglo XVII las brujas fueron acusadas de conspirar para destruir la potencia generativa de humanos y animales, de practicar abortos y de pertenecer a una secta infanticida dedicada a asesinar niños u ofrecerlos al Demonio. También en la imaginación popular, la bruja comenzó a ser asociada a la imagen de una vieja lujuriosa, hostil a la vida nueva, que se alimentaba de carne infantil o usaba los cuerpos de los niños para hacer sus pociones mágicas(…)(Federici, 2015: 247). El disciplinamiento y la apropiación por parte de los hombres y del Estado del cuerpo de las mujeres, como espacio privilegiado donde se han desplegado las técnicas y 7 FRIEDRICH-EBERT-STIFTUNG• DEMOCRACIA Y DERECHOS HUMANOS las relaciones de poder en la transición al capitalismo, tuvo efectos terribles en la posición social de la mujer. Se desarrolló una condición estructural y sistemática de estas violencias dirigidas hacia las personas y cuerpos femeninos y feminizados, en“un orden ligado al sexismo y al pensamiento sexista”(hooks, 2017: 89). Esto fue impulsado por el Estado, como un proceso de ataque terrorista contra las mujeres y ha hecho que estos impactos se mantengan y se reproduzcan en el tiempo, generando importantes efectos en la subjetividad de las mujeres. Una de sus consecuencias más importantes fue la instauración de“un nuevo modelo de feminidad: la mujer y esposa ideal -casta, pasiva, obediente, ahorrativa, de pocas palabras y siempre ocupada con sus tareas-”. Este prototipo generó las bases ideológicas para el sostenimiento de las instituciones patriarcales: el matrimonio, la heterosexualidad, la monogamia y la familia nuclear reproductora. Adicionalmente, originó la interiorización en la psique colectiva femenina de la sumisión 5 y de los discursos que degradaban nuestro trabajo, nuestra capacidad, nuestra inteligencia, nuestros cuerpos, nuestra autonomía; nos llevó incluso a asumir y nombrar como producto de nuestra voluntad y nuestro deseo lo que nos fue impuesto: familias nucleares reproductoras, monogamia, heterosexualidad, maternidad, y sacrificio 6 . 5 Con esto no quiero decir que las mujeres no estuviéramos y no estemos en un constante proceso de resistencia. Las mujeres resistimos todos los días al patriarcado capitalista e inventamos formas de subvertirlo en la cotidianidad y la colectividad. Tampoco quiero plantear que no hubiera mujeres que rompieran estos esquemas ni que la organización colectiva de las mujeres no haya logrado subvertirlos y transformarlos. Pretendo mostrar únicamente cómo a partir de un proceso tan violento se instauraron estructuras sociales que posteriormente fueron resignificadas incluso por nosotras, pero que forman parte de la estructura que sostiene al patriarcado capitalista. Esto tampoco es una satanización de la familia, la heterosexualidad o la maternidad ni una premisa de que otras formas de vivir estas instituciones no son posibles; únicamente considero que, al ser instituciones estructurales, su vivencia individual privada, aunque sea muy diferente a la regla, no las afecta. Es necesario entonces pensar colectivamente cómo deconstruirlas en sus fundamentos opresivos. Además, deseo proponer que en esta época se generó un quiebre sobre lo que somos y debemos ser las mujeres, que durante siglos ha atravesado nuestra vivencia cotidiana de la vida, nuestra forma de construir relaciones y nuestros deseos. 6 En este punto considero que es necesario hacer una distinción entre la vivencia concreta que tenemos de cada una de estas instituciones y lo que implican en tanto estructuras de dominación para nosotras, las mujeres. En este texto, no pretendo analizar el deseo individual, personal o íntimo ni valorizar o jerarquizar los deseos desde un deber ser. Lo que busco es mostrar a la familia, la heterosexualidad, la maternidad también como instituciones desde las cuales se construye un deber ser femenino. Intento explicar que el deseo también es una construcción social muy fuerte cuando deviene de prácticas impositivas y violentas sobre nosotras y nuestros cuerpos que han durado cientos de años. Esto no hace que lo que deseemos sea menos legítimo, pero sí nos debe llevar a cuestionarnos cómo estas instituciones, que incluso podemos desear y vivir de forma diferente a la norma, aportan para reproducir y mantener un mundo patriarcal-capitalista. Considero que el reto está en pensar la forma de reestructurarlas desde lo colectivo para generar otro mundo posible. 8 De la hoguera a la cárcel Criminalización de mujeres por aborto, parto y complicaciones obstétricas: un continuum de violencias y una nueva forma de cacería de brujas 3. Disciplinamiento del cuerpo, instauración de las instituciones de la maternidad, heterosexualidad y familia nuclear reproductiva La transición al capitalismo implicó un proceso de transformación del cuerpo, de su concepción y sobre su política. Fue un proceso de“ingeniería social”, donde la violencia, criminalización y prohibición fueron las herramientas para transformar a las personas en cuerpos funcionales al nuevo régimen de capital/salario, una vez que se reconocía al trabajo humano como la mayor fuente de producción de riquezas y se centralizaba el poder en el Estado. Este fue un proceso que operó tanto de forma individual como social. En esta última,“el proletariado” debía ser controlado y disciplinado para el trabajo asalariado, hecho que no se logró sino con una serie de mecanismos violentos. A nivel individual, fue un proceso de deshumanización del cuerpo, que lo estableció como una máquina que debía ser conocida a través de la ciencia y controlada a través de la autodisciplina, dirigida al trabajo. Esta concepción del cuerpo planteaba la existencia de una dicotomía mente/cuerpo, que justificaba su disciplinamiento violento para la instauración de mecanismos de autocontrol. Este proceso de“mecanización del cuerpo” implicó la represión de determinadas formas de comportamiento, emociones, deseos, pero también el desarrollo de otras facultades, especialmente dirigidas a“evaluar, desarrollar y mantener a raya” el propio cuerpo. Estas facultades son constitutivas de la identidad del individuo en la sociedad capitalista. El control del cuerpo del proletariado como colectividad y del individuo se combinaban en un entendimiento según el cual existían individuos capitalistas racionales con capacidad de autocontrol; esta categoría solamente designó a un tipo de personas: por un lado, hombres, blancos, heterosexuales, adultos y propietarios; y, por otro, personas que naturalmente estaban privadas de la razón y las capacidades de autocontrol, pues eran puramente instintivas y debían estar sujetas al control y la vigilancia del Estado. Es decir, se produjo una diferenciación y jerarquización entre las personas, basada en los grados de “racionalización de la naturaleza humana”. Una de las ventajas de abordar la cuestión del patriarcado a partir de la historia del contrato sexual es que revela que la sociedad civil, incluyendo la economía capitalista, tiene una estructura patriarcal. Las capacidades que permiten a los varones y no a las mujeres ser“trabajadores” son las mismas capacidades masculinas que se requieren para ser un“individuo”, un marido y el cabeza de familia (Pateman, 1995: 57). Esta jerarquización tuvo dos consecuencias sociales muy importantes: la instauración del Estado como“gestor supremo de las relaciones de clase”,“supervisor de la reproducción de la fuerza de trabajo” y disciplinador de la población considerada como irracional; y la instauración del hombre blanco, propietario, heterosexual, adulto como el único sujeto social capaz de gobernar y gobernarse, de tener derechos, de ocupar el espacio público, de gobernar los espacios privados(las familias nucleares reproductoras) y poseer el cuerpo de las mujeres. De esta manera, las personas racializadas, las de las disidencias sexo-genéricas, las empobrecidas, las mujeres y los cuerpos feminizados fueron degradados como personas hasta el punto de que ni siquiera se consideraban seres con derechos humanos fundamentales como el voto, el acceso a educación o el derecho a un trabajo remunerado. Incluso existió una época en que las violaciones a las mujeres empobrecidas fueron legalizadas y legitimadas por los Estados (Federici, 2005). Al respecto, Carole Pateman, establece: La historia política más famosa e influyente de los tiempos modernos se encuentra en los escritos de los teóricos del contrato social. La historia o la historia conjeturada, cuenta cómo se creó una nueva sociedad civil y una nueva forma de derecho político a partir de un contrato original. Encontramos una explicación de la relación de la autoridad Estado y de la ley civil, y de la legitimidad del gobierno civil moderno, al tratar nuestra sociedad como si hubiera tenido origen en un contrato(…) El pacto originario es tanto un pacto sexual como un contrato social, es sexual en el sentido de que es patriarcal -es decir, el contrato establece el derecho político de los varones sobre las mujeresy también es sexual en el sentido de que establece un orden de 9 FRIEDRICH-EBERT-STIFTUNG• DEMOCRACIA Y DERECHOS HUMANOS acceso de los varones al cuerpo de las mujeres. El contrato original crea lo que denominaré, siguiendo a Adrianne Rich,“la ley del derecho sexual masculino”. El contrato está lejos de oponerse al patriarcado; el contrato es el medio a través del cual el patriarcado moderno se constituye(1995: 11). Las mujeres, dentro de este panorama político, al ser catalogadas como naturalmente irracionales, fuimos sometidas a una serie de leyes, prácticas y estructuras que nos despojaron de autonomía y propiciaron nuestro sometimiento a los hombres y al Estado. El proceso de disciplinamiento y sometimiento de las mujeres encontró múltiples resistencias, ante lo cual el Estado, haciendo uso de su fuerza de forma terrorista, inició el proceso de“la caza de brujas”. Es decir, utilizó la violencia feminicida, sexual, física y psicológica contra nosotras con el objetivo de domesticarnos, disciplinar nuestros deseos y expropiar nuestros cuerpos para que se adecuaran a las necesidades de las nuevas instituciones patriarcales. Un aspecto fundamental de este proceso de sometimiento fue la expropiación del cuerpo de las mujeres. Este facilitó la transformación de la sexualidad femenina en “un trabajo al servicio de los hombres y la procreación”. Comenzó antes de la época de cacería de brujas y se cristalizó en la legalización de las violaciones, la instauración de la prostitución como un servicio público 7 , la devaluación del trabajo femenino y la expulsión de las mujeres del mundo del trabajo asalariado para que asuman, principalmente, tareas de cuidado no remunerado. Posteriormente, se potenció con la caza de brujas, que expropió a las mujeres sus cuerpos, sus saberes y sus poderes para someterlas al control estatal y familiar. Del mismo modo que los cercamientos expropiaron las tierras comunales al campesinado, la caza de brujas expropió los cuerpos de las mujeres, los cuales fueron así“liberados” de cualquier obstáculo que les impidiera funcionar como máquinas para producir mano de obra. La amenaza de la hoguera erigió barreras formidables alrededor de los cuerpos de las mujeres 8 , mayores que las levantadas cuando las tierras comunes fueron cercadas(Federici, 2015: 252). En este sentido, la cacería de brujas cumplió con la función de reestructurar la vida sexual en función de la disciplina de trabajo capitalista, pues: criminalizaba cualquier actividad sexual que amenazara la procreación, la transmisión de la propiedad dentro de la familia o restara tiempo y energías al trabajo(…) Los juicios por brujería brindan una lista aleccionadora de las formas de sexualidad que estaban prohibidas en la medida en que eran“no productivas”: la homosexualidad, el sexo entre jóvenes y viejos, el sexo entre gente de clases diferentes, el coito anal, el coito por detrás(se creía que resultaba en relaciones estériles), la desnudez y las danzas. También estaba proscrita la sexualidad pública y colectiva que había prevalecido durante la Edad Media (…)(Federici, 2015: 264). Asimismo, se instauró la heterosexualidad obligatoria (Rich, 1980) como única opción legítima para las mujeres, a partir de prácticas violentas. De forma simultánea, las amistades femeninas se convirtieron en objeto de sospecha; denunciadas desde el púlpito como una subversión de la alianza entre marido y mujer, de la misma manera que las relaciones entre mujeres fueron demonizadas por los acusadores de las brujas que las forzaban a denunciarse entre sí como cómplices del crimen(…)(Federici, 2015: 255-256). Este proceso, que Carole Pateman ha denominado“el contrato sexual”, permitió la expropiación del cuerpo de las mujeres, de su trabajo, de su posibilidad legal y reproductiva y de su sexualidad a favor de los hombres en tanto jefes de familia. Ha sido y es uno de los pilares fundamentales del sostenimiento del sistema patriarcal capitalista y de la expropiación del cuerpo de las mujeres para volverlo funcional. El aspecto que me interesa en todos los contratos es el de una clase especial de propiedad, la propiedad que tienen los individuos sobre sus propias personas (…) El contrato originario es un pacto sexual-social, pero la historia del contrato sexual ha sido reprimida. La historia del contrato sexual es también una historia de la génesis del derecho político y explica por qué es legítimo el ejercicio del derecho -pero esta historia es una historia sobre el derecho político como derecho patriarcal o derecho sexual, el poder que los varones ejercen sobre las mujeres-. (…)[La visibilización del] contrato sexual ayudará a explicar por qué(…) la diferencia sexual es una diferencia política, la diferencia sexual es la diferencia entre 7 No estoy realizando ninguna valoración sobre el trabajo sexual, únicamente enunciando el hecho histórico de que el trabajo sexual comenzó a brindarse como un servicio público. 8 En la actualidad, estas barreras continúan firmes; por ejemplo, se prohíbe a las mujeres de forma sistemática decidir sobre su reproducción a partir de discursos morales, prácticas sociales o incluso criminalización de sus decisiones reproductivas. Igualmente, se les impide elegir sobre su sexualidad, se las priva de conocimiento sobre sus cuerpos e incluso en la ciencia, los temas relativos a su salud e integridad no son considerados importantes, sino en función de los intereses del sistema o de los hombres. 10 De la hoguera a la cárcel Criminalización de mujeres por aborto, parto y complicaciones obstétricas: un continuum de violencias y una nueva forma de cacería de brujas libertad y sujeción. Las mujeres no son parte del contrato originario a través del cual los hombres transforman su libertad natural en la seguridad de la libertad civil. Las mujeres son el objeto del contrato. El contrato[sexual] es el vehículo mediante el cual los hombres transforman su derecho natural sobre la mujer en la seguridad del derecho civil patriarcal(…) el contrato sexual no está solo asociado a la esfera privada. El patriarcado no es meramente familiar ni está localizado en la esfera privada. El contrato original crea la totalidad de la sociedad moderna como civil y patriarcal. Los hombres traspasan la esfera privada y la pública y el mandato de la ley del derecho sexual masculino abarca ambos reinos. La sociedad civil se bifurca pero la unidad del orden social se mantiene, en gran parte, a través de la estructura de las relaciones patriarcales(Pateman, 1995: 14, 15, 23). La familia nuclear reproductora sostiene otra institución: la monogamia, que asegura la transmisión de la herencia y somete a las mujeres y su posibilidad reproductiva a sus esposos en tanto jefes de familia. La monogamia se instauró a partir de regímenes de terror contra las mujeres, como leyes que castigaban el adulterio, los nacimientos fuera del matrimonio, pero también a través de la reestructuración de la vida sexual femenina que implicó la caza de brujas: leyes que castigaban a las adúlteras con la muerte (en Inglaterra y en Escocia con la hoguera, al igual que en el caso de alta traición), la prostitución era ilegalizada y también lo eran los nacimientos fuera del matrimonio(…) La caza de brujas condenó la sexualidad femenina(…) criminalizaba cualquier actividad sexual que amenazara la procreación, la transmisión de la propiedad dentro de la familia(…) (Federici, 2015: 255). La monogamia es y ha sido la forma de relación sexo afectiva dominante durante muchos años. No obstante, únicamente fue impuesta a las mujeres. Durante muchos años, las legislaciones de los países contemplaban figuras como el concubinato o la poliandria, que permitían que los hombres tuvieran varias parejas sexo-afectivas a la vez. Incluso en la actualidad, es mucho más legítimo y tolerado que los hombres tengan muchas parejas sexo-afectivas. En este sentido, podemos afirmar que la monogamia es otra institución que consagra la expropiación del cuerpo de las mujeres y sus posibilidades sexuales, reproductivas o laborales a los hombres y al Estado. (…) la explotación es posible precisamente porque, como mostraré, los contratos sobre la propiedad de la persona ponen el derecho al mando en manos de una de las partes contratantes. Los capitalistas pueden explotar a los trabajadores y los esposos a las esposas porque los trabajadores y las esposas se constituyen en subordinados a través del contrato de empleo y del de matrimonio.(…) El contrato siempre genera el derecho político en forma de relaciones de dominación y de subordinación(…)[que] reflejan las del amo y del esclavo. La historia ayuda a comprender los mecanismos mediante los cuales los hombres afirman el derecho de acceso sexual a los cuerpos de las mujeres y reclaman el derecho de mando sobre el uso de los cuerpos de las mujeres(Pateman, 1995: 18, 19 y 26). El tercer pilar de la expropiación del cuerpo de las mujeres y su funcionalización en la transición al capitalismo y mediante la cacería de brujas fue el establecimiento de la maternidad como una institución social. Un elemento significativo, en este contexto, fue la condena del aborto y de la anticoncepción como maleficium, lo que encomendó el cuerpo femenino a las manos del Estado y de la profesión médica y llevó a reducir el útero a una máquina de reproducción del trabajo(…) destruyó los métodos que las mujeres habían utilizado para controlar la procreación, al señalarlos como instrumentos diabólicos, e institucionalizar el control del Estado sobre el cuerpo femenino, la precondición para su subordinación a la reproducción de la fuerza de trabajo(Federici, 2015: 199). Este proceso comenzó con leyes que penaban el infanticidio, con la condena a la hoguera a las mujeres que podían manejar su reproducción o la de otras, de las mujeres que abortaban o cuyos hijos e hijas morían; tuvo como una de sus consecuencias más importantes el control estatal de la reproducción de las mujeres. Dicho control fue tan extendido que, si analizamos las modificaciones legales que se han dado alrededor de la interrupción voluntaria de embarazos, podemos concluir que estos cambios han respondido -más que a la necesidad de leyes acordes con las realidades de las mujeres que les permitan tomar decisiones informadas sobre sus cuerpos y sus vidasa intereses políticos y económicos del Estado y de grupos de poder. Son ellos quienes posicionaron discursos convenientes a sus intereses, a favor y en contra del aborto. Otra de las consecuencias fundamentales de este proceso fue la instauración de una nueva forma de concepción de la feminidad ligada a la maternidad: en la maternidad deviene el contenido fundamental del ser mujeres. Esto se convierte en el logro fundamental del sistema, que ya no debe obligar coercitivamente a las mujeres a parir y cuidar, pues ellas han introyectado este mandato como algo universal y obligatorio, pero, además, satisfactorio y deseable. Según Chodorow,(1984): El ejercicio maternal de las mujeres es uno de los pocos elementos universales y permanentes de la división sexual del trabajo. A lo largo de la historia, en casi todas las culturas, se ha relacionado la capacidad física de embarazarse y parir con la responsabilidad 11 FRIEDRICH-EBERT-STIFTUNG• DEMOCRACIA Y DERECHOS HUMANOS por la crianza y educación de las y los hijos. Este vínculo entre lo biológico y lo social ha aparecido como“natural”. En este sentido, la institucionalización de la maternidad femenina se asienta sobre la base de una construcción arbitraria de lo biológico,“de los cuerpos masculinos y femeninos, de sus usos y sus funciones”;“se inscribe en una naturaleza biológica y se vuelve habitus” (Bourdieu, 1996). Como hemos visto, la expropiación del cuerpo de las mujeres ha sido un proceso sistemático y permanente que ha sido institucionalizado mediante la violencia y que se mantiene y se reproduce a través de estructuras sociales como la heterosexualidad, la familia nuclear reproductora, la monogamia y la maternidad. Este procedimiento histórico, donde la violencia ha sido la principal estrategia de disciplinamiento de las mujeres, se ha trasformado hasta lograr que, por medio de mecanismos violentos, ideológicos y discursivos, estas instituciones sean naturalizadas y establecidas como la forma“normal” de vivir de las mujeres. Es importante señalar que reconocemos que la heterosexualidad, la familia nuclear reproductora, la monogamia y la maternidad se han modificado históricamente; no podemos decir que la forma como se viven actualmente sea la misma que hace muchos años. No obstante, consideramos que más allá de su vivencia particular, su carácter estructural patriarcal hace que sigan manteniéndose como mecanismos de dominación sobre las mujeres en el capitalismo patriarcal. 12 De la hoguera a la cárcel Criminalización de mujeres por aborto, parto y complicaciones obstétricas: un continuum de violencias y una nueva forma de cacería de brujas 4. Los diferentes rostros del patriarcado capitalista La subyugación de las mujeres fue un proceso global, con impactos globales; no obstante, no fue vivida de formas iguales por todas. La colonización, la esclavitud, el racismo y el clasismo hizo que experimentáramos de maneras distintas este proceso y que sus impactos también fueran diferenciados. La dominación de las mujeres se vivió de formas mucho más brutales y tuvo consecuencias mucho más profundas en los cuerpos y vidas de las mujeres racializadas, empobrecidas, lesbianas, trans, de las colonias, de las periferias, entre otras. Desde la pluralidad de los cuerpos han sido construidas las múltiples opresiones del sistema patriarcal del colonialismo, del racismo, la misoginia, lesbofobia y entonces es sobre los cuerpos donde habitan ahí todos los efectos de estos sistemas de opresión (Cabnal, 2020). En América del Sur, el sometimiento que se generó con base en el discurso de la degradación humana de los indígenas permitió su explotación y la de su fuerza de trabajo y su sometimiento. En el caso de las mujeres, estuvo marcado por prácticas misóginas: en Europa, pretendían despojarlas de su poder y limitarlas al espacio privado. No obstante, en América la resistencia de las mujeres fue fundamental para el mantenimiento de las costumbres, tradiciones y para las resistencias a la colonización. Sin embargo, no se puede negar que en estos territorios también se utilizó el terrorismo de Estado y la violencia como instrumento político contra las mujeres para lograr su degradación social y la expropiación de su trabajo y de sus decisiones en el ámbito de la sexualidad y la reproducción. En el caso de las poblaciones negras que fueron esclavizadas, la racialización de la división del trabajo y la jerarquización racial de la vida se impuso mediante mecanismos coercitivos. Estos rompieron los lazos comunales y sociales e instauraron categorías de sujetos y sujetas explotadas, generando“desde arriba una sociedad segregada y racista”(Federici, 2015: 166). Es claro que existe una continuidad entre la expropiación y el despojo de las poblaciones americanas, población africana esclavizada y de las mujeres europeas durante la transición al capitalismo, que confirma el carácter estructural de la violencia como forma de instauración capitalista. En estos procesos, la caza de brujas se utilizó de igual forma, como una estrategia para“ infundir terror, destruir la resistencia colectiva, silenciar a comunidades enteras y enfrentar a sus miembros entre sí. También fue una estrategia de cercamiento”(Federici, 2015: 289. Énfasis añadido). Sin embargo, las condiciones de explotación del trabajo en cada lugar del mundo se encuentran marcadas por una nueva división internacional del trabajo, donde la división racista y sexual del trabajo, se articula como mecanismo de despojo y expropiación de determinadas poblaciones. En este sentido, es fundamental mirar cómo la geopolítica, la política sexual y la política racista articulan sistemas para mantener las desigualdades y opresiones. En el caso de las mujeres concretamente, se da también a través de la experiencia situada de las múltiples opresiones y se vive de modos diferenciados de acuerdo con sus condiciones sociales. 13 FRIEDRICH-EBERT-STIFTUNG• DEMOCRACIA Y DERECHOS HUMANOS 5. El contexto ecuatoriano: ¿cómo se vive la expropiación del cuerpo y la violencia como herramienta de control de las mujeres? En este texto hemos planteado que la expropiación económica y la funcionalización del trabajo de las mujeres se ha realizado a través de un proceso violento de disciplinamiento que se ha institucionalizado en estructuras sociales. Dentro de ellas están la heterosexualidad, la familia nuclear monogámica y la maternidad. Consideramos que dicho proceso se mantiene activo en la actualidad, generando nuevas formas de violencia institucional y de cacería de brujas contra las mujeres; en muchos casos, sus características se han transformado, pero siguen siendo igual de brutales. Dentro de las estrategias de consolidación del patriarcado en el sistema capitalista, la guerra contra las mujeres y la deshumanización jugaron un papel fundamental, pues a través de ellas se instauró una nueva disciplina sobre el cuerpo y la vida de las mujeres que las despoja de toda autonomía y las somete al poder masculino. En la instauración de esta nueva disciplina fue fundamental el sostenimiento de un discurso de degradación de las mujeres basado en la desvalorización de su trabajo, en la degradación de su capacidad, en la demonización de su sexualidad y en la construcción de imaginarios sobre su posibilidad de creación/destrucción de la vida. Estos imaginarios y discursos se constituyeron como los pilares esenciales de la caza de brujas y, con ella, la destrucción de sus saberes, sus relaciones y sus poderes. Así, las mujeres perdimos la posibilidad de controlar nuestra reproducción, de decidir autónomamente sobre ella y de vivir nuestra sexualidad de una forma libre y placentera. Si bien en la actualidad hemos transformado mucho de esta historia, la realidad de control sobre nuestros cuerpos, deseos y decisiones en lo relacionado con la sexualidad y la reproducción sigue siendo una utopía que estamos en camino de construir. Este fenómeno no puede entenderse únicamente mediante el análisis legal y de la racionalidad de una sociedad que se refleja en su legislación. Es necesario analizar cómo las costumbres y tradiciones, los discursos e imaginarios, las prácticas y patrones socioculturales se entrecruzan. En este sentido, la posibilidad de las mujeres de tomar decisiones sobre su reproducción no puede analizarse de forma separada a la realidad que vivimos en el mundo patriarcal capitalista; en esta realidad, nuestro trabajo continúa siendo devaluado y degradado; la violencia de género se usa de forma masiva y legítima contra nosotras como una herramienta de disciplinamiento, pero también de sometimiento; los discursos e imaginarios que nos consideran inferiores y demoníacas siguen absolutamente vigentes; nuestra sexualidad se encuentra estigmatizada y las prácticas legítimas reducidas a la heterosexualidad; se considera que nuestros atributos positivos se encuentran ligados a la maternidad 9 , al servicio y al cuidado de los hombres, de la familia; y nuestra posibilidad reproductiva se estima como una función social no voluntaria. En este contexto, se construyen las subjetividades femeninas e influyen en la apreciación y valoración que cada mujer tiene, desde las cuales tomamos decisiones reproductivas. Sin negar el poder de resistencia y transformación que tenemos, el contexto es fundamental. Se debe considerar que los seres sociales que ahora somos devienen de un proceso social de siglos de disciplinamiento, donde incluso nuestro deseo nace de una construcción social. Reconocemos que los métodos de disciplinamiento y sometimiento de los que hemos sido sujetas siguen vigentes y continuamos expuestas a ellos. Lo fundamental para entender cómo se ejerce la dominación sobre las mujeres en la actualidad es reconocer que existe un continuum entre las formas de violencia que se ejercen contra nosotras y aquellas que vivieron nuestras ancestras durante la instauración del capitalismo patriarcal colonial. Este continuum no tiene únicamente que ver con las formas en que se ejerce la violencia sobre nosotras, pues las formas pueden cambiar y adaptarse permanentemente 10 , sino con los objetivos y los efectos. 9 A la institución de la maternidad. 10 Basado en la violencia física y material, otros basados en la violencia simbólica y la degradación y unos terceros basados en la persuasión y la manipulación. 14 De la hoguera a la cárcel Criminalización de mujeres por aborto, parto y complicaciones obstétricas: un continuum de violencias y una nueva forma de cacería de brujas En este sentido, el capitalismo es un sistema social que se ha caracterizado por su capacidad de mutar, justamente para impedir y frustrar las resistencias y los intentos de subversión. Así, si bien las leyes se han modificado permitiendo que las mujeres accedan a información e insumos para planificar su reproducción, a abortos legales -sea en determinadas circunstancias o en todas-, a procesos de dar en adopción y que esto ha implicado cambios fundamentales en la vida de las mujeres, seguimos subordinadas a instituciones y estructuras propias del patriarcado capitalista. Los discursos, imaginarios y patrones socioculturales que sostienen este sistema también han mudado en el tiempo. No obstante, las bases fundamentales: degradación de mujeres como seres humanos, degradación de su trabajo; y compresión de la feminidad vinculada a la domesticidad, al cuidado, al servicio y a la reproducción continúan indemnes. Es así que, a pesar de que en muchos lugares ahora el aborto es legal, a la vez, se sigue considerando a la maternidad como el atributo más grande de las mujeres y como el lugar donde todas confluimos como destino manifiesto, pero también como espacio de realización y deseo. En la misma línea de ideas, a pesar de que las estructuras familiares se han modificado, existe la posibilidad de divorciarse y de establecer relaciones familiares no heterosexuales, la familia nuclear reproductiva sigue siendo la forma hegemónica de relación; y la heterosexualidad, la forma predominante de deseo sexo-afectivo 11 . Conservar estas instituciones trasciende los cambios que las mujeres hemos construido con nuestras luchas, utilizando permanentemente mecanismos violentos de diversa índole para el mantenimiento del sistema. La cacería de brujas, entendida como una guerra contra las mujeres que busca deshumanizarlas para someterlas -mediante el asesinato sistemático, la violencia sexual, la tortura y los discursos e imaginarios que las degradan y demonizanes una de las estrategias para perpetuar las relaciones de poder en su núcleo fundamental sin modificarse. 5.1 El continuum de las violencias y feminicidios: brutal e impune forma de disciplinamiento La nueva forma de cacería de brujas utiliza varios elementos en su estructuración para asegurar su efectividad. Por un lado, está el asesinato sistemático de mujeres con la anuencia del Estado, denominado feminicidio, que solo en 2017 12 privó de la vida brutalmente a 87 000 mujeres en el mundo. Se constituye en una nueva forma de disciplinamiento sistémico de las mujeres, a quienes constantemente se nos recuerda que nuestras vidas son desechables y que, si no nos sometemos al sistema y a sus instituciones, seremos castigadas por el mismo. En la actualidad, la normalización de esta violencia es alarmante. En muchos casos, no ha sido visto como un crimen brutal, sino como algo que las mujeres víctimas han provocado o se lo han buscado. Peor aún, varios feminicidas se ven legitimados, ya que han sido protegidos por la sociedad o sus familias. Dichas acciones, así como la amplitud de los feminicidios, demuestran la gravedad de la situación. Solo en Ecuador desde 2014 hasta el 30 de junio del 2021 se registraron 921 asesinatos de mujeres por razón de género. Su brutalidad 13 , su generalización en la sociedad, así como la impunidad y falta de acción para prevenirlos nos muestran cómo sigue existiendo un ataque sistemático contra las mujeres que permite y posibilita que nuestros cuerpos sigan siendo forzados a funcionar“como un medio para la reproducción y acumulación del trabajo”. El feminicidio íntimo, que en Ecuador como en muchos otros países es el más generalizado(representa el 63% de los casos de asesinato de mujeres por razones de género), ejemplifica cómo el sistema sostiene estructuras como la familia nuclear heterosexual. El feminicidio no íntimo, basado en motivos de odio, castigo moral a las mujeres o violencia sexual, es una manifestación material de los efectos que producen los discursos de degradación de las mujeres, los imaginarios de feminidad ligada a la sumisión, docilidad, servicio y cuidado y de la expropiación de los cuerpos de las mujeres como objeto de placer para los hombres. En este punto es importante señalar que, si bien, generalmente, los perpetradores son hom11 A diciembre de 2020, 67 países miembros de las Naciones Unidas todavía criminalizan actos sexuales consensuales entre personas del mismo sexo (11 con pena de muerte)(ILGA Mundo, 2020). En Ecuador, si bien existe el matrimonio igualitario desde 2019, las parejas del mismo sexo todavía no pueden adoptar ni han dejado de ser sujetas de estigma en cuento a sus relaciones afectivas, sexuales y a su reproducción. Por ello, a pesar de sentencias constitucionales que protegen sus derechos, aún es común la discriminación en su contra y la negación de estos derechos. 12 Uso la estadística de 2017 pues fue la última a nivel mundial que pude encontrar en una fuente que considero confiable. Es así que, de acuerdo con ONU Mujeres,“se estima que de las 87 000 mujeres que fueron asesinadas globalmente en 2017, más de la mitad(50 000; 58%) fueron matadas por sus parejas o miembros familiares. Lo que quiere decir que 137 mujeres alrededor del mundo son asesinadas a diario por un miembro de su familia. Más de un tercio(30 000) de las mujeres asesinadas en 2017 fueron exterminadas por su actual o expareja”(ONU Mujeres, 2020). 13 Asistimos a una época donde la violencia de género contra las mujeres es cada más vez más cruel y brutal. Si bien no es la primera vez en nuestra historia que la brutalidad forma parte de las estrategias de violencia y disciplinamiento contra nosotras, el análisis de los casos nos permite afirmar que existe una revitalización de la violencia contra nosotras. 15 FRIEDRICH-EBERT-STIFTUNG• DEMOCRACIA Y DERECHOS HUMANOS bres individuales, en su acción no son más que agentes de un sistema social que luchan por defender y mantener inalterado. Así, es mucho lo que hay que decir sobre el feminicidio y su relación con la cacería de brujas. No obstante, no lo profundizaré en este análisis, pues el foco es reflexionar acerca de cómo en esta lógica sistémica se inscribe la criminalización de mujeres por aborto y complicaciones obstétricas. 5.2 Trata y desaparición de mujeres, las violencias invisibilizadas que nos mantienen como objetos para el placer o cuidado de otros La realidad de la violencia generalizada en la que vivimos las mujeres se evidencia también en las desapariciones de mujeres, la trata de mujeres y en las altas cifras de violencia de género en todo el mundo. Así, la desaparición de personas es un fenómeno muy grave del cual existen muy pocas estadísticas confiables. En Ecuador 14 ,anualmente se reportan 10 000 personas como desaparecidas, de acuerdo con estadísticas oficiales, entre 2014 y 2018, un 67.2% son mujeres. Muchas de ellas son víctimas de feminicidio o trata. El fenómeno de desaparición de personas altamente feminizado es otra de las formas en que se expresan estrategias utilizadas en la moderna caza de brujas, que despojan y esclavizan a las mujeres, utilizando como herramienta su precariedad 15 y despojo para reproducir el sistema de sometimiento y dominación. En cuanto a la trata de personas, la estadística nos permite visibilizar que un 78% de las víctimas de trata son mujeres, quienes son mayoritariamente sometidas a explotación sexual(64%), laboral(27%) y reproductiva(7%) (Asfadec y Covidefem, 2018). Estas formas de explotación están fuertemente relacionadas con el control y la expropiación de sus cuerpos, su sexualidad y su posibilidad reproductiva para la producción de ganancias y la acumulación. La trata es un delito frente al cual no existe protección mínima, legislaciones y políticas adecuadas, y donde la impunidad es la respuesta generalizada de los Estados. Así, se demuestra nuevamente la existencia de un patrón sistemático de guerra contra las mujeres, que sostiene el sistema capitalista tanto en su versión legal y formal(trabajo en maquilas, formas encubiertas de esclavitud moderna), como en la clandestina e ilegal(trata de personas para la explotación en general). 5.3 Las violencias de género como un continuum de estrategias globales de opresión De acuerdo con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados(Acnur)(2019), 1 de cada 3 mujeres en el mundo ha vivido algún tipo de violencia por ser mujer. Estos casos, lejos disminuir, siguen aumentando en cuanto a cantidad, pero también a brutalidad e intensidad. Las prácticas violentas contra las mujeres y las formas de tortura que se usan para mantener nuestro sometimiento se renuevan y modifican constantemente; es más, actualmente estamos viviendo un tiempo donde las violaciones grupales, la tortura sexual, el asesinato, el desmembramiento y la quema de mujeres son cada vez más frecuentes. En Ecuador, 67.5% de las mujeres han vivido algún tipo de violencia de género. La violencia contra las mujeres se da en todos los ámbitos sociales, pero principalmente en las familias y parejas. Generalmente, las formas de violencia se viven de forma combinada, es decir, una mujer puede vivir al mismo tiempo violencia psicológica, física, sexual, y económica. Así, se genera nuevamente esta lógica en que la violencia es una forma de disciplinamiento, pero a la vez, produce las condiciones concretas para que este disciplinamiento sea posible. Es un fenómeno global con implicaciones diversas de acuerdo con las regiones, los países y las realidades locales de cada uno. No obstante, como fenómenos globales revelan una racionalidad de los Estados, donde la guerra contra las mujeres es una de las herramientas fundamentales para mantener los pilares del sistema, entre ellos el privilegio masculino y su control sobre las mujeres. En el sostenimiento de este sistema, la institucionalización de la dominación femenina ha sido vital. La heterosexualidad, la familia nuclear reproductora y la maternidad han jugado y siguen jugando un rol primordial; si bien 14 De acuerdo con las asociaciones de familiares de personas desaparecidas y víctimas, Asociación de Familiares y Amigos de Personas Desaparecidas en Ecuador(Asfadec) y Comité de Lucha contra la Violencia, Desapariciones y Feminicidios(Covidefem), el manejo estadístico del tema de la desaparición de personas es, por decir lo menos, negligente. Existen contradicciones entre las cifras y ocultamiento de casos. No obstante y a pesar de esto, las cifras nos muestran que en Ecuador, desde 2014 hasta 2018 han existido al menos 45 000 personas desaparecidas. 15 De acuerdo con Judith Butler(2006), existen diferencias fundamentales entre los conceptos de vulnerabilidad, precariedad y precaridad. La vulnerabilidad es la exposición humana y social de nuestro cuerpo a los, las, les otres, en tanto lugar del deseo y del relacionamiento. Por su parte, la precariedad es conceptualizada como la dependencia recíproca que tenemos de los, las, les otres y del mundo en tanto seres inminentemente sociales que dependemos recíprocamente uno de otro y del mundo que nos afecta. En cambio, la precaridad designa una condición política inducida que hace que ciertas poblaciones carezcan de redes de apoyo y estén más expuestas que otras a la violencia y a la muerte, como resultado de una decisión política de excluir. 16 De la hoguera a la cárcel Criminalización de mujeres por aborto, parto y complicaciones obstétricas: un continuum de violencias y una nueva forma de cacería de brujas se han modificado históricamente, su carácter patriarcal no ha desaparecido y sus mutaciones han respondido justamente a la capacidad del capitalismo de adaptarse para evitar ser destruido. Con el objetivo de mostrar su vigencia, analizaré brevemente su forma de funcionamiento en el contexto ecuatoriano. La heterosexualidad sigue siendo considerada la única forma legítima de establecer relaciones sexo afectivas por parte de las mujeres. Esta es en sí misma una“ institución política(…)[un] medio de garantizar el derecho masculino de acceso físico, económico y emocional[a las mujeres](…)”(Rich, 1980; Énfasis añadido). La violencia estructural, que instauró la heterosexualidad obligatoria, sigue absolutamente vigente y se refleja en las desigualdades que continuamos atravesando las mujeres en el trabajo, en la falta de reconocimiento de la labor reproductiva como trabajo, en la negación constante de la existencia lésbica, de derechos a mujeres lesbianas, en el lesbianicidio 16 y en la existencia de clínicas para curar la lesbiandad con anuencia del Estado -donde se utiliza la tortura como método de corrección sexual, y disciplinamiento heterosexual de las mujeres 17 . Mi mami se enteró primero y me reclamó; me dijo que era una vergüenza para la familia, un mal ejemplo para mis hermanos menores, para mi sobrina; que qué iba a hacer con mi vida. Después, se enteró mi papi y me pegó, me destrozó, me agredió brutalmente y decidí salir de mi casa.(...) (…) me llevaron a Pasto, a un centro de rehabilitación(…) A mi mamá le dijeron que no me llevara ropa de la que uso comúnmente, mi ropa cómoda la quemaron; y mi mamá compró ropa de mujer(…) me obligaron a usar cintas en el cabello, aretes largos, maquillarme(…) Adentro seguí conversando con la chica de 35 años, se llamaba Mariela, ella llevaba más tiempo allí que yo, me dijo que ya la habían violado los enfermeros de esta misma institución (…)(Equipo Taller de Comunicación Mujer, 2017) El andamiaje ideológico, y discursivo que instauró a la heterosexualidad como la“práctica sexual natural” (Rich, 1980), que nace del deseo de las mujeres también se mantiene. La consecuencia es que muchas mujeres niegan sus deseos lésbicos, ya sea estando en el clóset, viviendo su negación o desconociendo la posibilidad de sentir atracción por otras mujeres. En este sentido, podemos decir que uno de los pilares esenciales de las nuevas formas de cacería de brujas es indudablemente la heterosexualidad obligatoria, que se mantiene a través de la violencia, la educación, la ideología, el miedo o la patologización. La heterosexualidad sigue siendo fundamental y posibilita la sumisión de las mujeres a los hombres, principalmente cuando no es reconocida como una institución sobre la que hay que reflexionar, sino como una expresión del deseo voluntario y natural 18 . Para deconstruir el carácter patriarcal de la heterosexualidad, que sobrepasa las prácticas sexo afectivas, es necesario que reconozcamos, como lo plantea Adrianne Rich, que:“la heterosexualidad no puede ser en absoluto una preferencia, sino algo que ha tenido que ser impuesto, gestionado, organizado, propagado y mantenido a la fuerza”(1980). Pues, la historia de la cacería de brujas nos revela cómo la ruptura de las relaciones afectivas entre mujeres fue una de las premisas fundamentales de la violencia ejercida en la transición al capitalismo, que a su vez requirió de la expropiación de la autonomía de las mujeres para someterlas a los hombres en todos los ámbitos, incluido el sexo afectivo. 5.4 La familia nuclear reproductora: pilar de sostenimiento del sistema patriarcal capitalista En cuando a la institución de la familia nuclear reproductora como estructura de sometimiento de las mujeres, podemos decir que, actualmente, en Ecuador los pilares que sostuvieron la imposición de esta institución se mantienen. Somos un país donde la degradación del trabajo reproductivo como no trabajo sigue intacta; no existe su reconocimiento económico ni siquiera uno simbólico. A pesar de que se realizó un estudio para determinar el valor que aporta el trabajo no remunerado del hogar a la economía, y se concluyó que es del 20% y que es el rublo más importante en cuanto a la generación de valor agregado bruto, las mujeres“amas de casa” siguen siendo consideradas como población económicamente inactiva (INEC, 2019b). El trabajo reproductivo en nuestro país sigue viéndose como una obligación de las mujeres que deviene de su sexo biológico y que no produce valor: el 45% de las mujeres que fueron entrevistadas para la encuesta de relaciones familiares de 2019(INEC et al., 2019) consi16 Con este término, designo el asesinato de mujeres lesbianas por el hecho de ser mujeres y lesbianas. Es un delito de odio que tiene el objetivo de mandar un mensaje de corrección de la conducta sexual de las mujeres. 17 De acuerdo con la investigación realizada por el Taller de Comunicación Mujer, las formas de tortura utilizadas en estas clínicas son violaciones correctivas, electroshocks, torturas psicológicas, encierro y maltrato físico permanente. 18 Estos fragmentos de testimonios muestran como la lesbiandad sigue siendo estigmatizada y como a su alrededor la familia con anuencia del Estado despliega múltiples formas de disciplinamiento para la corrección sexual. 17 FRIEDRICH-EBERT-STIFTUNG• DEMOCRACIA Y DERECHOS HUMANOS deran que las mujeres somos las responsables del cuidado de la casa, hijos e hijas y que los hombres deben ser los proveedores del hogar. A su vez, el trabajo reproductivo sigue siendo fundamentalmente femenino: de cada 100 horas de trabajo no remunerado del hogar o trabajo reproductivo, las mujeres realizaron 77(INEC, 2019b). Esto implica que ahora que las mujeres que nos hemos incorporado al mundo laboral, generalmente, realizamos doble trabajo: asalariado y reproductivo. No obstante, nuestras condiciones laborales en el trabajo asalariado no son igualitarias respecto a los hombres; de acuerdo con la Encuesta Nacional de Empleo, Desempleo y Subempleo (INEC, 2019a), las mujeres ganamos en promedio 16% menos que los hombres por el mismo trabajo. Esto implica que, en la gran mayoría de casos, seguimos dependiendo económicamente de los hombres, pues nuestro trabajo sigue siendo subvalorado. Según la Encuesta de Relaciones familiares, el 16.2% de las mujeres en el país sufren violencia económica o patrimonial por parte de sus parejas o exparejas(INEC et al., 2019). A pesar de que actualmente el divorcio constituye una alternativa, no es común en nuestro país que las mujeres se articulen fuera de sus familias, que a diferencia de Europa y otros lugares del mundo suelen ser familias ampliadas 19 . Tampoco es común que se establezcan relaciones sexo afectivas por fuera de núcleos reproductores, incluso cuando hablamos de familias diversas. La violencia sigue siendo una de las formas principales de disciplinamiento de las mujeres en la familia y en la pareja. Todo es sostenido por patrones socioculturales donde la violencia es natural, privada y debe ser tolerada. Como ejemplo de estos patrones socioculturales tenemos el hecho de que un 20% de la población de Ecuador piensa que una buena esposa le debe obediencia a su marido, y el 15% que las mujeres tienen la obligación de tener relaciones con su pareja hombre heterosexual cuando él lo desee(INEC et al., 2019). Esto implica que, a pesar del aparente avance de los derechos humanos, de las mujeres y del supuesto cambio de carácter del matrimonio y la familia nuclear reproductiva, las características que las constituyeron(al matrimonio y la familia nuclear reproductora) como mecanismos de sometimiento de las mujeres, su cuerpo y su trabajo a los hombres se han mantenido en el tiempo y se han instaurado como una norma. En la actualidad, sigue siendo una estructura de dominación de las mujeres y de sumisión de su cuerpo al“marido” tanto para la sexualidad, la reproducción, como para el trabajo gratuito. 5.5 Maternidades forzadas e interpretaciones legales que limitan la toma de decisiones autónomas de las mujeres sobre sus vidas En cuanto a la maternidad, es evidente que nuestro país sigue considerando a los cuerpos de las mujeres como instrumentos de reproducción de la fuerza de trabajo y a las mujeres, como seres incapaces de tomar decisiones autónomas sobre su vida. Esto puede ser fácilmente ejemplificado en el análisis de las leyes sobre aborto ecuatorianas y los argumentos que se han esgrimido en los debates de este año alrededor de la posibilidad de ampliar las causales de violación. Es así que en Ecuador el Código penal establece: Art. 150.- Aborto no punible.- El aborto practicado por un médico u otro profesional de la salud capacitado, que cuente con el consentimiento de la mujer o de su cónyuge, pareja, familiares íntimos o su representante legal, cuando ella no se encuentre en posibilidad de prestarlo, no será punible en los siguientes casos: 1. Si se ha practicado para evitar un peligro para la vida o salud de la mujer embarazada y si este peligro no puede ser evitado por otros medios. 2. Si el embarazo es consecuencia de una violación(Código Orgánico Integral Penal, 2021). 20 La decisión sobre la continuación o interrupción de un embarazo de acuerdo con la legislación actual y su interpretación debe estar mediada por un criterio médico o psicológico en el caso de la causal salud o vida; por lo tanto, no es suficiente el deseo de las mujeres para obtenerlo. Este hecho demuestra que la posibilidad reproductiva de las mujeres sigue siendo administrada por el Estado y los profesionales de la salud. En el caso de la causal de violación, el debate actual que va alrededor de la ley que debe establecer el procedimiento de acceso al aborto por violación evidencia toda la violencia simbólica existente contra las mujeres. A pesar del reconocimiento de lo grave que es la violencia sexual en la vida de las mujeres, sus implicaciones y del embarazo forzado, esto no ha sido suficiente para generar un debate sobre la ley de acceso al aborto por violación como un derecho que ponga en el centro a las mujeres, niñas y personas con posibilidad de gestar. La cacería de brujas sigue vigente incluso en estos casos extremos donde decidir sobre nuestros cuerpos constituye un acto mínimo de dignidad humana y reparación. La violencia sigue siendo el mecanismo para impedir que ejerzamos derechos; desde el estereotipo y la estigmatización se cuestionan 19 El concepto de familia ampliada hace referencia a núcleos familiares integrados por más personas que la pareja heterosexual, sus hijos e hijas. 20 La última modificación del Código Penal se da en 2021 tras la sentencia 34-19-IN y acumulados de la Corte Constitucional del Ecuador que despenaliza el aborto por violación. 18 De la hoguera a la cárcel Criminalización de mujeres por aborto, parto y complicaciones obstétricas: un continuum de violencias y una nueva forma de cacería de brujas nuestros testimonios, nuestras voces y nuestras demandas e, incluso, se nos acusa de asesinas por querer una ley que incluya a todas, una ley sin plazos, con requisitos mínimos, que garantice la decisión de las niñas, adolescentes y mujeres con discapacidad. En este sentido, la racionalidad estatal que está en la base de la penalización del aborto en Ecuador se encuentra relacionada con la expropiación de las decisiones reproductivas de las mujeres en función de los intereses y deseos del Estado. El debate sobre la ley que garantice el acceso a la causal de violación es también ejemplificador al respecto, pues visibiliza los miedos de la sociedad sobre el control de las mujeres de su reproducción; lo consideran un abuso del derecho y no lo que realmente es: una expresión del derecho a la dignidad personal de las mujeres y a su no instrumentalización. Estos debates también demostraron que la maternidad, como institución en el país, se encuentra fuertemente sostenida por su ideología como constitutiva de la feminidad y del instinto materno como natural y universal. Este imaginario constituye a las mujeres que abortan como que deben ser corregidas; se ejemplifica en la concepción de la población ecuatoriana sobre criminalización de mujeres por aborto: expresa, por un lado, su oposición a la despenalización del aborto en todos los casos y, por otro, su desacuerdo con la criminalización de mujeres(según Cedatos[2021], 73.4% de la población no está de acuerdo en que las mujeres vayan a la cárcel por abortar). Esto plantea que está bien que las mujeres que abortan sean castigadas y corregidas, pero no necesariamente con la cárcel. En Ecuador, la maternidad es una institución que -a pesar de la cantidad de abortos-, en la sociedad, sostiene la dominación sobre las mujeres, a través del entendimiento de esta como un destino manifiesto y deseado que nos constituye como verdaderas mujeres. Para todas estas mujeres, el aborto no significaba negarse a la experiencia de la maternidad, sino solamente postergarla, por considerar que no se habían embarazado en el momento adecuado. Paradójicamente, muchas mujeres están ejerciendo funciones maternales cuando deciden abortar. Para casi todas, el cuidado que ellas deben ejercer sobre su pareja y sus potenciales hijos/as es una razón y justificación suficiente y válida para decidir abortar(Larrea et al., 2010). La forma como la posibilidad reproductiva de las mujeres es abordada en todos los ámbitos sociales nos muestra cómo a pesar de la fuerza de los movimientos feministas, la maternidad sigue siendo considerada un destino, un instinto y un deseo. Expone cómo es instrumentalizada, como lo mostramos anteriormente en los datos expuestos sobre trabajo no remunerado del hogar, para beneficiarse del trabajo reproductivo de las mujeres, su sexualidad y su posibilidad reproductiva. 19 FRIEDRICH-EBERT-STIFTUNG• DEMOCRACIA Y DERECHOS HUMANOS 6. Criminalización de mujeres por aborto y parto: una estrategia de cacería de brujas en un contexto de violencia generalizada contra las mujeres Una de las estrategias de la actual forma de cacería de brujas se da a partir de la persecución penal, moral y la estigmatización de las mujeres que han decidido abortar, al igual que a través de la violencia institucionalizada contra las mujeres. Es posible en este contexto, donde la violencia contra las mujeres en sus diversas formas es legítima, se permite y se tolera, e incluso se desconoce como tal encubriéndose en leyes, prácticas, costumbres y discursos. La instrumentalización de la posibilidad reproductiva, sostenida en marcos legales, en instituciones sociales, en discursos, patrones e imaginarios, tanto positivos como negativos es una de las principales formas de deshumanización de las mujeres. Así, el discurso y las prácticas que idealizan a la mujer en tanto madre son tan funcionales para este objetivo, como aquellos que construyen a las mujeres como máquinas de reproducción, como sujetos incapaces o como monstruos anti-reproductivos. Estos discursos y prácticas sostienen una compresión sobre las mujeres en tanto instrumentos que nos expropia de humanidad y nos hace susceptibles de cualquier tipo de opresión. Establecen una lógica que, cuando se requiere el uso de nuestros cuerpos para la reproducción, se justifica y legitima el control social sobre nosotras. 6.1 La penalización del aborto: efectos legales que desvalorizan la vida de las mujeres, perpetuando las violencias La penalización del aborto, incluso en casos extremos como violación, embarazos en niñas y malformaciones, refuerza esta comprensión donde la vida y la dignidad de las mujeres pierden valor ante un embarazo, una potencial vida que debe ser protegida, aunque se exponga la vida de quien la tiene. Así, se desvaloriza la vida de la mujer frente a la del feto. Además, tiene efectos no únicamente a nivel legal, sino a todo nivel, lo que genera múltiples formas de violencia cuyo objetivo es controlar a estas mujeres y disciplinarlas para que acepten su destino reproductivo. Entre estas formas de violencia está la obstétrica, entendida como el maltrato sistemático a las mujeres cuando acceden a recibir atención reproductiva; la estigmatización, que es una concepción estereotipada de las mujeres como antinaturales, patológicas, malas madres; la criminalización, entendida como la persecución y el castigo penal en contra de estas mujeres; y la violencia simbólica, que concentra una serie de imaginarios sobre la necesidad de limitar las potestades de las mujeres sobre su reproducción basadas en estereotipos de género. La persecución penal de mujeres por aborto o complicaciones obstétricas es una estrategia de degradación y demonización; el imaginario de las mujeres como asesinas de niños y niñas justifica su falta de acceso a la justicia, al igual que la tortura y cualquier trato cruel. Si bien en la actualidad, aún no se registran procesos sistemáticos de asesinato a mujeres por haber abortado o tenido una complicación obstétrica, consideramos que las campañas 21 que se levantan contra las mujeres autónomas en materia sexual y reproductiva son tan brutales que podrían generar este tipo de efectos. El debate en torno a la ley que establece el proceso para acceder a un aborto por violación ejemplifica estas campañas de demonización de las mujeres y cómo el Estado intenta legitimar violencias sobre nuestros cuerpos a través de requisitos legales que pretenden minar nuestra capacidad de tomar decisiones. 6.2 El uso del derecho penal como herramienta de control social y moralización de las mujeres La experiencia como abogada defensora de mujeres criminalizadas por aborto y complicaciones obstétricas en Surkuna y nuestra investigación constante de este tema nos permite afirmar que, en este tipo de casos, todos los límites existentes en el sistema penal pueden ser rotos en función de un solo objetivo común: el uso del derecho penal como un elemento moralizador y sancionador de las conductas femeninas. Es así como la tortura y los 21 Un ejemplo de estas campañas son los ataques en Twitter a mujeres por ser feministas y decirlo públicamente. En ellos se evidencia la misoginia social, al punto que en ocasiones incluso no solo existe una campaña de desprestigio sino una que promueve abiertamente la violencia. 20 De la hoguera a la cárcel Criminalización de mujeres por aborto, parto y complicaciones obstétricas: un continuum de violencias y una nueva forma de cacería de brujas tratos crueles, inhumanos y degradantes se vuelven parte del proceso investigativo. En los casos de todas las mujeres que nosotras hemos defendido por temas de aborto o complicaciones obstétricas(asesinato), las mujeres son obligadas a declarar en su contra en base a condicionamientos de la atención en salud, en situaciones donde se encuentran o consideran que se encuentran graves, aprovechándose de su vulnerabilidad. Existen casos donde fueron obligadas a confesiones que posteriormente se usaron para acusarlas 22 . También se les niega de forma sistemática medicamentos para manejar el dolor y para propiciar su recuperación integral, como formas de castigo extrapenales por su comportamiento“inadecuado”. Un ejemplo de esto es el caso de Eugenia 23 , quien llegó al hospital con un sangrado acompañado de fiebre y dolor; en la anamnesis 24 , manifestó que había tenido una caída después de una pelea con su madre. La obstetra que la atendió la dejó sola en el consultorio por un momento para volver posteriormente con la policía. Eugenia ni siquiera fue informada de que se encontraba en proceso de aborto. Cuando la policía la entrevistó, le dijeron que no iban a permitir que la atendieran antes de que confiese lo que hizo; ella manifestó repetidamente que no había hecho nada. Finalmente, desesperada por el dolor físico que sentía, decidió mentir, admitiendo haber tenido un aborto. Después de haber sido intervenida, fue esposada y trasladada a la cárcel a las tres horas, sin recibir los medicamentos para el dolor 25 . El caso de Juana 26 también es emblemático al respecto. Ella llegó al hospital por una emergencia obstétrica, después de un parto extrahospitalario en su casa. Fue entrevistada en el hospital y presionada por los profesionales de salud para que aceptara lo sucedido, pues le dijeron que no le darían ningún tratamiento si no contaba todo. El servicio de salud llamó a la policía, quien la entrevistó mientras estaba en un estado deplorable de salud; posteriormente a esta entrevista le tuvieron que colocar ocho pintas de sangre para estabilizarla. Ella pasó doce horas sin recibir atención, a pesar de su estado crítico de salud. Todo esto, según le manifestaron los mismos profesionales de salud, como una forma de hacerla responsable de lo que había hecho 27 . Muchas de estas mujeres son procesadas y condenadas sin pruebas, con pruebas ilegales e incluso forjadas. Por ejemplo, documentos bajados del Internet sobre determinados medicamentos, autopsias con más de 20 errores, entre otros. Estos, legalmente, no son admisibles, pero en su intento por usar el derecho penal como una herramienta de corrección, el sistema judicial valida; es más, produce justificaciones que permiten la condena de estas mujeres, aun cuando se rompa toda la lógica generada por su mismo sistema para evitar la criminalización de personas inocentes, es decir el respeto al debido proceso en materia penal. 6.3 La nueva cacería de brujas: mujeres sin acceso a garantías judiciales En el caso de Maribel 28 , no existía ninguna prueba de provocación del aborto. Posteriormente, al salir del hospital, en todas sus versiones ella negó haberse realizado un aborto; no obstante, fue condenada, pues había contado en su testimonio que, después del sangrado, tomó una pastilla. El fiscal utilizó este hecho para decir que se había realizado un aborto con medicamentos; la prueba usada fue una impresión del internet sobre el uso de pastillas de misoprostol en abortos 29 . Lucía 30 tuvo un parto prematuro a las 26 semanas, su hija nació viva y cuando ella fue a buscar ayuda en el hospital, los profesionales de salud se tomaron 4 horas en la investigación sobre qué era lo que ella había realizado para que el parto se produjera, en lugar de brindar atención a una mujer en situación de parto reciente y una niña prematura extrema. Lucía fue trasladada a la fiscalía sin recibir atención médica, mientras que su hija fue llevada al Hospital Baca Ortiz. Después de la audiencia de formulación de cargos, Lucía fue conducida al hospital por orden del fiscal, donde fue diagnosticada con una sepsis postparto. Su hija murió 7 horas después en el hospital. Ella había tomado una pastilla para el dolor de cabeza y en su celular se encontraron mensajes antiguos 31 , de hace al menos dos meses, donde tenía una conversación sobre la posibilidad de aborto. Lucía fue condena por aborto, por tomarse una pastilla para el dolor de cabeza, que ingerida en grandes dosis podría ser abortiva, aun 22 Es importante entender que las principales sujetas de esta criminalización son mujeres empobrecidas y con bajos niveles educativos, que tienen poco acceso a información legal y poca posibilidad de acceso a abogados o abogadas privadas. De acuerdo con Human Rights Watch(HRW, 2021), de 148 casos, en 99 las mujeres fueron entrevistadas en el hospital sin abogado defensor. En ninguno de esos casos su defensa argumentó eso como ilegal; incluso en un 58% de los casos, sus abogados les asesoraron inculparse para obtener condenas menores. 23 Este es un nombre protegido para resguardar la identidad de la mujer. 24 Entrevista en los servicios de salud. 25 Estos hechos se basan en un caso real atendido en 2014, en la ciudad de Esmeraldas. 26 Este es un nombre que se usa para proteger la identidad de la mujer. 27 Estos son hechos reales de un caso litigado en 2017, en la ciudad de Quito. 28 Este es un nombre que se usa para proteger la identidad de la mujer. 29 Estos son hechos reales de un caso litigado en 2016, en la ciudad de Quito. 30 Este es un nombre que se usa para proteger la identidad de la mujer. 31 Es fundamental aclarar que su celular fue revisado sin orden judicial, mediante engaños y manipulaciones. A pesar de no contar con las garantías legales, esa prueba fue usada como válida. 21 FRIEDRICH-EBERT-STIFTUNG• DEMOCRACIA Y DERECHOS HUMANOS cuando su hija murió después de haber nacido viva por falta de atención oportuna 32 . En el caso de Juana 33 , después del parto se realizó una autopsia al bebé. Así, se determinó con pruebas con alto nivel de cuestionamiento científico que había nacido con vida. Ante los reclamos de la defensa de Juana, la perita hizo una ampliación de la autopsia en las que cambió 12 datos. Juana fue condenada, pues los jueces dijeron que, a pesar de todos los errores de la perita, su declaración en el juicio había sido válida y porque existía la duda de lo que sucedió con el bebé. La negación de pruebas que permitan a las mujeres defenderse o respaldar sus testimonios es otra de las conductas sistemáticas dentro de estos procesos judiciales en su contra. Tanto fiscales como jueces contribuyen a que estas mujeres no tengan acceso a garantías judiciales. En el caso de Juana 34 , se negó más de 5 veces el acceso a una nueva autopsia. Cuando esta fue ordenada por una jueza, la fiscalía designó a la misma perita que había hecho la primera autopsia. Cuando se manifestó un reclamo por esto ante la jueza respectiva, esta negó el acceso a la prueba y cuestionó a las abogadas por ser jóvenes y defender asesinas 35 . Igualmente, la generación de teorías del caso por parte de la Fiscalía, basadas en prejuicios y estereotipos de género, replica esta doble categorización de las mujeres como buenas en tanto madres/esposas y demoníacas asesinas cuando se salen de este esquema. Esto relaciona la ruptura de la monogamia obligatoria como el fundamento del asesinato de niños y niñas e instala un razonamiento donde realmente se castiga la ruptura de la norma y no un delito concreto. La Dra.(…) Fiscal de Pichincha manifestó: Demostrar durante la presente audiencia que la señora(…) convivía con el señor(…) con quien tenía 2 hijos que producto de una relación extramatrimonial quedó embarazada,(…) y la madrugada(…) cuando su pareja dormía ella baja al baño del primer piso de su vivienda donde señor(…) procedió a tener un parto sin asistencia, producto de una relación extamarital y al ver que el niño nació vivo procedió a asfixiarlo causándole la muerte(Extracto sentencia, Caso Juana) 36 . Doctor(…) representante de la Fiscalía General del Estado, para que realice su exposición inicial relacionada a los hechos quien manifestó:“Si una madre puede matar a su propio hijo, ¿qué razones queda a la humanidad para no poder matarnos los unos a los otros?” Teresa de Calcuta(…) a lo largo de esta audiencia fiscalía demostrará de manera fehaciente que(…) la hoy acusada(…) encontrándose con embarazo a término, comienza labor de parto en el baño de su propio domicilio(…) la señora hoy acusada le hace creer a su conviviente (…) que a la fecha únicamente tenía un embarazo de cuatro meses, con el afán de que su historia sea creíble esa noche(…) fiscalía va a demostrar en lo largo de esta audiencia que la señora madre asesinó a su propia hija usando sus propias manos(…) (Extracto sentencia, Caso Bertha) 37 . Los razonamientos judiciales también reflejan esta condena previa a la que están sometidas las mujeres y este deseo de usar el derecho penal para el disciplinamiento, existiendo un uso permanente de estereotipos de género durante sus fallos y sentencias, donde los elementos principales para la condena son las vulnerabilidades de los bebés y el hecho de que las mujeres sean las únicas que hayan estado presentes durante la emergencia obstétrica. En el caso de Josefina 38 , quien se quedó dormida dando de lactar a su bebé y fue acusada por su asesinato, los jueces concluyeron que ella lo mató, pues era un bebé pequeño y vulnerable. En la definición legal del homicidio expresa que es el que intencionalmente haya dado muerte a alguna persona, con lo cual debemos decir que la intención de matar es un requisito indispensable para la perpetración del delito, hecho que en el caso en estudio se ha probado, pues del peritaje psicológico practicado a la procesada, se determinó que actuó con plena conciencia y voluntad, pero que la misma estuvo disminuida. Sin embargo, tuvo la intención de matar, por lo que se agrega el elemento condicionante del dolo. Ahora bien, la interrogante que se nos presenta es ¿cómo se determina si la procesada tuvo la intención de matar o solamente la intención de lesionar a su hijo?, la respuesta es lógica ya que el sujeto pasivo a la fecha de los hechos tenía 4 días de nacido, es decir, por su condición era indefenso, ante la acción ejecutada(Extracto sentencia, caso Josefina) 39 . 32 Estos son hechos reales de un caso litigado en 2016, en la ciudad de Quito. 33 Este es un nombre que se usa para proteger la identidad de la mujer. 34 Este es un nombre que se usa para proteger la identidad de la mujer. 35 Estos son hechos reales de un caso litigado en 2017, en la ciudad de Quito. 36 Este es un nombre que se usa para proteger la identidad de la mujer. 37 Este es un nombre que se usa para proteger la identidad de la mujer. 38 Este es un nombre que se usa para proteger la identidad de la mujer. 39 Este es un caso real litigado en 2018, en la ciudad de Riobamba. 22 De la hoguera a la cárcel Criminalización de mujeres por aborto, parto y complicaciones obstétricas: un continuum de violencias y una nueva forma de cacería de brujas También existen otros tipos de vulneraciones en el proceso, mismas que en otras circunstancias lo invalidarían: procesamiento por falsas flagrancias que debería causar que el proceso sea declarado como nulo, y que en caso de haber indicios se abra una investigación. No obstante, en este tipo de casos, los jueces legalizan procesos como flagrantes a pesar de haber pasado varios días desde la comisión del supuesto delito. El día 31 de enero(…), el Dr.(…) en su calidad de Fiscal de Turno de Cotopaxi conoce de la comisión de un supuesto delito de aborto consentido, y ordena que se practiquen en calidad de actos urgentes el reconocimiento del lugar de los hechos, el levantamiento e identificación del feto, las versiones libres y sin juramentos de todas las personas que conocieron del caso y el reconocimiento médico legal-ginecológico en la Señorita(…). En fojas 21, 22 y 23 consta un formulario de DELITOS CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL según se puede leer en su acápite, donde se encuentra consignada la siguiente información citada únicamente en la parte pertinente:“¿Qué ocurrió? Reconocida, consiente,[sic] orientada, lúcida, en la camilla en el interior del Centro Obstétrico, refiere que cursaba un embarazo de unos cuatro meses y con el novio han acudido donde una doctora y le ha dicho que no querían tener el niño y que les ayude, le ha colocado una sonda en la vagina el día jueves 29 de enero del 2015 a partir de lo cual ha presentado dolor abdominal tipo contracciones, cefalea y malestar general. De acuerdo el Auto de la Audiencia de Calificación de Instrucción Fiscal, que consta a fojas 75 del proceso, el Juez ponente Dr.(…), califica la flagrancia del supuesto delito de aborto y se dictan medidas cautelares personales. Esto a pesar de que el delito no era flagrante pues de acuerdo a la evidencia se produjo varios días antes del día de audiencia 40 . Igualmente, a las mujeres criminalizadas por aborto y parto se les imponen penas inadecuadas e ilegales, que los operadores judiciales declaran sistemáticamente como legales, pues el objetivo persecutorio está por sobre la legalidad del procedimiento y la evidencia del delito. De acuerdo a las actas existentes en el detalle del proceso, el 1 de abril del 2015 la Dra.(…), mediante oficio No. 0217-FGE-FP-X-PG-1, solicita audiencia de evaluación y preparatoria de juicio. La misma que se realiza(…), a las 14h00, en el cual solicita en acuerdo con los abogados defensores la aplicación del Procedimiento Abreviado. Proponiendo la fiscal para los tres investigados una pena de OCHO MESES DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD, aun cuando el COIP determinada diversas sanciones, argumentando de acuerdo a la transcripción del auto:“que el mínimo que establece el tipo penal para esta infracción es de un año”. Hecho que es incorrecto en el caso de las mujeres para las cuales el artículo 149 determina una pena mínima de 6 meses, siendo que a Margarita le correspondía una pena máxima de 4 meses, de acuerdo a lo establecido en la ley 41 . Todos estos procesos son similares a los que se iniciaban contra las brujas, aun cuando sus desenlaces sean distintos. En esos casos, el proceso de juzgamiento terminaba en la hoguera y en estos, en la cárcel o en penas alternativas a la prisión altamente estereotipantes, como trabajos en guarderías u orfelinatos para desarrollar el instinto materno. Estos nuevamente intentan disciplinar y corregir a las mujeres. Conforme consta en autos existentes en el detalle electrónico del proceso, el 30 de abril, se lleva a cabo la audiencia de suspensión condicional de la pena, (…)“se dispone que realicen trabajos comunitarios, más allá de las sugerencias presentadas por la defensa(…) que constan del proceso, y de lo manifestado por parte de Fiscalía, se dispone oportuno y necesario lo realicen en la Institución de Acogida “HOGAR PARA SUS NIÑOS”, ubicado en la parroquia Belisario Quevedo, por un total de DOSCIENTAS HORAS durante los ocho meses que durará la suspensión condicional de la pena(…) 42 En estos procesos, se invalidan absolutamente los testimonios de las mujeres y de las personas cercanas, suponiendo que condiciones como haber tenido partos o embarazos previos debieron haber predicho un parto extrahospitalario y pidiéndoles que incluso en circunstancias donde su salud y vida estaban en peligro, priorizaran su labor materna de cuidado y protección. (…) puesto que previo a esto había tenido dos embarazos anteriores y conocía de los cambios físicos que en su morfología se generaban, a lo que se suma el hecho de acudir al baño ubicado en la planta baja donde procedió a dar a luz, y al percatarse que el recién nacido respiraba, procedió a la obturación de su orificio respiratorio,(…) y procedió(…) pedir ayuda, sin solicitar en ningún momento auxilio o ayuda para socorrer al hijo al que minutos antes había dado vida, y dependía exclusivamente de su progenitora para poder sobrevivir(…)(Extracto sentencia, Caso Juana). 40 Informe presentado por Surkuna ante el Consejo de la Judicatura por violaciones al debido proceso en el caso de Margarita. 41 Ídem. 42 Extracto audiencia caso Margarita. 23 FRIEDRICH-EBERT-STIFTUNG• DEMOCRACIA Y DERECHOS HUMANOS Lo que se observa en el caso de Juana es sistemático contra las mujeres criminalizadas por complicaciones obstétricas. A ellas se las responsabiliza de lo sucedido con sus hijos o hijas recién nacidos y se las criminaliza por no brindarles auxilio, aun cuando ellas se encuentran en situaciones de salud tan críticas que no pueden asistirse ni ellas mismas. Juana, por ejemplo, tuvo que ser llevada al hospital de manera urgente; recibió más de dos pintas de sangre y permaneció 5 días internada por lo crítico de su salud. Es emblemática también la acusación por homicidio culposo, mismo que se debe a la omisión del deber de cuidado. Este tipo de acusaciones se han producido cuando existían pruebas de que las mujeres perdieron la conciencia durante la emergencia obstétrica y estaban basadas en el hecho de que ellas no habían tenido controles prenatales previos. Esto se consideraba una negligencia punible cuando sus hijos o hijas nacían muertas o morían en emergencias obstétricas. Jamás se consideró ni analizó el contexto cultural o socioeconómico de la mujer y su relación con la falta de controles. En el caso de Daniela, ella tuvo un parto en el sanitario de su casa y, de manera inmediata, se desmayó. Su madre llamó a la ambulancia, que la encontró inconsciente y la llevó al hospital, donde se determinó que había perdido la conciencia por la gran pérdida de sangre. Se abrió instrucción fiscal en su contra por homicidio culposo, pues se la responsabilizaba de que la emergencia sucediera porque no había tenido controles previos. Se trata de una mujer indígena que laboraba como trabajadora doméstica, a quien nunca le dieron permiso para los controles. La nueva cacería de brujas que promueve estos procesos se complementa con un abordaje mediático altamente estigmatizante. Noticias de fetos encontrados abandonados, de mujeres asesinas de sus hijos e hijas retratadas como monstruosas las estigmatizan en el imaginario social y colectivo. Así, se genera legitimidad a cualquier trato cruel e inhumano en su contra. Algunos extractos de estos artículos son: Policía de Ecuador entierra fetos de presuntos abortos en Quito (CNN, 2018) 51 fetos y recién nacidos fueron sepultados en el Camposanto Santa Rosa. Los cuerpos de estos pequeños habían permanecido en el departamento de Medicina Forense de la Policía Nacional desde el 2014 sin ser reconocidos(…) las pequeñas cajitas blancas salieron en manos de policías hasta llegar al lugar destinado para su entierro(…)“Se hicieron las pruebas de ADN y se tomaron fotografías de los cuerpos, las investigaciones no se cierran con la sepultura”(El Comercio, 2018). Joven madre habría asfixiado a bebé y escondido en una mochila (El Universo, 2019) 43 . Todo este proceso despoja de humanidad a estas mujeres y genera el escenario propicio para su opresión, estigmatización, despojo y control. También, institucionaliza un imaginario que divide a las buenas mujeres de las monstruosas, que deben ser controladas o incluso eliminadas. 6.4 Empobrecidas, sujetas al racismo y estereotipadas: las víctimas de la nueva cacería de brujas En la criminalización de mujeres, otros factores fundamentales para entender cómo se configuran estos procesos de criminalización en cacería simbólica de las mujeres, son las características concretas de las mujeres criminalizadas por estas causas. De acuerdo con las estadísticas que hemos recolectado, se caracterizan por ser todas mujeres empobrecidas, 70% mujeres jóvenes, 70% mujeres negras y afroecuatorianas. Esto es importante, pues nos permite relacionar estereotipos existentes contra estos grupos de mujeres -como la hipersexualización de las mujeres negras y afroecuatorianasy la supuesta promiscuidad de las jóvenes, con los procesos de criminalización en su contra. En el caso de las mujeres empobrecidas, la persecución penal por aborto se explica como un proceso de corrección que requiere ser mucho más fuerte de acuerdo con quién es la persona que corregir. También, por la injusticia social que implica la penalización del aborto de acuerdo con la cantidad de recursos de los que dispone una mujer para acceder a información y procedimientos seguros. La criminalización es entonces un proceso permanente y sistemático, dirigido desde arriba contra la resistencia de las mujeres concretas a que su cuerpo siga siendo instrumentalizado, pero también desde abajo, como un proceso de mantener el control y la dominación de los hombres sobre nosotras. Esto es importante porque se constituye como un mecanismo de despojo de las mujeres sobre sus cuerpos y sus decisiones autónomas, que incide sobre la expropiación de su trabajo, su sexualidad y su reproducción. Más grave aún, se trata de un proceso de construcción de una imagen social de las mujeres que es funcional al mantenimiento de las instituciones y estructuras propias del patriarcado capitalista. Tal proceso debe ser desmantelado y esto requiere de cambios estructurales. No obstante, una ley para normar el acceso a aborto por violación que no refuerce estereotipos y privilegios puede ser un camino para empezar a generar cambios. 43 Este caso fue litigado por Surkuna; en realidad el bebé murió por un accidente mientras la madre enferma le daba de lactar. 24 De la hoguera a la cárcel Criminalización de mujeres por aborto, parto y complicaciones obstétricas: un continuum de violencias y una nueva forma de cacería de brujas 7. La ley para normar el acceso al aborto por violación Actualmente en Ecuador se está discutiendo la forma en que se debe normar el acceso al aborto por violación. Esto después de una sentencia de inmediata y de directa aplicación que despenaliza el aborto por violación, y establece un mandato para la Defensoría del Pueblo de construir un proyecto de ley en 2 meses y para la Asamblea Nacional, discutirlo y aprobarlo en 6 meses. La creación de esta ley ha puesto en debate múltiples imaginarios, discursos y prácticas que podemos analizar justamente para develar cómo -a pesar incluso de la despenalización del aborto por violaciónlos imaginarios que sostienen la violencia contra las mujeres siguen intactos y permean incluso la discusión social y legislativa sobre el tema. Esto hace que, desde muchos lugares, se aborde desde el estigma, el prejuicio, la ignorancia y la insensibilidad. Se deben plantear reflexiones de cómo debe abordarse este debate para lograr efectivamente un avance que potencie el camino hacia la desestructuración del patriarcado capitalista. Para ello, hay que partir por entender que el aborto por violación representa un mínimo de dignidad y reparación para las mujeres que han vivido esta penalización atroz en sus cuerpos y sus vidas 44 . Además, una ley que norma este proceso que pueda contribuir para desestructurar las opresiones contra las mujeres, debe poner en el centro a las mujeres, niñas y personas con posibilidad de gestar, sus voces, deseos, necesidades, y demandas 45 . 7.1 Aspectos innegociables que la ley debe contemplar para garantizar derechos y justicia para las mujeres Debe ser una ley que parta por considerar las diversas realidades que viven las mujeres, niñas, adolescentes y todas las personas con posibilidad de abortar, víctimas y sobrevivientes de violencia sexual. Debe elaborarse desde una perspectiva interseccional que comprenda las diversas condiciones y situaciones que vivimos las mujeres y deben ser tomadas en cuenta en la generación de mecanismos de acceso efectivos para todas, todos y todes, de tal forma que la regulación que se genere no excluya a las personas en situación de doble o triple vulnerabilidad. En este sentido, esta ley debe: No contemplar plazos para el acceso a la causal de violación: La causal en sí ya es una excepcionalidad y solo protege a un determinado grupo de mujeres, niñas, adolescentes y personas con posibilidad de abortar, víctimas y sobrevivientes de violación. Establecer plazos significa poner nuevos obstáculos a estos casos, ya excepcionales, lo que se traduciría en restringir aún más el acceso al servicio, especialmente a las niñas, adolescentes, mujeres en situación de movilidad o situadas en lugares alejados, expuestas a violencia derivada del 44 Informe presentado por Surkuna ante el Consejo de la Judicatura por violaciones al debido proceso en el caso de Margarita. En el dictamen de la Corte, se establece que no es idóneo, que es innecesario y que es no proporcional penalizar por abortar a las mujeres, niñas y personas con posibilidad de gestar víctimas y sobrevivientes de violencia sexual. Pues, esta no es una medida afectiva y causa demasiadas afectaciones en la vida y salud de las mujeres, hasta despojarlas de su dignidad como seres humanos. Se reconoce que la violencia sexual es un acto atentatorio contra la integridad de las mujeres, adolescentes, niñas y personas con posibilidad de abortar que afecta su integridad en todas sus dimensiones, produciendo graves secuelas físicas, psicológicas, sexuales y morales, y graves sufrimientos, menoscabando su intimidad, autodeterminación sexual, su dignidad y su vida. Se admite que la maternidad forzada consecuencia de violencia sexual es un atentado contra la integridad, que aumenta las afectaciones ya graves de la violencia sexual y, en determinadas circunstancias, puede constituir tortura o trato cruel inhumano o degradante. En este sentido, la corte reconoce que el embarazo no deseado, i) compromete el cuerpo de las mujeres y las revictimiza, pues les son impuestas las transformaciones físicas y fisiológicas comunes al embarazo y sobre las cuales no tienen control, ii) somete a las mujeres a posibles riesgos médicos vinculados a complicaciones derivadas del embarazo y la labor de parto, sobre todo en caso de niñas y adolescentes, iii) incrementan los trastornos emocionales y psicológicos asociados a la depresión, humillación, vergüenza e impotencia durante las etapas de la gestación, y iv) tiene consecuencias sociales, que provocan estigmatización, falta de apoyo de sus familias y en casos de niñas y adolescentes acarrea el abandono de los estudios y el cambio del proyecto de vida. 45 No obstante, el debate público que se ha generado sobre esta ley demuestra que la cacería de brujas sigue vigente incluso en estos casos extremos donde decidir sobre nuestros cuerpos constituye un acto mínimo de dignidad humana y reparación. La violencia sigue siendo el mecanismo para impedir que ejerzamos derechos. Se cuestiona desde el estereotipo y la estigmatización nuestros testimonios, nuestras voces y nuestras demandas; incluso se nos acusa de asesinar por querer una ley que incluya a todas, una ley sin plazos, con requisitos mínimos, que garanticen la decisión de las niñas, adolescentes y mujeres con discapacidad. A pesar de que existe este reconocimiento de la violación y el embarazo forzado como actos atroces que atentan contra los derechos y la dignidad de las mujeres, los debates que han surgido públicamente sobre la ley de aborto y las posturas tanto de diversos sectores de la sociedad civil, como de determinados asambleístas, muestran cómo la cacería de brujas sigue vigente: su principal instrumento es la violencia, en este caso, simbólica contra las mujeres. 25 FRIEDRICH-EBERT-STIFTUNG• DEMOCRACIA Y DERECHOS HUMANOS conflicto armado o del extractivismo, a mujeres con discapacidad, y mujeres lesbianas, bisexuales, personas no binarias y hombres trans, entre otras. Contemplar como único requisito la solicitud de la mujer ante el servicio de salud : Considerando la realidad de acceso a la justicia y a la salud que enfrentamos las mujeres, hombres trans y personas no binarias en los distintos territorios, el proyecto de ley debe contemplar como único requisito para el acceso a un aborto por violación una solicitud ante el servicio de salud, como lo establece la actual Guía de Aborto Terapéutico, vigente desde 2014. Este debe ser un formato sencillo en el cual, quienes soliciten el aborto declaren a su vez que el embarazo es producto de violación, en concordancia con los estándares internacionales que establecen que en delitos sexuales, lo fundamental es el testimonio de la víctima. Incluir otros requisitos para acceder a los servicios de aborto, como la denuncia, el examen médico o la declaración jurada constituyen barreras de acceso para las mujeres, adolescentes, niñas, y personas en posibilidad de abortar que se encuentran en situaciones de doble o triple vulnerabilidad, tal como revela la experiencia del derecho comparado. Por esto, este tipo de requisitos no deben ser incluidos en una ley que ponga en el centro a las mujeres, niñas, adolescentes y personas con posibilidad de abortar, cuyo fin debe ser la reparación. El aborto por violación debe ser garantizado por todos los servicios de salud, considerando su nivel de complejidad : Un aborto es un procedimiento sencillo que incluso es seguro que se realice en casa con medicamentos hasta las 12 semanas de gestación y con acompañamiento en semanas posteriores. En este sentido, el sistema de salud debe facilitar a las mujeres, adolescentes, niñas y personas con posibilidad de abortar víctimas y sobrevivientes de violencia toda la información y el acceso al aborto en los servicios de salud más cercanos a sus territorios, adecuados y pertinentes culturalmente. En caso de que sea necesario un servicio de mayor complejidad, se debe garantizar su traslado y derivación en coordinación con el sistema de protección a víctimas. Además, garantizar la cobertura de los gastos derivados del traslado, estadía, alimentación entre otros requerimientos de ella y los o las acompañantes que elija. Garantizar que las niñas, adolescentes y personas con posibilidad de gestar menores de edad sean quienes decidan sobre el acceso a un aborto por violación: Se deben generar todos los apoyos técnicos necesarios y resguardar su voluntad incluso cuando la opinión de sus padres, madres o tutoras sea contraria. G arantizar que las mujeres, niñas, adolescentes y personas con posibilidad de gestar con discapacidad sean quienes decidan sobre el acceso a un aborto por violación: Por lo tanto, deben ser escuchadas, generando los apoyos técnicos necesarios. Debe restringirse la subrogación de decisiones exclusivamente a situaciones donde realmente la persona con discapacidad no tenga ninguna posibilidad de decidir, después del uso de todas las herramientas existentes para garantizar su voluntad. Proporcionar traducción en lengua de señas, braille, lenguas de los pueblos y nacionalidades indígenas de toda la información y formularios que se establezcan como requisitos para el acceso al aborto por violación. No permitir la objeción de conciencia: Al ser el servicio de aborto por violación un servicio excepcional, fundamental para precautelar la integridad de las víctimas y sobrevivientes de violencia sexual, niñas, adolescentes, mujeres y personas con posibilidad de abortar, no se debe admitir objeción de conciencia para su realización, pues como lo establece la Constitución, la objeción de conciencia no debe vulnerar derechos ajenos ni puede presentarse en situaciones de emergencia. En este caso, admitirla vulneraría el derecho de quienes por mandato constitucional deben recibir atención prioritaria y protección reforzada del Estado y se encuentran en situación de doble o triple condición de vulnerabilidad. Se debe garantizar la no repetición de los hechos que vulneren los derechos de las niñas, mujeres y personas con posibilidad de abortar víctimas y sobrevivientes de violencia sexual. Así, la ley debe incorporar procedimientos interinstitucionales para que se dicten las medidas de protección necesarias, efectivas y adecuadas para garantizar los derechos de las víctimas, su reparación y, en particular, para que no regresen a entornos de violencia. La ley debe contemplar sanciones para funcionarios públicos que obstruyan el acceso a un aborto legal por causal violación o que ejerzan prácticas de revictimización antes, durante o después de un aborto. Se debe garantizar la difusión y provisión de información sobre el servicio de aborto por causal violación a todas las mujeres, niñas, adolescentes y personas con posibilidad de abortar víctimas y sobrevivientes de violencia sexual en su idioma, con lenguaje apropiado de forma que pueda ser recibida y comprendida, aun cuando ellas no la requieran o soliciten. Esto en el cumplimiento de la obligación de transparencia activa sobre la información en salud y en el marco del derecho de la población en especial de las mujeres. Esta información deberá brindarse en los servicios de salud, en las instituciones de justicia, en instituciones del sistema de protección, en colegios y universidades. El Estado deberá hacer campañas que faciliten el acceso al servicio. 26 De la hoguera a la cárcel Criminalización de mujeres por aborto, parto y complicaciones obstétricas: un continuum de violencias y una nueva forma de cacería de brujas 8. A modo de conclusión En Calibán y la bruja, Silvia Federici(2015) devela que una de las estrategias fundamentales de consolidación del patriarcado en el sistema capitalista fue la guerra contra las mujeres. A través de la cacería de brujas y otros mecanismos violentos usados contra ellas, se instauró una nueva disciplina sobre el cuerpo y su vida, que las despoja de toda autonomía y las condena a depender de los hombres y a realizar trabajo gratuito para ellos. La cacería de brujas y las otras formas de violencia desplegadas contra las mujeres generó un orden sociopolítico que sostiene el patriarcado capitalista y genera una categorización jerárquica de las personas según sus marcas corporales(sexo/racialización). Generó instituciones y estructuras propias del patriarcado capitalista, como familia nuclear reproductiva, maternidad, heterosexualidad, monogamia, el derecho, la división sexual del trabajo y la división de los espacios que sostienen el sometimiento de las mujeres. Este proceso también instauró un nuevo discurso sobre las mujeres basado en su degradación como seres humanos, en la degradación de su trabajo y sobre la feminidad vinculada a la domesticidad, al cuidado, al servicio y a la reproducción. Una de las bases fundamentales de la opresión de las mujeres en la sociedad capitalista es la expropiación de sus cuerpos, de su trabajo, de su deseo y de sus decisiones, que son puestos bajo el control y la disposición de otros: el Estado o los hombres. Para ello, la expropiación de la posibilidad reproductiva de las mujeres es fundamental, al igual que su demonización ligada al cumplimiento de los mandatos de la maternidad. En este sentido, la criminalización de mujeres por aborto, parto y complicaciones obstétricas es una forma de cacería de brujas contemporánea, que se sostiene en la deshumanización de las mujeres y su opresión. Pretende fortalecer y mantener el sistema social capitalista, patriarcal y colonial, con el objetivo de justificar nuevos procesos de violencia y despojo de sus recursos, nuevos procesos de división de las comunidades y de las mujeres. Si realmente apostamos por generar una sociedad igualitaria y que respete los derechos de las mujeres, es fundamental que en la discusión de la ley que garantiza el acceso al aborto por violación se pongan en el centro las voces, necesidades y demandas de las mujeres y personas con posibilidad de gestar víctimas y sobrevivientes de violencia sexual. Se debe rechazar todo tipo de discursos y prácticas revictimizantes y que intenten generar barreras de acceso basadas en estereotipos de género o estigmas que reproduzcan imaginarios que fortalecen el patriarcado capitalista en su forma moderna. 27 FRIEDRICH-EBERT-STIFTUNG• DEMOCRACIA Y DERECHOS HUMANOS 9. Bibliografía ASFADEC y COVIDEFEM (2018). Informe de inconsistencias en las estadísticas oficiales de personas desaparecidas Bourdieu, Pierre (1996). La Dominación Masculina. Disponible en: https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo? codigo=5202635 Butler, Judith (2006). Vida precaria. El poder del duelo y la violencia. Buenos Aires: Paidós. Cabnal, Lorena (2020).“La sanación, un acto feminista emancipatorio”, entrevista a Lorena Cabnal, 26 de octubre 2020, https://decolonial.hypotheses.org/2147 Cedatos (2021). CEDATOS: opinan los ecuatorianos y hablan las cifras oficiales. Boletin 07 de agosto del 2021. Chodorow, Nancy (1984). El ejercicio de la maternidad psicoanálisis y sociología de la maternidad y paternidad en la crianza de los hijos. España: Gedisa. CNN (2018).“Policía de Ecuador entierra fetos de presuntos abortos en Quito”. Disponible en: https:// cnnespanol.cnn.com/2018/03/14/policia-de-ecuadorentierra-fetos-de-presuntos-abortos-en-quito/ Código Orgánico Integral Penal (2021). Disponible en: https://www.derechoecuador.com/uploads/content/ 2021/05/file_1620184639_1620184653.pdf El Comercio (2018).“51 fetos y recién nacidos fueron sepultados en el Camposanto Santa Rosa”. 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República 500 y Martín Carrión, Edif. Pucará 4to piso, Of. 404, Quito-Ecuador. Responsable Gustavo Endara Coordinador de Proyectos Telf.:+593 2 2562103 Friedrich-Ebert-Stiftung FES-ILDIS @FesILDIS @fes_ildis https://ecuador.fes.de/ Para solicitar publicaciones: info@fes-ecuador.org Las opiniones expresadas en esta publicación El uso comercial de todos los materiales editados no representan necesariamente las de la y publicados por la Friedrich-Ebert-Stiftung(FES) Friedrich-Ebert-Stiftung(o de la organización está prohibido sin previa autorización escrita. para la que trabaja el o la autora). 29 FRIEDRICH-EBERT-STIFTUNG• DEMOCRACIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA HOGUERA A LA CÁRCEL Criminalización de mujeres por aborto, parto y complicaciones obstétricas: un continuum de violencias y una nueva forma de cacería de brujas Ana Vera Los procesos violentos del sistema capitalista, que han perpetuado el despojo y la sumisión de las mujeres desde la época de la cacería de brujas, continúan plenamente vigentes. A las mujeres ya no se nos envía a la hoguera, pero seguimos sometidas a múltiples violencias, entre ellas, la penalización de nuestros derechos y decisiones reproductivas; son las inaceptables consecuencias de un sistema que pone las ganancias sobre la vida y que se estructura en la sumisión, la expropiación y el despojo. El sistema patriarcal capitalista genera una jerarquización de las personas, en la cual las mujeres han sido sometidas al poder patriarcal con base en la expropiación de su trabajo, su tierra, su propiedad, a la generación de leyes injustas, al uso de las violencias como instrumento de disciplinamiento y a la criminalización. En este contexto, la criminalización de sus eventos reproductivos profundiza y multiplica estructuras que mantienen la desigualdad e inequidad, y que permiten que el patriarcado se mantenga, se propague e incluso se transforme. Las que son criminalizadas por aborto y complicaciones obstétricas son, además, sujetas de estigmas y estereotipos durante los procesamientos judiciales que se transforman en procesos de moralización. Dentro de estos imaginarios se usan torturas, tratos crueles, degradantes e inhumanos o pruebas ilegales con el objetivo de mantener el poder social sobre la mujer y la idealización de la maternidad como destino. El Proyecto de ley de aborto por violación -a discutirse próximamente en la Asamblea Nacional ecuatoriana- debe poner fin a estas injusticias estructurales, al menos para las mujeres víctimas y sobrevivientes de violencia sexual. En ese sentido, debe ser un proyecto reparador, que ponga en el centro a las mujeres, niñas, adolescentes y personas con posibilidad de gestar; se requiere un proyecto que repare y que no reproduzca estructuras de privilegio y exclusión. La violencia ha sido, por siglos, el instrumento de disciplinamiento y sumisión de las mujeres. Ha sido usada para mermar el poder y la sabiduría que hemos alcanzado y para solidificar el sistema patriarcal capitalista que actualmente conocemos. Dentro de las formas de violencia utilizadas contra las mujeres, la criminalización y estigmatización de determinados comportamientos ha sido fundamental para fortalecer el control social sobre nosotras y nuestras vidas. La más frecuente es la criminalización por nuestra posibilidad reproductiva que sostiene al sistema patriarcal capitalista, mantiene la expropiación de nuestros cuerpos y de nuestra posibilidad reproductiva y permite la reproducción de las estructuras sociales que soportan al patriarcado capitalista: el matrimonio, la heterosexualidad, la monogamia y la familia nuclear reproductora. Al ser sistémica, esta forma de criminalización nos afecta a todas. No obstante, es fundamental reconocer que los hechos concretos de criminalización afectan de forma desmedida a mujeres empobrecidas, racializadas, jóvenes y vulnerables. Para solicitar publicaciones: info@fes-ecuador.org ISBN 30 978-9978-94-227-7