Guía ciudadana a la tributación y el gasto del Estado colombiano 2018 Observatorio Fiscal Universidad Javeriana Rector Jorge Humberto Peláez Piedrahita, S.J. Sujeta a inspección y vigilancia por parte del Ministerio de Educación Nacional.(artículo 39 del decreto 1295 de 2010) Guía ciudadana a la tributación y el gasto del Estado colombiano © Observatorio Fiscal de la Pontificia Universidad Javeriana. Departamento de Economía, 2018. Director y co-fundador: Luis Carlos Reyes Co-fundador: César Ferrari Quine Textos: María Fernanda Gómez, Luis Carlos Reyes, David G. Suárez Diseño y diagramación: Manuela Ospina Pedraza Contacto Observatorio Fiscal www.ofiscal.org ofiscal@javeriana.edu.co Con el apoyo de: la Friedrich-Ebert-Stiftung en Colombia- Fescol Pontificia Universidad Javeriana Si quiere citar este documento, hágalo de la siguiente manera: Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana.(2018). Guía ciudadana a la tributación y el gasto del Estado colombiano. Recuperado de https://www.ofiscal.org/guias-ciudadanas Las opiniones expresadas en ésta publicación no representan necesariamente las de la Friedrich Ebert Stiftung o de la Pontificia Universidad Javeriana. El Observatorio Fiscal existe para analizar la tributación y el gasto en Colombia desde una perspectiva ciudadana, antes que gremial o gubernamental. Le invitamos a compartir sus comentarios y sugerencias sobre esta guía con nosotros escribiéndonos a ofiscal@javeriana.edu.co, y a conocer los demás recursos que le ofrecemos al público en www.ofiscal.org. Presentación Colombia necesita un gobierno que merezca y cuente con la confianza de la gente para administrar los recursos de la nación. Y ya que pocos confían en lo que no conocen ni entienden, en esta guía el Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana se ha propuesto explicar de manera completa pero sencilla cuáles son los recursos con los que cuenta el Estado, cómo los obtiene, y cómo los gasta. No es que pensemos que simplemente por difundir conocimiento sobre el manejo de las finanzas públicas se vaya a remediar la falta de confianza en el Estado. Pero sí creemos que la democratización de la información sobre los impuestos y el gasto es indispensable para que los ciudadanos y sus representantes puedan vigilar el recaudo y el uso de los fondos públicos. Entre más informado sea el debate sobre este tema, la veeduría ciudadana va a ser más efectiva, y a través de las herramientas democráticas existentes se podrá transformar al Estado para que sea más transparente, justo y equitativo. Ingresos 5 La guía cuenta con tres partes Impuestos 7 Art. 363: equidad, eficiencia Parte 1 y progresividad 8 En la primera se explica de dónde provienen los recursos del Estado. El énfasis está en los impuestos, que son la principal fuente de ingresos del gobierno, y para cada Regresivo, proporcional y progresivo— 11 impuesto se analiza qué tanto cumple con la meta constitucional de ser eficiente, Impuestos nacionales 18 equitativo y progresivo. Impuestos municipales y departamentales 53 Rompecabezas de gastos 60 Opciones de recaudo y opciones de gasto 61 Parte 2 La segunda parte, presentada a manera de rompecabezas, desglosa los gastos del gobierno, y los contrapone a los ingresos con el reto de encontrar la manera de cumplir con la regla fiscal, la ley que pone límites al aumento en la deuda nacional, reducir los impuestos de las empresas a niveles de la OCDE, y llevar el cubrimiento y la calidad educativa al nivel de esta organización. Comparación Internacional 62 Parte 3 Tributación como porcentaje Por último, la tercera parte pone a Colombia en el contexto internacional, compadel PIB(gráfico) 62 rando sus impuestos, y gasto público con los de otros países del mundo. Tipo de ingresos tributarios como porcentaje del PIB (gráfico) 63 4 Ingresos Los impuestos son, de lejos, la principal fuente de ingresos del gobierno. Pero antes de aden trarnos en ese tema, vale la pena aclarar que el Estado tiene otros recursos. El gobierno recibe in gresos del petróleo y de otros re cursos naturales no renovables, de las ganancias que generan las empresas públicas, y por concepto de otros pagos, como las mul tas que impone. El gobierno nacional recauda los ingresos provenientes de los re cursos no renovables y la mayor parte de los impuestos, y distri buye buena parte de lo obtenido a municipios y departamentos. Estos gobiernos locales, a su vez, recaudan impuestos adicionales como el predial y el ICA, y pueden tener ingresos extra por las ga nancias de empresas municipales y departamentales. Vale la pena aclarar que, a lo largo de la guía, cuando se habla de impuestos se usa el término en el sentido que le dan los economistas. Es decir, por impuestos nos referi mos a cualquier cobro obligatorio hecho a la ciudadanía para financiar las actividades que el gobier no ha decidido llevar a cabo, in dependientemente de si el cobro tiene o no una destinación espe cífica, o de si es o no proporcional a los servicios públicos recibidos a cambio. Así, por ejemplo, denominamos impuestos tanto al IVA como a las contribuciones obli gatorias a salud y pensiones, tal Los abogados reservan el térmi no de impuestos para los tributos que se recaudan con fines generales, mientras que los tributos que están destinados a fines específicos reciben otros nombres, como contribuciones y aportes parafiscales. Ya que el propósito de esta guía es clarificar ideas económicas y no jurídicas, nos referiremos a los aportes parafiscales y a las contribuciones como impuestos. Sin embargo, vale la pena desta car que algunos de los parafiscales los administra directamente el gobierno central, mientras que otros – la salud y las pensiones – los administran en su mayoría y como lo hace la OCDE en sus empresas privadas a las cuales el comparaciones internacionales. gobierno ha delegado esta tarea. 5 Las ganancias de las empre en un estudio detallado de los im sas y otros activos del Esta puestos, que constituyen cerca del do no las abordamos a pro 20% del PIB 3 , y que pueden ser al fundidad por dos razones. La terados de manera significativa por primera es que traen relativa los hacedores de política pública. mente pocos ingresos a la nación – alrededor de 1,5% del PIB 1 . La segunda es que la economía colombiana tiene una orientación de mercado. Tanto por mandato constitucional como por consen so de los partidos políticos, au 1 Nacionales 2 Locales 1 Impuestos Nacionales Impuestos 2 Locales mentar la participación del Estado en industrias en las cuales ya está presente el sector privado espe rando que con eso sean mayores los ingresos de la nación no es una opción política realista. Algo similar se puede decir de los ingresos del petróleo y otros re cursos naturales no renovables. Aunque las rentas de dichas fuen Ganancias de empresas del Estado y otros activos del estado 3 Impuestos 3 Seguridad Social Es decir, los parafiscales tes son una parte importante del ingreso del gobierno(cerca del 1.5% del PIB) 2 , estas fluctúan con los precios internacionales de los Ingresos del Gobierno 1 Mineras Rentas hidrocarburos, y, en general, son lo que son: no hay mucho que los tomadores de decisiones puedan hacer para modificarla. Por eso, a Petróleo y recursos naturales 2 no renovables continuación nos concentramos 6 Impuestos Como lo afirmaba el distinguido jurista estadounidense Oliver Wen dell Holmes,“los impuestos son el precio que se paga por la civi lización”. Esto es completamente cierto: sin ellos no habría cortes, infraestructura, seguridad, ni las demás cosas que esperamos del Estado. Para evitar estos problemas, la Cons titución Política de Colombia, en el artículo 363, estipula que el sistema tributario debe ser equitativo, eficiente y progresivo. Por eso, a cada uno de los impuestos descritos más adelante lo hemos evaluado según estos criterios. Esto es, más en deta lle, lo que quieren decir: Lo que no siempre se tiene en cuen ta es que el costo de los impuestos va más allá del dinero que sale di rectamente del bolsillo de los ciu dadanos. Los impuestos también tienen costos sociales, en tanto que toda actividad económica que Es decir: cualquier bien o servicio se grava se desincentiva, y deja de que implique el pago de un impuesto puede causar que la gente lo evite, para no tener que pagar dicho impuesto. generar algunos ingresos que de ben ser entendidos como un costo adicional de la tributación. Además, los impuestos pueden alejarnos de ciertas metas que nos hemos im puesto como sociedad, como la distribución equitativa del ingreso. 7 Equidad El pago de impuestos debe estar repartido de manera equitativa entre todos los contribuyentes. Esto implica dos cosas: primero, la llamada equidad horizontal, según la cual dos contribuyentes con las mismas características(tales como género, raza, religión) deben tener la misma carga tributaria. Segundo, la equidad vertical, que requiere que los contribuyentes con mayores in gresos paguen más que los que tie nen menores ingresos. Es decir, la equidad vertical no implica que todos contribuyan lo mismo, sino que todos contribuyan según sus capacidades. 8 Equidad horizontal Equidad vertical Eficiencia Los impuestos deben distorsionar el desempeño económico del país lo menos posible. La economía se distorsiona cuando, a causa de un impuesto, la gente toma decisiones distintas de las que tomaría sin él y esto lleva a pérdidas económicas. Por ejemplo, cuando se cobra un impuesto al patrimonio de las empresas, estas pueden preferir invertir menos en nuevos equipos que aumentan su productividad y que incrementan su patrimonio, lo cual afecta negativamente a la economía. Cabe anotar que el que un impues to sea eficiente no necesariamente quiere decir que sea bueno: Por ejemplo, crear un nuevo impuesto a la insulina sería eficiente, ya que quienes necesitan insulina por razones de salud probablemen te no van a tomar decisiones distin tas a causa del impuesto, es decir, van a seguir comprando la misma cantidad de insulina que antes. Por más eficiente que esto fuera, sería profundamente inequitativo. La eficiencia es apenas uno de los criterios que se deben tener en cuenta al gravar una actividad eco nómica, y debe ser balanceada con los criterios de equidad y progresividad. 9 Progresividad Un impuesto es progresivo cuando les cobra un porcentaje más alto de su ingreso o riqueza a las personas más acaudaladas. Por ejemplo, un impuesto que cobra el 1% de la riqueza a quienes tengan un patrimonio de más de 1000 millones de pesos y 0% a quienes tengan un patrimonio menor es progresivo. La progresividad es un tipo especial de equidad vertical, en el cual se considera que los más afortunados deben contribuir en mayor propor ción que las personas de escasos recursos. El extremo opuesto de un impuesto progresivo, en el cual las personas de bajos ingresos pagan un porcentaje mayor que las de altos ingresos, se conoce como impuesto regresivo. Así, por ejemplo, un impuesto a la riqueza del 10% a todos los contribuyentes sería equitativo, porque el 10% de un patrimonio grande sería más dinero que el 10% de un patrimonio pequeño. Pero este impuesto no sería progresivo, porque les cobra a las personas de bajos ingresos en la misma proporción que a las de altos ingresos (sería lo que se conoce como un impuesto proporcional). 10 Ingresos Impuestos Regresivos Ingresos Valor final del impuesto: $ 2 MONEDAS 14% 40% Las personas de menores ingresos pagan en mayor proporción que las de mayores ingresos. (un porcentaje mayor de sus ingresos) Impuestos Proporcionales Valor final del impuesto: -20% 20% Las personas de menores ingresos pagan en la misma proporción que las de mayores ingresos. (el mismo porcentaje de sus ingresos) Impuestos Progresivos Valor final del impuesto: -Las personas de menores ingresos pagan en menor proporción que las de mayores ingresos. (un porcentaje menor de sus ingresos) 11 40% 20% Para poder comparar rápidamente los pros y contras de distintos impuestos, junto a la descripción de cada uno de ellos se encontrará este diagrama, que los clasifica según: 1. Su equidad, eficiencia y progresividad. 2. Su contribución a los ingresos tributarios del gobierno. Equidad Eficiencia Para clasificar cada criterio (equidad, eficiencia y progresividad) se realizó una escala de tres niveles: el rojo representa una falencia en dicho criterio, el amarillo es un intermedio y el verde representa el cumplimiento del criterio. Progresividad Contribución a los ingresos tributarios del Gobierno 100% 40% 0% Llegar a esta clasificación no siempre es fácil. Por ejemplo: el IVA es un impuesto que, en principio, es regresivo, ya que los contribuyen tes más adinerados pagan una me nor proporción de su dinero en este impuesto que los de menos recur sos. Pero, por otro lado, a causa de esto el estatuto tributario estable ce que se eximan de IVA ciertos bienes básicos 4 , como la mayoría de los alimentos. Esto hace que el IVA se vuelva menos regresivo de lo que podría ser. Pese a eso, lo clasificamos como un impuesto regresivo, ya que la evidencia que examinamos durante la realización de la guía nos lleva a concluir que la exención de ciertos bienes no hace de este un impuesto progresivo. De la misma manera, con todos los impuestos que discutimos en la guía fue necesario tomar deci siones editoriales en cuanto a la clasificación. Aunque hemos hecho nuestro mayor esfuerzo por ser rigurosos, de ninguna manera consideramos que nuestra clasificación sea definitiva. Más bien, lo que buscamos es fomentar los de bates sobre estos temas que nece sita Colombia para tener un siste ma tributario que se acerque más a los principios establecidos por la Constitución. 12 Para lo que sigue, es importante tener en cuenta que los valores tributarios que se presentan están medidos en Unidades de Valor Tributario o UVT s. Son medidas que se usan para definir de manera más eficiente lo tributos, ya que son constantes en el tiempo y tie nen un equivalente en pesos que el gobierno ajusta cada año. Para el 2017, 1 UVT=$31859; para 2018, 1 UVT=$33156(Artículo 868 del Estatuto Tributario). 13 ! Definiciones im portantes Base gravable Cantidad de dinero sobre la cual se cobra el impuesto. Tarifa El porcentaje de la base gravable que se tributa. Base Gravable (en este caso, la base gravable es de 16 monedas) Tarifa (en este caso, la tarifa es del 25%) Así, el monto a pagar equivale a 4 monedas 14 Esquema general de impuestos en Colombia Seguridad Social Es decir, los parafiscales Impuestos Otros Registro Impuestos Locales Sobretasa a la gasolina 15 Vehículos 0000 Alcohol, cigarrillos y loterías ICA Predial CO 2 CO 2 CO 2 Carbono Gasolina y ACPM Riqueza Empresas Riqueza Personas Impuestos Nacionales Consumo IVA 4 x 1000 GMF Aranceles y tarifas Timbre Renta Empresas Renta Personas Impuestos Nacionales IVA Recaudo tributario 27,6% del país Aranceles 2,2% 4x1.000 3,7% Gasolina y ACPM 0,8% SENA e ICBF 1,5% Cajas de compensación 3,2% Renta empresas incluyendo CREE 25,3% Consumo 1,1% Salud 4,9% Riqueza 2% Renta personas 5,9% Pensiones 6,7% Sobretasa Gasolina 0,8% Nómina 16,2% Cerveza 1,1% Otros Municip. 2,6% Predial 3,7% ICA 4,2% Alcohol 0,6% Registro 0,5% Tabaco y Vehículos cigarrillos 0,4% 0,4% Sobretasa gasolina 0,2% Otros Dept. 0,6% Impuestos Municipales Impuestos 16 Departamentales Recaudo tributario del país 5 Impuestos nacionales .IVA .Renta empresas(incluyendo CREE 6 ) .Impuestos a la nómina por concepto de Seguridad social .Pensiones .Salud .Cajas de compensación .SENA e ICBF .Renta personas naturales 7 .4 por mil(GMF) .Aranceles .Riqueza .Impuesto nacional al consumo .Gasolina y ACPM .Timbre .Otros impuestos nacionales Impuestos municipales .Industria y comercio(ICA) .Predial .Sobretasa a la gasolina .Otros impuestos municipales Impuestos departamentales .Cerveza .Alcohol(excluyendo cerveza) .Impuesto de registro .Tabaco y cigarrillos .Vehículos .Sobretasa a la gasolina 17 .Otros impuestos departamentales Billones de pesos 198.0 168.1 54.7 50.0 32.1 13.2 9.6 6.3 3.0 11.8 7.3 4.3 4.0 2.1 1.6 0.1 0.1 22.3 8.3 7.3 1.5 5.2 7.5 2.1 1.2 1.1 0.8 0.7 0.4 1.3 % ingresos tributarios 100.0% 84.9% 27.6% 25.3% % del PIB 21.3% 18.1% 5.9% 5.4% 16.2% 6.7% 4.9% 3.2% 1.5% 5.9% 3.7% 2.2% 2.0% 1.1% 0.8% 0.0% 0.1% 11.3% 4.2% 3.7% 0.8% 2.6% 3.8% 1.1% 0.6% 0.5% 0.4% 0.4% 0.2% 0.6% 3.5% 1.4% 1.0% 0.7% 0.3% 1.3% 0.8% 0.5% 0.4% 0.2% 0.2% 0.0% 0.0% 2.4% 0.9% 0.8% 0.2% 0.6% 0.8% 0.2% 0.1% 0.1% 0.1% 0.1% 0.0% 0.1% 5 Fuentes: impuestos nacionales, DIAN; impuestos munici pales y departamentales, SISFUT; pensiones y salud, Marco fiscal de mediano plazo 2017; SENA e ICBF, decreto de liquidación de presupuesto de 2017; Cajas de compensación, Superintendencia del subsidio familiar. 6 Hasta el 2017 existía el impuesto a la renta para la equi dad, conocido como CREE. Este gravaba a las empresas para financiar los aportes a salud, SENA e ICBF que estas dejaron de hacer para los empleados que ganaban menos de diez salarios mínimos. A partir de este año, los recur sos se obtendrán del impuesto a la renta. 7 La división entre renta de personas naturales y de em presas se aproxima utilizando las proporciones reporta das en 2016 por la OCDE, ya que en los datos disponibles al público la DIAN reporta las dos clases de impuesto de renta de manera agregada. Impuestos Nacionales Los impuestos nacionales son recaudados por el gobierno central .Impuesto al Valor Agregado(IVA) .Impuesto a la renta de empresas .Impuestos a la nómina (Salud y pensión, cajas de compensación familiar, SENA e ICBF) .Impuesto a la renta de personas .El 4 por mil(GMF) .Los aranceles y tarifas .Impuesto a la riqueza de empresas .Impuesto a la riqueza de personas .Impuesto nacional al consumo .Impuesto nacional a la gasolina y al ACPM. .El impuesto al carbono .Impuesto de timbre 18 IVA Impuesto al Valor Agregado Equidad Eficiencia Progresividad Contribución a los ingresos tributarios del Gobierno 100% 27,6% 0% El IVA(denominado impuesto a las ventas en el estatuto tributario) recae sobre el consumo de bienes y servicios en las diferentes etapas del proceso productivo(producción, distribución, comercialización e importación). Se aplica sobre la venta de bienes y la prestación de servicios en el territorio colombiano, así como a las importa ciones y a la circulación, venta y ope ración de juegos de azar. Como su nombre lo indica, el im puesto se cobra sobre toda la cadena productiva, pero solo grava las tran sacciones que incrementan el valor en cada uno de los eslabones de di cha cadena. Las empresas cargan el impuesto a los compradores de sus productos multiplicando el valor de la transacción por una tarifa fija, y remitiendo el monto del impuesto a la autoridad tributaria. Esta última, a su vez, le permite al vendedor reclamar una devolución del impuesto pagado por sus insumos, los cuales se verifican a través de las facturas corres pondientes. El IVA es un impuesto muy efectivo para gravar las ventas, ya que consi dera una amplia base para las tran sacciones gravadas(todas las ventas realizadas en el país), evita gravar ex cesivamente un producto ya que solo se cobra sobre el valor agregado, y permite detectar fugas de recaudo: dependiendo del grado de desarrollo y tecnificación del proceso productivo, si se pierde ingreso fiscal en una de sus fases es posible recuperarlo en otras. No obstante, la administración del impuesto se puede complicar como resultado de una mayor cobertura en términos de las transacciones gra vadas y de la existencia de múltiples tarifas, que usualmente se estipulan para hacer el impuesto más progre sivo o para estimular algunos secto res económicos: el balance entonces debe hacerse con cuidado. A primera vista, este impuesto es re gresivo: una persona que compre en un supermercado una botella de acei 19 te pagará el mismo IVA independien- derivados del petróleo) tienen una vendan bienes y servicios gravados temente de si sus ingresos son altos o base gravable específica en la norma. y cumplan determinados requisitos, bajos. Sin embargo, para contrarres.Tarifa como ser comerciantes, minoristas, IVA tar esta regresividad, a algunos tipos En Colombia, la tarifa general del agricultores o ganaderos que ge de bienes y servicios se les cobran ta IVA es del 19%. Hay tarifas dife neren ingresos brutos por valor in rifas menores, lo que hace que el im renciales(5%), bienes y servicios ferior a 3500 UVT y que no hayan puesto sea menos regresivo de lo que exentos con derecho a devolución y tenido movimientos financieros ni podría ser. bienes exentos por su destinación o contratos superiores a este valor. Puede decirse que, aunque no respeta uso(que se gravan a una tarifa 0%), Por su parte, todas las personas juríla equidad vertical(los más adinera y bienes excluidos(que no causan dicas pertenecen al régimen común. dos pagan una menor proporción de el impuesto). Los bienes o servi El impuesto se declara cada dos su ingreso en IVA), el IVA sí respeta cios que tienen tarifas especiales o meses o cada cuatro meses, depen en cierto sentido la equidad horizon diferenciales están expresamente diendo de si las personas son gran tal, ya que dos personas que consu señalados por la norma, lo mismo des contribuyentes o no. man lo mismo deben pagar el mismo que los exentos y excluidos. ¿Quién paga un aumento en el impuesto. IVA? Popularmente se piensa que .Responsable del los vendedores les“pasan” el costo .Base Gravable impuesto Para este impuesto la base grava Deben declararlo los vendedores de del impuesto a los consumidores, en ble corresponde al valor total de productos gravados con IVA o que vez de cobrar precios más bajos. Hay la operación o venta, sea que esta prestan servicios gravados con IVA. buenas razones para pensar que la se realice de contado o a crédito, Los responsables del impuesto a las percepción popular es correcta, ya incluyendo entre otros los gastos ventas se dividen en dos grupos: ré que la carga de un impuesto tiende directos de financiación ordinaria, gimen común y régimen simplificaa recaer sobre el lado más inflexible extraordinaria o moratoria, acceso do. Quienes pertenecen al régimen del mercado, sea la oferta o la de rios, acarreos, instalaciones, segu simplificado pueden deducir el IVA manda. Y como los consumidores tie ros, comisiones, garantías y demás de sus impuestos de renta, mientras nen que satisfacer ciertas necesidades gastos complementarios, aunque que los que pertenecen al régimen básicas, mientras que para los vende se facturen o convengan por se común deben declararlo de forma dores entrar o salir del mercado siem parado. Varios servicios(telefonía, separada. pre es una opción, los consumidores clubes, intermediación de ventas Al régimen simplificado pueden pergeneralmente van a ser los principales activos, importaciones, productos tenecer las personas naturales que afectados por los aumentos en el IVA. 20 IVA La siguiente tabla presenta un re sumen de los principales bienes y servicios básicos y sus tarifas para el caso colombiano. La diferencia entre los bienes ex cluidos y exentos es muy impor tante. Si una firma produce un bien excluido no puede incluir el impuesto en el cobro hecho a los compradores de su producto, pero tampoco puede pedir devoluciones por sus gastos en insumos. El IVA pagado por parte de este productor se convierte en un mayor costo de los insumos, pues no podrá llevar ese IVA pagado contra el IVA que facture en el bien o servicio final que le venda a su consumidor final. Por su parte, los bienes exentos son bienes que se gravan a una ta rifa extrema del 0% y por lo tanto no afectan la cadena de valor: una empresa que produce un bien de este tipo no cobra el impuesto a sus consumidores, pero tiene de recho a pedir devoluciones del IVA pagado en la adquisición de bienes y servicios utilizados como insu mos para producir el bien. ¿Por qué se hace esta distinción? En esencia para fomentar algu nas actividades productivas y para proteger a los consumidores más vulnerables de cargas excesivas en el recaudo, lo que se refleja por ejemplo en que la mayoría de los alimentos no están sujetos al impuesto. 21 Tarifas del IVA en la canasta familiar Alimentos .Arroz 0% .Pan .Otros productos de panadería .Papa .Yuca .Otros tubérculos .Plátano .Cebolla .Tomate .Zanahoria .Revuelto verde .Otras hortalizas y legumbres frescas .Fríjol .Arveja .Naranjas .Bananos .Tomate de árbol .Moras .Otras frutas frescas .Res .Cerdo .Pollo .Pescado de mar, río y enlatado .Huevos .Leche .Queso .Panela .Sal .Otras bebidas no alcohólicas(agua) .Almuerzo .Hamburguesa .Comidas rápidas calientes .Gastos de cafetería .Comidas rápidas frías 5% 22 .Harina de maíz y otras harinas .Pastas alimenticias .Carnes frías y embutidos .Azúcar .Café .Chocolate 19% .Hortalizas y legumbres enlatadas .Frutas en conserva o secas .Otros productos de mar .Otros derivados lácteos .Aceites .Grasas .Otros condimentos .Sopas y cremas .Salsas y aderezos .Dulces, confites y gelatinas .Otros abarrotes .Jugos .Gaseosas y maltas Salud 0% .Consulta médica general .Medicina especializada .Exámenes de laboratorio .Imágenes diagnósticas .Servicios de hospitalización y ambulancias .Medicinas .Otras medicinas y anticonceptivos .Aparatos ortopédicos y otros 5% .Aseguramiento privado .Servicios de protección dentro y fuera del hogar .Pagos complementarios Educación 0% .Matrículas .Pensiones .Otros costos educativos .Textos .Cuadernos 19% .Otros artículos escolares .Otros gastos escolares Vivienda 0% .Arrendamiento efectivo .Arrendamiento imputado .Otros gastos de ocupación .Gas .Energía eléctrica .Acueducto, alcantarillado y aseo .Insecticidas 19% .Sala .Comedor .Alcoba .Otros muebles del hogar, equipo de iluminación y decoración .Nevera .Estufa .Lavadora .Otros aparatos del hogar .Reparación de artefactos para el hogar .Ollas, sartenes y refractarias .Otros utensilios o menaje del hogar .Vajilla .Cubiertos .Otros utensilios domésticos .Juego de s á banas y fundas .Cobijas y cubrelechos .Colchones y almohadas .Cortinas .Toallas, manteles y forros para muebles .Jabones .Detergentes, blanqueadores, suavizantes .Limpiadores y desinfectantes Comunicaciones 0% .Porte de cartas y otros servicios 19% .Servicios de telefonía .Otros servicios de telefonía .Equipos de telefonía móvil y similares Transporte 0% .Bus .Buseta .Taxi .Otros medios para transporte urbano .Bus intermunicipal .Otros transportes intermunicipales 19% .Vehículos .Otros para transporte .Combustible .Compra y cambio de aceite .Servicio de parqueadero .Servicios de mecánica .Batería .Llantas .Pasaje aéreo Vestuario 19% .Camisas para hombre .Pantalones para hombre .Ropa interior hombre .Otras prendas de vestir hombre .Blusa .Pantalones para mujer .Ropa interior mujer .Otras prendas de vestir mujer .Camisas para niños y blusas para niñas .Pantalones para niños .Otras prendas de vestir para niños .Ropa interior para niños .Camisitas y vestidos para .Pañales y otros .Calzado para hombre .Calzado para mujer .Calzado deportivo .Calzado para niños .Confección y alquiler .Lavandería .Reparación y limpieza bebé Diversión 0% .Libros .Revistas .Periódicos .Servicios relacionados con diversión .Servicios culturales 19% .Juegos, aficiones, artículos, adornos y prendas de vestir para fiestas .Jardines y productos para animales domésticos .Discos .Artículos deportivos .Televisor .Otros aparatos de video e imagen .Equipo de sonido .Computadores, impresoras y otros aparatos .Servicios de T.V. .Turismo .Juegos de azar .Servicios para mascotas Otros gastos 0% .Aguardiente .Otras bebidas alcohólicas .Higiene oral .Servicios bancarios .Seguros de vehículo 19% .Cigarrillos .Higiene corporal .Higiene y cuidado facial .Cuidado del cabello .Otros productos relacionados con el cuidado personal .Corte de cabello .Otros servicios relacionados con el cuidado personal .Joyería en oro y plata .Relojes .Otros artículos personales .Otros servicios financieros Esquema del funcionamiento del IVA 2 Una fabricante paga dinero a la mujer por la tela. El valor agregado representa el trabajo de la fabricante al convertir la tela en un vestido. 1 Una mujer vende una tela. El valor agregado representa el valor que ella le da al producto El valor inicial de cada eslabón de la cadena corresponde al Precio sin IVA del eslabón anterior El valor inicial es cero, pues en este caso se asume que antes de la tela no había ningún producto Precio con IVA $ 11.900 valor inicial = + $ 0 + $ 10.000 $ 10.000 Precio sin IVA 19% del precio sin IVA valor agregado + $ 1.900 $ 1.900 IVA 19% del valor agregado Precio con IVA $ 35.700 valor inicial $ 10.000 + $ 20.000 valor agregado = $ 30.000 Precio sin IVA + 19% $ 5.700 19% $ 3.800 IVA 23 3 Una tienda paga dinero a la fabricante por el vestido. El valor agregado representa la capacidad de la tienda para vender la falda. Una compradora paga dinero a la tienda por el vestido. 4 El monto de IVA que aparece en su factura no es el monto que la tienda tiene que pagar al Gobierno. Este monto representa la suma de todos los IVA anteriores. Ese dinero se reparte a lo largo de ella. Precio con IVA $ 47.600 valor inicial $ 30.000 + $ 10.000 valor agregado = $ 40.000 Precio sin IVA + 19% $ 7.600 19% $ 1.900 IVA Este es el IVA que se paga al Gobierno Este es el IVA que aparece en la factura de venta. = $ 7.600 IVA final de la cadena Ingresos del Gobierno + DIAN 300 Esos 7.600 representan el 19% todos los valores agregados Ejemplo: La tienda declara de la cadena, a la DIAN la venta del ves y es el monto tido en$47.600, onde el final que recibe IVA corresponde a $7.600 . el Gobierno. Además, la tienda reporta los $5.700 e IVA que pagó a la fabricante, ues no le corresponde pagar ese monto. La tienda quita ese valor: (7.600- 5.700= 1.900) Esos$7.600 se pueden entender de la siguiente manera: De esta manera, la tienda paga únicamente $1.900 , es el 19% del valor $1.900 + $3.800 + Cada eslabón de la cadena agregado que añadió al producto. $1.900 = $7.600 declara el valor total de la venta(Precio con IVA), y paga el 19% del valor agregado al producto. El impuesto de renta para las empre- gastos que en la operación real de sas es, en principio, un porcentaje de una empresa no cuentan como tales. sus utilidades. Sin embargo, el pro- Y si la DIAN decide no auditar esos Renta Empresas cedimiento que las empresas utilizan otros gastos y deducciones, después para determinar las utilidades es dife- de tres años pierde la capacidad legal rente al conjunto de depuraciones le- de hacerlo. Esto último es un arma de gales que se establecen en el estatu- doble filo: por un lado, la estabilidad to tributario para determinar el monto jurídica que les da a los empresarios Impuesto a la Renta de Empresas sobre el cual se cobra el impuesto: del primer procedimiento se obtienen las llamadas“utilidades contables”, y del es importante, ya que almacenar esta información y estar preparado inde finidamente para una auditoría es segundo la llamada“utilidad fiscal”. A costoso. Pero por otro lado, es posi las empresas les interesa hacer que la ble que algunos empresarios decidan utilidad fiscal sea lo más pequeña po- arriesgarse a declarar costos dudosos sible, porque así reducen la base gra- y apostarle a no ser auditados duran Equidad vable, y aunque la tarifa del impuesto te los siguientes tres años, reducien sea nominalmente alta, en la práctica do de manera importante su carga tri Eficiencia el impuesto pagado puede terminar butaria en detrimento del Estado. siendo bajo comparado con las utili- Todas las empresas en principio de dades reales de las compañías. ben pagar un mismo porcentaje de Progresividad La última reforma tributaria estable- sus utilidades. Pero en la práctica, las ció como criterio único para el cálculo deducciones de la utilidad fiscal beContribución a los ingresos tributarios del Gobierno 100% de la utilidad contable el estipulado por las normas NIIF(Normas Inter nacionales de Información Financie ra). nefician más a las empresas grandes, que pueden hacerse a más beneficios tributarios y pagar un monto menor como proporción de sus utilidades La utilidad fiscal, por su lado, puede que una empresa pequeña que no ac 25,3% reducirse de varias maneras. Una de las más importantes es que el estatuto ceda a ningún beneficio. Así, en muchos casos el impuesto a las empre tributario permite incluir, bajo la cate- sas resulta siendo regresivo 8 . 0% goría de“otros gastos y deducciones”, 24 Son las ganancias de la empresa a los ojos del Estado. Se determinan según el Estatuto Tributario, y varían dependiendo de las deducciones le gales correspondientes que este establezca. Utilidad Fiscal 25 Renta Empresas Son las ganancias de la empresa, aquellas de interés para los dueños de la empresa, inversionistas, etc. Se determinan siguiendo los principios de contabilidad. Utilidad Contable x Ingresos no constitutivos de Renta Ingresos totales Ingresos netos Costos y deducciones .Base Gravable El modelo de depuración de la base gravable del impuesto a la renta de las empresas es el siguiente: Rentas exentas Renta líquida Es decir, se aplica la tarifa del impuesto sobre el monto que corresponde a este paso. Tarifa del impuesto(%) Renta Gravable (Base Gravable) El diagrama muestra cómo se determina el impuesto de renta de las empresas. Es importante mencionar el orden que cada elemento de depuración juega un papel fundamental en la estructura del beneficio. Mientras más arriba más descuenta de la base gravable, y el espectro de situaciones que dan lugar a estas reducciones es mucho más amplio que el que está establecido para las personas naturales. Impuesto a cargo Descuentos tributarios Impuesto neto Ingresos del Gobierno 26 .Tarifas El impuesto tiene una tarifa única nominal de 33% y se cobra una sobretasa de 6% en el 2017 y de 4% en el 2018 para rangos de base gravable superiores a 800 millones de pesos. Además de es tas tarifas existen otras definidas para empresas ubicadas en zonas francas (20%), para las empresas industriales y comerciales del estado, para las socie dades de economía mixta con participa ción estatal de más del 90% y para em presas en industrias específicas como la hotelera y editorial, entre otras, que se gravan al 9%. .Responsable del impuesto Todas las personas jurídicas deben declarar renta y pagar impuestos. Se pagan impuestos incluso si se han re gistrado pérdidas contables o fiscales: en este caso, se utiliza el instrumento de la renta presuntiva. Esta aplica un porcentaje sobre el patrimonio líquido del año anterior, y“presume” una ren ta mínima, derivada del patrimonio po seído. La renta presuntiva se compara con el cálculo presentado en el gráfico anterior, y la mayor de las dos cifras se considera como base gravable. Renta Empresas Seguridad Social Salud y pensiones Las contribuciones al sistema de altos ingresos puede terminar pa seguridad social financian princigando cerca del 0% en seguridad palmente la salud y las pensiones social. Impuestos a la Nómina de los colombianos. Todos los tra bajadores formales deben aportar a salud y pensiones. Con los pagos a la seguridad social sucede algo similar a lo que ocurre con el costo el IVA: el empleador Los que aportan tienen derecho a puede pasarle los costos al em recibir el mismo tipo de servicio de pleado, de la misma manera que salud a través de la Entidad Pro los comerciantes les pasan el IVA motora de Salud(EPS) que elijan. a los consumidores. Puede que, en Equidad Pero, por otro lado, las pensiones un sentido contable, el empleado no son iguales para todos los con contribuya un 8% y el empleador Eficiencia tribuyentes, sino que son más o contribuya un 20,5% del salario, menos proporcionales a los apor pero al empleador le queda fácil tes realizados. trasladar este costo al emplea Progresividad Las contribuciones a la seguridad do pagando salarios más bajos de Contribución a los ingresos tributarios del Gobierno 100% social pueden llegar a ser impues tos altamente regresivos. Hay ca sos en los cuales un contribuyente de bajos ingresos puede terminar los que ofrecería si no existiera el impuesto. La razón por la cual los empleadores pueden hacer esto es que los trabajadores casi nunpagando más del 100% de sus in ca van a dejar de trabajar porque gresos en contribuciones a la se los salarios sean bajos, mientras 16,2% guridad social, lo cual en la prác que los empleadores pueden deci tica lo lleva a la informalidad. Por dir no contratar cuando los salarios 0% su lado, un contribuyente de muy son altos. En términos técnicos, 27 los economistas dicen que esto se En el caso de los contratistas, la tas, ya que quienes tengan un con debe a que la elasticidad de oferta del trabajo es muy baja, mientras tasa efectiva de tributación por concepto de seguridad social es trato laboral deben ganar por lo menos el mínimo. La norma esta Seguridad Social que la elasticidad de demanda del del 11.4%, ya que la norma esta blece que no deben hacer aportes trabajo es alta. blece que coticen sobre el 40% de a la seguridad social por pensiones, A causa de lo anterior, a la hora de sus ingresos. pero sí por salud, y estos deben ser modificar los impuestos al trabaSe suele pensar que la carga tribu iguales al 12.5% de un salario míni jo es importante recordar que casi taria de los empleados por salud y mo, aún y si su contrato es por un siempre van a afectar a los traba pensiones es menor que la de los valor menor a dicho salario. jadores, independientemente de contratistas, ya que los emplea Así, por ejemplo, si alguien tuviera si técnicamente el impuesto se le dores aportan un monto igual al un contrato de prestación de servi cobra al empleado o al empleador. 20,5% del salario a salud y pension, cios en 2018 por$97.657 mensua Además, un aumento en los im y a los empleados les corresponde, les, se le iría hasta el último peso puestos al trabajo suele llevar a un en un sentido contable, sólo el 8% en el pago de seguridad social, y aumento de la informalidad. Las in (4% para salud y 4% para pensio su tasa efectiva de tributación por eficiencias y distorsiones generadas nes). Pero es debatible que los em este concepto sería del 100%. In por este impuesto son sustanciales. pleados se vean menos afectados cluso en casos menos extremos hay .Base Gravable Las contribuciones a salud y pen siones se cobran sobre los ingresos recibidos por el trabajo, incluyendo los contratos de prestación de ser vicios y la vinculación laboral a una empresa. que los contratistas por las contri buciones a la seguridad social, ya que la incidencia económica del impuesto(es decir, quién termina ganando menos a causa de este) probablemente recae sobre el em pleado, como ya se había explica do. grandes incentivos en contra de la prestación formal de servicios: por ejemplo, alguien que firme un contrato por$500.000 debe en prin cipio contribuir alrededor del 20% de sus ingresos a la seguridad so cial. Aparte de ser regresivo, este esquema tributario desincentiva la .Tarifa En principio, por cada trabajador se deben hacer aportes del 12,5% son por concepto de salud, y 16% por pensiones. Pero estas cifras varían según el contribuyente. Como mencionábamos, las tasas efectivas de tributación varían se gún el tipo de contribuyente. Empecemos por los trabajadores formales que ganan menos de un salario mínimo. Todos ellos son contratis formalidad. Cuando se entra en un contrato de prestación de servicios por más del salario mínimo, hay que hacer aportes no sólo a salud, sino tam bién a pensiones, y la norma esta 28 blece que los aportes tienen que quienes coticen sobre una base de ser al menos del 28.5% de un sa más de 16 salarios mínimos, que lario mínimo. Por lo tanto, si se firva desde un 0.2% hasta un 1% adi ma un contrato por el valor de un cional 9 . El recaudo adicional sirve salario mínimo, la tasa efectiva de para subsidiar un fondo de solidari tributación es del 28.5%. Confor dad pensional. Pero este elemento me aumenta el valor del contrato, progresivo de las contribuciones a baja la tasa efectiva de tributación: la seguridad social es rápidamente el impuesto es sumamente regresi contrarrestado por el límite máxi vo. Así, quien firma un contrato por mo a la base de cotización, que es $1.000.000 contribuye a una tasa de 25 salarios mínimos. Por ejemdel 22.3%, ya que la base gravable plo, por un contrato de prestación no es el 40% de su salario(como sí de servicios de 50 millones de pe lo es para contratistas de más altos sos las contribuciones a la seguri ingresos), sino el salario mínimo. dad social son del 11.8%, mientras Sólo para contratos de 2,5 salarios que por uno de 150 millones son mínimos(unos 2 millones de pesos de apenas el 4.5%. en 2018) o más empieza a cotizar La reforma tributaria de 2012 eli se sobre el 40% del contrato y no minó los 8,5 puntos porcentuales sobre el mínimo. Quienes tienen de la contribución a la salud hecha contratos de este valor o más pa por los empleadores por concepto gan en seguridad social apenas el de los empleados que ganan me 11,4% de su salario, una tasa me nos de diez salarios mínimos, lo nor que la de todos los trabajacual aumenta un poco la progresi dores formales que ganan menos vidad del impuesto. que ellos. Hay un aumento del 1% en las contribuciones a pensiones para contratistas y empleados que co ticen sobre una base de más de 4 .Responsable del impuesto Todos los trabajadores formales, y en mayor o menor medida sus em pleadores. salarios mínimos, y otro más para 29 Seguridad Social Seguridad Social Cajas de compensación familiar SENA e ICBF Además de las contribuciones a la Cuando una empresa contrata seguridad social ya mencionadas, empleados que ganen más de diez las empresas deben contribuir el salarios mínimos, debe contribuir 4% del salario de todos sus traba el 3% de sus salarios al ICBF, y el jadores a las cajas de compensa2% al SENA 10 . El impuesto es pro ción familiar. Esta contribución no gresivo en parte, ya que sólo se deben hacerla los contratistas. paga por personas que ganen más Como ya se ha explicado, los apor de 10 mínimos; pero se vuelve re tes de este tipo terminan siendo gresivo a partir de 25 salarios mí pagados por los empleados así nimos, ya que por los ingresos que contablemente los paguen los em excedan este monto no hay que pleadores, ya que las empresas cotizar a estos parafiscales. pueden pasarles a los trabajadores el costo de estos aportes. Para los empleados que ganan un salario cercano al mínimo, este tipo de im puestos a la nómina genera infor malidad, una ineficiencia que sería deseable evitar. Quienes ganan más de 25 salarios mínimos únicamente tienen que cotizar sobre los primeros 25 salarios mínimos, pero no sobre los demás. Como todas las condiciones y ex cepciones enumeradas pueden ser confusas, en la siguiente gráfica se muestran las tasas efectivas de tributación por concepto de segu ridad social para contratistas y em pleados de distintos salarios. Es decir, lo que se muestra es igual a la suma de los aportes totales he chos por el empleado y la empresa cuentan como parte del salario para quienes ganan menos de 13 salario mínimos. Las pensiones, cesantías e intereses de cesantías que recibe el empleado(correspondientes a 2.12 salarios mensuales adiciona les al año). Los empleados que ganan un sala rio integral(de 13 salarios mínimos o más al mes, pero sin primas ni ce a salud, pensión, cajas de compensantías ni intereses de cesantías en sación, SENA e ICBF, como por ningún momento del año) cotizan a centaje del costo total del empleala seguridad social sobre una base do al empleador. En los cálculos se del 70% de su salario mensual 11 . 30 Por esta razón, muchos de ellos recurren Los trabajadores que ganan menos a trabajos informales. del salario mínimo contribuyen sólo a salud, pero están obligados a cotizar como si ganaran un salario mínimo. Así, el porcentaje de sus ingresos que tienen que pagar es muy alto. Porcentaje de aportes a seguridad social para empleados e independientes según sus ingresos Independientes Menos del salario mínimo 27,5 25 22,5 20 Para los los empeados, el porcentaje a pagar de seguridad social sube un poco para contribuir al Fondo de Solidaridad Pensional. Independientes Más del salario mínimo Empleados 17,5 15 12,5 No es el monto a pagar ! Porcentaje de los ingresos laborales a contribuir(%) 50 40 30 20 10 0 0 0,78 salario mínimo 5 Los independientes que ganan menos de$2.000.000 contribuyen un porcentaje mayor de sus ingresos que los que ganan más. Ver tabla IBC. Página 37 2 3 Antes de los 10 smmlv ($7.812.420), los empleadores no deben hacer los aportes a salud de sus empleados. De ahí en adelante sí se hacen apor tes a salud, además de las obligaciones parafiscales adicionales(SENA e ICBF). Salario Integral. Los empleados que tengan ingresos iguales o mayores a esta cantidad contribuyen sobre el 70% de sus ingresos. 2132,,11% 2121,9,9% 22,7% 27,9 Debido a que el IBC de los empleados que ganan salario integral es el 70% de sus ingresos laborales, el tope de cotización es con ingresos de $27.901.500. De ahí en adelante, el monto a pagar se mantiene igual. Por lo tanto, el porcentaje de los ingresos de estas personas al cual corresponde ese monto disminuye. 10 15 20 25 30 35 40 12,1% 11,9% 11,7% 50 45 Para los independientes, los ingresos por contratos de aprox.$50.000.000 significan el tope de cotización. De ahí en adelante, el monto a pagar se mantiene igual. Por lo tanto, el porcentaje de los ingresos de estas personas al cual corresponde ese monto disminuye. Ver tabla IBC. Página 37 Aproximadamente a los$150.000.000 el porcentaje de contribución en los empleados es de 5,6% y en los independientes de 4,5%. Ingresos laborales 50 55 60 en millones ($) 31 El 98% e los trabajadores n Colombia ganan menos$3.000.000 DANE.(2016). Gran Encuesta Integrada de Hogares GEIH en Colombia. Ingresos en milones 20 25 salarios mínimos $ 19’341.000 Para pagar la seguridad so cial es necesario determinar el Ingreso Base de Cotiza ción- IBC. 15 El IBC es una fracción de sus IBC ingresos sobre la que se apli ca la tarifa a pagar. El IBC IBC para trabajadores de los contratistas corres ponde al 40% de sus ingresos. El IBC de los trabajadores 10 con vinculación laboral es Una persona cuyos ingresos laborales son de$1’000.000, igual a su salario mensual, y excluye primas y cesantías. un IBC de$400.000. Debido a que esa El IBC de quienes ganan Sa cifra es menor ue el salario mínimo, 6 lario Integral es el 70% de su IBC se aumenta su salario. 5 a$781.242, y sobre este monto cotizará seguridad social. Según la Ley 100 de 1993, no se puede cotizar con un IBC que sea menor a un sala De esta manera, está cotizando sobre aprox. 75% de sus ingresos. 2 1.5 rio mínimo, ni mayor a veinti 1 cinco salarios mínimos. salario mínimo 0 $ 781.242 32 50 Por un contrato de$50’000.000, el IBC es de$20’000.000. Debido a que esa cifra es mayor 25 salarios mínimos, su IBC se reduce a$19’531.000, y sobre este monto cotizará seguridad social. De aquí en adelante, todas las personas cotizan sobre el mismo IBC, importar qué tan altos sean sus ingresos laborales. Renta El impuesto de renta a las personas ficios los pueden aprovechar mejor Personas naturales se les cobra a los salarios los contribuyentes de mayor in y pensiones, a los pagos que pueda greso. Por ejemplo, puede ser que recibir un individuo por arriendos un asalariado que gana 8 millones Impuesto a la Renta de Personas Naturales de inmuebles que le pertenezcan, y a los dividendos que le pagan las empresas que posea o de las que de pesos al mes tribute a una tasa efectiva del 9%, mientras que al guien que gana 600 millones al mes sea accionista. En otros países, el puede pagar una tasa del 5%. En impuesto de renta a las personas efecto, el 0.001% más rico de las naturales es la principal fuente de personas naturales paga una tasa ingresos del gobierno, y es mucho efectiva de impuesto de renta de Equidad mayor que el impuesto de renta alrededor del 5,3% 12 , mientras que a las empresas. En Colombia, por en un país como Estados Unidos el el contrario, el impuesto de renta mismo grupo de personas paga un Eficiencia a las personas naturales recauda impuesto de renta de alrededor del mucho menos que el que se les co 17,6% 13 . bra a las empresas. Actualmente, para pagar el im Progresividad El impuesto de renta no se les co puesto de renta los ingresos de las bra a las personas naturales que personas naturales se dividen en Contribución a los ingresos tributarios del Gobierno 100% ganen menos de 1090 UVTs(unos 3 millones de pesos al mes), lo cual contribuye a su progresividad. Sin embargo, el principio de progre cinco grupos(“cédulas”), de acuer do con el origen de los ingresos. Estas cédulas se clasifican en 3 categorías, a cada una de las cuales sividad se viola en muchas situa les corresponden distintas tarifas. ciones, debido a que existen be ¿Cómo se calcula efectivamente 5,9% neficios tributarios que reducen la el impuesto? Cada una de las cé cantidad del ingreso sobre la cual dulas sigue un proceso de depu 0% se cobra el impuesto, y estos bene ración independiente, es decir, a 33 Renta Personas .Base Gravable cada tipo de ingreso se le restan Cada una de las cédulas menciona hay grandes pérdidas de eficiencia los conceptos de ingresos no cons das constituye una base gravable, ni otras razones de peso para no au titutivos de renta, costos, gastos, a la cual se le restan una serie de mentar las tasas efectivas a las que deducciones, rentas exentas y de exenciones. Vale la pena destacar tributan las personas naturales de más beneficios tributarios consigque en la cédula de dividendos hay altos ingresos, entre ellas los due nados en la ley. A la hora de pensar dos subcédulas: la base gravable de ños de las empresas. De las decisio en reformas al estatuto tributario, la primera es la utilidad fiscal de la nes que se tomen sobre esta cédula es indispensable examinar todos sociedad que distribuye los dividen depende en gran parte la progresi estos montos que se le restan al dos menos los impuestos que esa vidad del sistema tributario en su ingreso antes de gravarlo, porque sociedad pagó como persona juríditotalidad, y, por lo tanto, su consti allí es donde surgen las regresivi ca. La base gravable de la segunda tucionalidad. dades del impuesto. subcédula es el valor extra entre las Ningún beneficio tributario puede utilidades contables de la sociedad registrarse simultáneamente en dos que distribuye los dividendos y su cédulas. Así mismo, las pérdidas 14 utilidad fiscal. incurridas dentro de una cédula solo La cédula de dividendos y partici podrán ser compensadas contra los paciones y las exenciones que se ingresos de esa misma cédula. Vale apliquen en ella deben ser uno de la pena mencionar que para la ce los principales puntos de debate dula de dividendos y participaciones en una potencial reforma tributaria. se definió un procedimiento particuEsto se debe a que, por un lado, tie lar en la reforma tributaria de 2016, ne sentido desde el punto de vista que se explica más adelante. de la eficiencia económica evitar la doble tributación, y reducir los tri butos pagados directamente por las empresas. Pero, por otro lado, no 34 1 Rentas Laborales 2 Pensiones Tarifa 1 3 Rentas de Capital 4 ... Rentas no Laborales Tarifa 2 5 Dividendos y participaciones Tarifa 3 35 Renta Personas .Tarifas .Tarifa renta líquida laboral y de pensiones: La tarifa de la ren ta laboral y de pensiones tiene 4 tramos que van de 0% a 33%. La ta rifa es progresiva(aumenta cuando el valor de la base gravable aumen ta), marginal(no se cobra sobre la base gravable total sino sobre dife rencias en cada tramo) y degresiva (hay un último tramo donde no hay progresividad). En este sentido, la base gravable la boral y de pensiones (1) es exenta cuando su valor es inferior a 1090 U.V.T. (2) es gravada a una tarifa marginal del 19% en lo que exce da de 1090 UVT y hasta 1.700 UVT (3) es gravada a una tarifa margi nal del 28% en lo que exceda de las 1.700 U.V.T. hasta 4.100 UVT, y (4) es gravada a una tarifa marginal de 33% en lo que exceda de las 4.100 UVT en adelante. En cuanto a las pensiones, hay que tener en cuen ta que son exentas del impuesto de renta prácticamente en su totali dad. Sólamente paga impuesto de renta sobre la pensión quien haya percibido pagos mensuales por este concepto de más de 1000 U.V.T.s. Rangos en UVT Desde Hasta 1 >0 1.090 Tarifa marginal 0% 2 >1.090 1.700 19% 3 >1.700 4.100 28% 4 >4.100 En adelante 33% Impuesto Tarifa 1 0 (Base Gravable en UVT- 1090 UVT) x 19% (Base Gravable en UVT- 1.700 UVT) x 28%+ 116 UVT (Base Gravable en UVT- 4.100 UVT) x 33%+ 788 UVT 36 Renta Personas .Tarifa renta líquida no laboral y de capital: La tarifa de la renta no laboral y de capital tiene 6 tramos que van de 0% a 35%, y también es progresiva, marginal y degresiva. Rangos en UVT Desde Hasta 1 >0 600 Tarifa marginal 0% 2 >600 1.000 10% 3 >1.000 4 >2.000 2.000 3.000 20% 30% 5 >3.000 4.000 40% 6 >4.000 En adelante 35% Impuesto Tarifa 2 0 (Base Gravable en UVT- 600 UVT) x 10% (Base Gravable en UVT- 1.000 UVT) x 20%+ 40 UVT (Base Gravable en UVT- 2.000 UVT) x 30%+ 240 UVT (Base Gravable en UVT- 3.000 UVT) x 40%+ 540 UVT (Base Gravable en UVT- 4.000 UVT) x 35%+ 870 UVT 37 Renta Personas .Tarifa renta líquida dividendos y participaciones: Para la renta líquida obtenida en la primera sub cédula se utiliza una tarifa de 3 ren glones que van de 0% a 10%, que es progresiva y marginal pero no de gresiva, porque hay un tope dado por la utilidad fiscal de la empresa que distribuye los dividendos. Por su parte la segunda subcédula la renta líquida se grava con una ta rifa proporcional del 35%. Así mis mo, los dividendos y participaciones pagados a sociedades extranjeras o personas naturales no residentes es tarán sujetos a una tarifa especial de 5%. Así las cosas, el total del impuesto de renta a personas naturales es la suma de lo gravado en cada cédula. Una aclaración: el que las tarifas sean progresivas no quiere decir que el impuesto sea progresivo. Como ya se ha mencionado, a causa de las maneras en que se reduce la base gravable, un impuesto con tarifas pro gresivas puede terminar siendo, consi derado en su totalidad, regresivo. Rangos en UVT Desde 1 >0 Hasta 600 Tarifa marginal 0% 2 >600 1.000 5% 3 >1.000 En adelante 10% Impuesto Tarifa 3 0 (Dividendos en UVT- 600 UVT) x 15% (Dividendos en UVT- 1.000 UVT) x 10%+ 20 UVT 38 .Responsable del impuesto Una persona natural está obligada a declarar renta si cumple con al me nos uno de los siguientes criterios: .Tiene un patrimonio bruto a 31 de diciembre que supere las 4.500 UVT. .Durante el respectivo año obtuvo ingresos brutos de 1.400 UVT o más. .Sus compras y consumos utilizando tarjetas de crédito superaron durante el año la suma de 1.400 UVT. .El total de compras y consumo por cualquier medio superaron los 1.400 UVT durante el año. .El total de consignaciones, depósitos o inversiones financieros superaron 1.400 UVT durante el año . En Colombia la declaración de ren ta se hace de manera individual y no a nivel de hogar. Para las personas naturales declarar renta no implica necesariamente pagar el impuesto, puesto que la tarifa del impuesto se calcula con base en la base grava ble y no en los ingresos declarados: se declara desde un nivel de ingre sos de 1400 UVT, pero se paga si la base gravable calculada está por encima de los 1090 UVT. La declaración del impuesto su cede en el año siguiente de la ob tención del ingreso: la declaración de renta que se debe presentar en el 2018 corresponde al año grava ble 2017, puesto que el impuesto de renta del 2017 se declara en el 2018. El impuesto de renta es un impuesto de periodo, que cubre el año calendario, 1 de enero a 31 de diciembre de cada año. Por lo tan to, para declarar en el 2018 se to man como referencia los requisitos vigentes para el 2017 y el valor de la UVT del 2017. Renta Personas 39 4 x 1.000 GMF Este es un impuesto a las transac nancieras, sino sobre las personas ciones financieras mediante las o empresas propietarias de los re Gravamen a los Movimientos Financieros(GMF): El cuatro por mil cuales se disponga de recursos de positados en cuentas corrientes o de ahorros, así como en cuentas de depósito en el Banco de la Re pública, y los giros de cheques de cursos que se confían a ellas. Da das las exenciones que le aplican al impuesto, y que en general las per sonas de más altos ingresos reali zan movimientos financieros de gerencia. Este impuesto indirecto mayores montos, este impuesto es nació con la declaración de emer progresivo. Sin embargo, dado que gencia económica del año 1998, desincentiva la bancarización, ge Equidad Eficiencia Progresividad Contribución a los ingresos tributarios del Gobierno 100% 3,7% cuando sucedió el terremoto del eje cafetero, con una tarifa del 1x1000. La tarifa se fue ampliando sucesivamente como resultado de calamidades económicas y debido a su facilidad de recolección, has ta ubicarse en la tarifa vigente en la actualidad. Es una historia típi ca en Colombia: un impuesto que nace como temporal, para hacerle frente a la emergencia económica, termina volviéndose un impuesto permanente. El GMF grava todos los movimien tos bancarios a una misma tarifa, y nera ineficiencias en la economía. .Base Gravable La base gravable está integrada por el valor total de la transacción financiera mediante la cual se dispone de los re cursos. Para este impuesto, el artículo 879 del Estatuto Tributario define un total de 27 exenciones que modifican la base gravable, entre las cuales se destacan el no cobro del impuesto por retiros inferiores a 350 UVT y el no cobro para las empresas que sean be neficiarias de contratos de estabilidad jurídica. 0% no recae sobre las instituciones fi40 4 x 1.000 GMF .Tarifa La tarifa del gravamen a los movi mientos financieros es del cuatro por mil(4 x 1.000). El Gravamen a los Movimientos Financieros es un impuesto instantáneo y se causa en el momento en que se produzca la disposición de los recursos objeto de la transacción financiera. .Responsable del impuesto Lo recolectan el Banco de la República y los establecimientos de crédito en los cuales se encuentre la respec tiva cuenta, así como los estableci mientos de crédito que expiden los cheques de gerencia. El impuesto se declara semanalmente. Lo pagan las personas naturales o jurídicas que sean titulares de los instrumentos financieros objeto de impuesto descritos arriba. Vale la pena mencionar que pueden hacerse deducciones del impuesto de renta con respecto a su pago. 41 Aranceles y tarifas Los aranceles son un tipo de im- munes: ejemplos de estos últimos puesto que se aplica a los flujos son la tarifa que El Salvador le pa Aranceles y Tarifas comerciales entre estados sobera nos. Históricamente fue una fuen te de ingresos importante para los gaba a Honduras sobre el tránsito de mercancías hacia Europa por el mar Caribe o el impuesto a las ex países, ya que es relativamente fá- portaciones agrícolas que se esta cil de cobrar: basta controlar los bleció en Argentina hace diez años puntos de entrada de mercancías para aprovechar los altos precios Equidad al país. Sin embargo, dado que los de los cereales por aquel entonces. aranceles restringen el libre mer- ¿Cómo funcionan los aranceles en cado al dificultar el comercio con Colombia, y cuánto representan Eficiencia otros países, y a que esto conlleva como proporción del recaudo to pérdidas de eficiencia importantes, tal? En 2017, la DIAN recolectó han perdido importancia al existir por este concepto alrededor de 4.1 Progresividad hoy en día otras maneras más efi- billones de pesos, lo cual equivale cientes de recaudo. a menos del 3% del recaudo total Contribución a los ingresos tributarios del Gobierno 100% El impuesto se aplica con mayor fre cuencia sobre los bienes y servicios que un país compra en el extranjero con el objetivo de su distribución por los impuestos que la institu ción administra: este valor es mí nimo comparado con el 32% que representaba en 1970, y se redujo interna, mientras que los aranceles drásticamente desde 1992, pro sobre las exportaciones o sobre los ducto de las políticas de apertura 2.2% productos que ingresan a un país económica que empezaron a tomar con destino a otro son menos co- forma en ese periodo. 0% 42 Aranceles y tarifas La política de aranceles, que en Colombia recibe el nombre de de rechos de aduana, se reglamen ta en nuestro país a partir del es tatuto aduanero(Decreto 390 de 2016) y no del estatuto tributario. El estatuto aduanero estipula que los derechos de aduana se cobran sobre el valor en pesos colombia nos de las mercancías que ingre san al país, al cual se le aplica un porcentaje que determina el monto del impuesto. Los porcentajes o tarifas, consignados en el Decreto 4927 de 2011, dependen de la par tida arancelaria, que responde a un sistema de nomenclatura común de bienes para los países miem bros del área andina, y de acuerdos comerciales específicos con otros países: las tarifas oscilan alrededor del 5% y el 10%, aunque para algu que los recibe sin antes pagar el im puesto, el procedimiento de recau do es relativamente fácil y se da a un bajo costo, en la medida que se logre controlar el contrabando. Sin embargo, dependiendo de la calidad del bien objeto del impuesto y del perfil de los individuos que lo consumen, el instrumento puede crear pérdidas de eficiencia como resultado de mayores precios a los consumidores finales y posibles desviaciones de recursos que se podrían canalizar hacia el fomento de actividades con mayores venta jas comparativas. Del mismo modo, el carácter progresivo o regresivo del sistema de aranceles depende de la definición de las tarifas para los distintos bienes a los que se les aplica el tributo. nos bienes, como la carne, pueden llegar al 80%. Ya que los bienes que provienen del exterior no pueden ser incorpo rados a la economía del territorio 43 Impuesto a la Riqueza de Empresas Equidad Eficiencia Progresividad Este impuesto de carácter transi torio se les cobró a los patrimonios de las empresas durante los años 2015, 2016 y 2017. Generalmente, cuando se habla del impuesto a la riqueza se habla tanto del que pa gan empresas y personas naturales, pero aquí los tratamos por separa do, ya que tienen efectos distintos. El impuesto a la riqueza de las em presas busca ser progresivo: sólo se les cobra a las personas jurídicas que tengan grandes patrimonios. El impuesto a la riqueza de las em presas desincentiva la inversión. Por ejemplo, una empresa constructora que aumente su patrimo nio comprando maquinaria para ser más productiva tendría que pagar un mayor impuesto a la riqueza. De esta manera, el impuesto desin centiva los aumentos en producti vidad de la economía que conlleva la inversión en activos productivos, y por lo tanto no es eficiente. Reemplazar este impuesto con otros más eficientes es una política recomendable. Riqueza Empresas 44 .Base Gravable El impuesto se cobra sobre la di ferencia entre el patrimonio bruto y las deudas de la empresa o per sona, si esta diferencia es igual o superior a$1.000 millones de pe sos al primero de enero de 2015. Se excluyen de la base gravable de este impuesto el valor patrimonial de algunos bienes consignados en la ley(artículo 295-2 del Estatuto Tributario). .Tarifa El impuesto a la riqueza de empre sas tiene una tarifa que ha ha veni do bajando: en el 2015 la máxima tarifa era de 1.3% y en el 2017 bajó a 0.75%. En el año 2018 no hay im puesto a la riqueza de las empresas. .Responsable del impuesto Son responsables del impuesto a la riqueza de empresas las personas jurídicas. Tarifa Riqueza de empresas Rangos en$ Desde Hasta Tarifa marginal Impuesto 1 >0 <$2.000.000.000 0,10% (Base Gravable) x 0,10% 2 >=$2.000.000.000 <$3.000.000.000 0,20% ((Base Gravable-$2.000.000.000) x 0,20%)+$2.500.000 3 >=$3.000.000.000 <$5.000.000.000 0,35% ((Base Gravable-$3.000.000.000) x 0,35%)+$4.000.000 4 >=$5.000.000.000 En adelante 0,75% ((Base Gravable-$5.000.000.000) x 0,75%+$11.000.000 Riqueza Empresas 45 Riqueza Personas Impuesto a la Riqueza de Personas Equidad Eficiencia Progresividad Contribución a los ingresos tributarios del Gobierno 100% Esto corresponde a la contribución conjunta del Impuesto a la Riqueza de las personas y de las empresas. 2% 0% Este impuesto se les cobra a los pa trimonios de las personas, no al de las empresas. Por lo tanto, no ge nera pérdidas de eficiencia como las del impuesto a la riqueza de las empresas, ya que no desincentiva la inversión en activos productivos. Es un impuesto temporal, que se cobrará por última vez en 2018. .Base Gravable El impuesto se cobra sobre la diferen cia entre el patrimonio bruto y las deu das de la persona, si esta diferencia es igual o superior a$1.000 millones de pesos al primero de enero de 2015. Se excluyen de la base los bienes consig nados en la ley(artículo 295-2 del Estatuto Tributario) .Tarifa El impuesto a la riqueza de las perso nas naturales puede llegar al 1.5%. El sistema de tarifas es progresivo, mar ginal y degresivo de 2015 a 2018. Tarifa Riqueza de personas Rangos en$ Desde Hasta Tarifa marginal Impuesto 1 >0 <$2.000.000.000 0,125% (Base Gravable) x 0,125% 2 >=$2.000.000.000 <$3.000.000.000 0,35% ((Base Gravable-$2.000.000.000) x 0,35%)+$2.500.000 3 >=$3.000.000.000 <$5.000.000.000 0,75% ((Base Gravable-$3.000.000.000) x 0,75%)+$6.000.000 4 >=$5.000.000.000 En adelante 1,50% ((Base Gravable-$5.000.000.000) x 1,50%+$21.000.000 46 Consumo El impuesto nacional al consumo veedores de los servicios gravados es un impuesto a ciertas ventas, con el impuesto nacional al consu pero es distinto del IVA. Recae sólo mo no pueden obtener descontar Impuesto nacional al consumo sobre las ventas al consumidor final o la importación por parte del consumidor final, y no sobre los esde su contabilidad el IVA que paga ron por los insumos utilizados en la preparación de sus productos. Pero labones intermedios de la cadena como en el caso del IVA, la mayor productiva. Se le cobra, entre otros, parte del costo del impuesto termi a la prestación de los servicios de na pagándola el consumidor. Equidad telefonía móvil, internet y nave gación móvil, al servicio de datos, al expendio de comidas y bebidas .Base Gravable y tarifa Para este impuesto hay tres tarifas: .Responsable del impuesto Deben cobrar el impuesto al consu Eficiencia preparadas en restaurantes, cafe terías y establecimientos similares el 4%, el 8% y el 16%. Los servicios de telefonía, datos, internet y na mo el prestador del servicio de te lefonía móvil, datos y/o internet y para consumo en el lugar o para ser vegación móvil están gravados con navegación móvil, el prestador del Progresividad llevadas por el comprador o entre la tarifa del cuatro por ciento(4%) servicio de expendio de comidas y gadas a domicilio. También aplica a sobre la totalidad del servicio, sin bebidas, el importador como usuario Contribución a los ingresos tributarios del Gobierno 100% los servicios de alimentación bajo contrato, y al servicio de expendio de comidas y bebidas alcohólicas para consumo dentro de bares, ta incluir el impuesto sobre las ven tas. Para la porción correspondien te a los servicios de datos, internet y navegación móvil se gravan solo final, el vendedor de los bienes sujetos al impuesto al consumo, y en la venta de vehículos usados el inter mediario profesional. bernas y discotecas. los montos mayores que 1,5 UVTs Este impuesto, como casi todos los mensuales. El impuesto es del 8% 1,1% impuestos que recaen sobre tran para servicios de restaurantes, ba sacciones y no sobre personas o res y algunos vehículos estipula 0% empresas directamente, es regre dos en la ley, y del 16% para otros sivo. A diferencia del IVA, los pro vehículos. 47 Impuestos nuevos dentro del Impuesto Nacional del Consumo Consumo .Impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas: La tarifa del impuesto será la de la siguiente tabla: Año Tarifa en pesos por bolsa tela, por ejemplo) y que los vendedores van a reducir sus existencias. El impuesto sería muy ineficiente pero positivo al impulsar una agen da de menor contaminación. 2017 $20 .Impuesto nacional 2018 $30 al consumo de cannabis 2019 $40 2020 $50 medicinal: Las ventas de productos transforma .Base Gravable y tarifa La base gravable del impuesto na dos a partir de cannabis psicoactivo o cional al consumo de cannabis es Las anteriores tarifas se actualizan nopsicoactivoestánsujetasalimpuesel valor total del producto final del anualmente, en un porcentaje equito nacional al consumo de cannabis. transformador o responsable del valente a la variación del índice de El impuesto está a cargo del com impuesto, sin incluir el impuesto precios al consumidor certificado prador o productor que somete el sobre las ventas. El impuesto re por el DANE al 30 de noviembre y el cannabis a un proceso de transfor sulta de aplicar a la base gravable resultado se aproxima al peso más mación, lo que hace referencia a una tarifa de 16%, y constituye para cercano. Este impuesto está hecho cambios de forma u obtención de el responsable un costo deducible explícitamente para modificar el derivados, como aceites, resinas y del impuesto sobre la renta como comportamiento de los consumido tinturas. El impuesto es regresivo en mayor valor del bien que genera res, pues el recaudo acá es secun teoría. Probablemente no modifique ingresos. dario: el objetivo fundamental es mucho el comportamiento de las per reducir el consumo de bolsas plásti sonas que consumen la sustancia, y cas, pensando en que el consumidor en este sentido puede decirse que el va a sustituir este bien(por bolsas de impuesto es eficiente. 48 Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM Equidad Eficiencia Progresividad Contribución a los ingresos tributarios del Gobierno 100% 0,8% 0% Este impuesto se cobra bien sea sobre la venta, retiro, importación para el consumo propio o impor tación para la venta de gasolina y ACPM – lo que ocurra primero. .Base Gravable y tarifa El impuesto nacional a la gasolina co rriente es de$490 por galón, el de la gasolina extra a$930 por galón, y el impuesto al ACPM es de$469 por ga lón 15 . Los demás productos definidos como gasolina y ACPM distintos a la gasolina extra se gravan a$490 por galón. El valor del Impuesto Nacional se ajusta cada primero de febrero con la inflación del año anterior, a partir del primero de febrero de 2018. .Responsable del impuesto Son responsables del impuesto el productor o el importador del com bustible. El impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM puede ser dedu cible del impuesto sobre la renta. 49 Gasolina y ACPM Impuesto Nacional al Carbono Equidad Eficiencia Progresividad Es un impuesto al contenido de carbono de todos los combustibles fósiles, incluyendo todos los deri vados de petróleo y todos los tipos de gas fósil que sean usados con fines energéticos, siempre que sean usados para combustión. Se cobra el impuesto en el momen to de la venta dentro del territorio nacional, retiro, importación para el consumo propio o importación para la venta de combustibles fósiles. .Responsable del impuesto Tratándose de derivados de petróleo, los productores y los importadores. .Base Gravable y tarifa Tiene una tarifa específica considerando el factor de emisión de dióxido de carbono(CO2) para cada combusti ble determinado, expresado en uni dad de volumen(kilogramo de CO2) por unidad energética(Terajoules) de acuerdo con el volumen o peso del combustible. La tarifa es de quince mil pesos($15.000) por tonelada de CO2 16 , lo cual equivale a los siguien tes valores por unidad para cada tipo de combustible: La tarifa por tonelada de CO2 se ajusta cada primero de febrero con la inflación del año anterior más un punto hasta que sea equivalente a 1 UVT por tonelada de CO2. Los com bustibles no pagan este impuesto cuando son exportados. CO 2 CO 2 CO 2 Carbono Combustible fósil Unidad Tarifa por unidad Gas Natural Metro cúbico $29 Gas Licuado de Petróleo Galón $95 Gasolina Galón $135 Kerosene y Jet Fuel Galón $148 ACPM Galón $152 Fuel Oil Galón $177 50 Timbre El impuesto de timbre, que tiene sus to tuvo importancia relativa en sus orígenes en la Roma de Justiniano y inicios, con el paso del tiempo pasó El impuesto de Timbre en su forma actual se remonta a la Europa del Siglo XVIII 17 , es un im puesto que recae sobre documen a ser un tributo ineficiente por su bajo rendimiento en términos de recolección de ingresos y el manejo tos públicos o privados en los que engorroso para los contribuyentes, se haga constar la constitución, debido al gran número de exencioEquidad existencia, modificación o terminación de obligaciones: expedición nes(más de 50), la discriminación de algunos documentos para los de pasaportes, títulos valores, visas cuales aplican tarifas diferentes a Eficiencia para extranjeros, salvoconductos, entre otros. Grava solo a las formas la general y la distorsión de incen tivos que su definición generaba. Progresividad escritas y está dirigido al destina tario del impuesto, a diferencia de Contribución a los ingresos tributarios del Gobierno 100% otros impuestos como el IVA o el GMF para los cuales la identidad del destinatario no es importante. El recaudo del impuesto en 2017 fue de 80 mil millones de pesos, lo cual representa un 0.1% del re caudo total de los tributos admi 0% nistrados por la DIAN y un 0.09% 0% del PIB. A pesar de que el impues 51 Timbre .Base Gravable y tarifa.Responsable del impuesto La tarifa general del impuesto de ba que por cada punto de la tarifa Los contribuyentes del impuesto son timbre nacional se causa sobre los el rendimiento de la recaudación las personas, las empresas y las en instrumentos públicos y documencomo porcentaje del PIB estaba tidades públicas no excluidas expretos privados, incluidos los títulos por el orden del 0.006. Junto con el samente en la ley que intervengan valores, que se otorguen o acepten marchitamiento de su importancia en los documentos como otorgan en el país, o que se otorguen fuera en el recaudo, la Ley 111 de 2006 tes, giradores, aceptantes, emisores del país pero que se ejecuten en el estipuló que a partir de 2010 la tari o suscriptores. Los responsables de territorio nacional o generen obli fa general del impuesto fuera de 0%. declarar el impuesto, que no nece gaciones en el mismo, en los que Sin embargo, existen otros documen sariamente son los encargados de se haga constar la constitución, tos para los que el impuesto no se li pagarlo, varían en función de la natu existencia, modificación o extinquida a la tarifa general y que consti raleza del documento: entre estos se ción de obligaciones, al igual que tuyen el grueso de los recursos que se destacan los notarios, entidades vigi su prórroga o cesión, cuya cuantía recaudan con el impuesto en la actua ladas por la Superintendencia Finan (determinada o no) sea superior a lidad: tal es el caso de la expedición ciera, otras personas naturales, las seis mil(6.000) Unidades de Valor de pasaportes, las concesiones de entidades emisoras de títulos, y los Tributario, UVT, en los cuales inter explotación de bosques naturales, re agentes diplomáticos, entre otros. venga como otorgante, aceptante conocimientos de personería jurídica, o suscriptor una entidad pública, licencias para portar armas y comer una persona jurídica o asimilada, ciar con municiones y explosivos, los o una persona natural que tenga aportes de zonas esmeraldíferas y la la calidad de comerciante, que en expedición de visas para extranjeros. el año inmediatamente anterior Para estos documentos, el impuesto tuviere unos ingresos brutos o un se liquida de acuerdo con montos es patrimonio bruto superior a treinta pecíficos determinados por el artículo mil(30.000) Unidades de Valor Tri 523 del Estatuto Tributario. butario, UVT. Antes de 2010 esta tarifa era del 1.5%, lo que implica 52 Impuestos municipales y departamentales Mientras que la aplicación de los impuestos nacionales es aprobada o modificada por el poder legislativo representado por el Congreso de la República, los impuestos municipales y departamentales son recaudados por las secretarías de hacienda locales y su implementa ción se acuerda en el concejo municipal o en la asamblea departa mental, respectivamente. pios recaudan más en impuestos que los departamentos. Del recau do tributario total en Colombia, un 85% corresponde a impuestos nacionales, un 11% a impuestos municipales, y el restante 4% a im puestos departamentales 18 . Los impuestos locales, ordenados de mayor a menor nivel de recaudo, incluyen: Ya que el país es una república unitaria, ni los concejos ni las asambleas pertenecen a la rama legisla tiva, y solo tienen poder de decisión sobre los parámetros de un sub conjunto específico de impuestos .Industria y Comercio(ICA) .Predial .Alcohol, cigarrillos y loterías A continuación describimos los prin cipales impuestos territoriales que se cobran en Colombia, mencionando explícitamente si corresponden al ni vel departamental o al municipal. que son definidos a nivel nacional por el Congreso de la República. .Sobretasa a la gasolina Los municipios y los departamentos dependen en gran parte de los in gresos que les transfiere el gobier. Impuesto de registro no central. El ingreso por concepto de impuestos locales representó . Vehículos apenas un 31% de los ingresos to tales de los municipios, y un 24% .Otros de los ingresos departamentales. Tomados en conjunto, los munici53 ICA El impuesto de Industria y Comercio te en el periodo gravable: estos ingre es un impuesto municipal que se ge sos se obtienen de restar a los ingresos nera por la realización de cualquier ordinarios y extraordinarios por la acti Impuesto de Industria y Comercio(ICA) actividad industrial, comercial o de servicios en la jurisdicción correspondiente, ya sea que se cumpla de forma vidad gravable las rentas exentas, las no sujetas al impuesto, los costos y las deducciones que tengan lugar a partir permanente u ocasional, en un inmue de los acuerdos del concejo. Equidad Eficiencia Progresividad Contribución a los ingresos tributarios del Gobierno 100% 4,2% 0% ble determinado, con establecimiento de comercio o sin él. El recaudo de este impuesto represen ta casi un 40% de los ingresos tribu tarios municipales, lo que implica un porcentaje de casi un 1% del PIB nacional 19 . El ICA es, entonces, la mayor fuente de financiamiento que por concepto de impuestos tienen en la ac tualidad los municipios colombianos. La Ley 14 de 1983 y la Ley 49 de 1990 regulan este impuesto, y crean las con diciones y los parámetros generales que los concejos municipales deben seguir a la hora de definir bases gravables y tarifas. En esencia, el impuesto grava a las personas y empresas que ejercen actividades comerciales industriales y de servicios en un munici pio determinado, y se liquida con base en los ingresos netos del contribuyen .Base Gravable y tarifa Puede variar de un municipio a otro para una misma actividad econó mica, al igual que la tarifa que se cobra: si bien los municipios tienen autonomía para definir la tarifa, esta tiene que ubicarse entre 0.2% y 0.7% mensual para actividades industriales y entre el 0.2% y el 1% para actividades comerciales y de servicios. Dado que este impuesto grava las rentas económicas que se gene ran en un municipio determinado, el monto recaudado depende mu cho del ciclo económico y de las disparidades regionales a la hora de atraer actividades industriales y comerciales. Esto se refleja en el hecho de que Bogotá recibe casi el 50% del total del recaudo del ICA. El impuesto también puede distor sionar las decisiones de los agen tes económicos, ya que un mismo negocio paga el impuesto en cada jurisdicción donde tiene presencia, y además se paga junto con un impuesto por publicidad. .Responsable del impuesto Personas y empresas que ejerzan actividades industriales, comercia les o de servicios dentro de un de terminado municipio.. 54 Impuesto Predial Equidad Eficiencia Progresividad Contribución a los ingresos tributarios del Gobierno 100% 3,7% 0% El impuesto predial es un impuesto municipal que grava a los propieta rios de bienes inmuebles, que son los que están íntimamente ligados al suelo, como las parcelas, casas y fincas. De acuerdo con cifras de Planea ción Nacional, el predial representó en 2016 casi un tercio del total de las rentas tributarias locales, sien do solo superado por el impuesto de industria y comercio(ICA). La ley 44 de 1990 define los lineamientos generales que regulan este impuesto. Este se calcula sobre el valor catastral de la propiedad(un avalúo técnico realizado por expertos que busca aproximar el valor real de los predios) y cuya tarifa es definida en función de este valor, del estrato socioeconómico o de ambos por cada concejo municipal. El concejo municipal también define las exenciones y los beneficios tributarios que aplica en su jurisdicción, pero debe respetar las re glas que la ley estipula: la tarifa tiene que estar entre el 1 por mil y el 16 por mil del respectivo avalúo catastral; el ajuste de los avalúos de un año a otro no puede generar un monto para el impuesto en el segundo año que sea mayor al do ble del monto pagado en el primer año; y el avalúo catastral debe ser al menos de 60% del valor del ava lúo comercial. Este impuesto es progresivo en la medida en que propiedades de ma yor valor en general tienden a pagar un mayor porcentaje de tributo. Sin embargo, la eficiencia de este impuesto depende de las dinámicas urbanas y de las relaciones entre los individuos que pueden modificar su incidencia: como el impuesto gra va la tenencia de un bien, no busca directamente conocer la capacidad de pago del propietario, por lo que la contribución puede trasladarse por ejemplo del propietario a un arrendador y este a su vez la puede esquivar subarrendando una parte del inmueble. Además de esto, las modificaciones en los impuestos pueden capitalizarse en el avalúo comercial de los bienes, en tanto el gravamen afecta la propiedad de bienes que son durables y poten cialmente tienen oferta restringida. Predial 55 Alcohol, cigarrillos y loterías Más del 50% de los ingresos tribu- con los rones colombianos de alta tarios departamentales provienen calidad que se producen en la cos de impuestos comúnmente cono- ta caribe). Alcohol, Cigarrillos y Loterías cidos como“impuestos al pecado”: entre estos impuestos se destacan los gravámenes al cigarrillo, a la Lo anterior puede ir en contravía con la razón de ser teórica de es tos impuestos: su prioridad no es cerveza, a las bebidas alcohólicas el recaudo sino la disminución del y a las loterías y los juegos de azar. uso del bien gravado. Dadas las Cada uno de estos impuestos tiene condiciones sociales y económicas sus particularidades propias y va- de la población colombiana, estos rían en función de los departamen- impuestos, particularmente el de tos. Su importancia en las finanzas los cigarrillos, posiblemente ten Equidad departamentales viene ligada a que la Constitución les otorga mono gan también un carácter regresivo: se estaría gravando a los segmen Eficiencia polios a los departamentos sobre los licores los juegos de azar. Esto tos menos favorecidos en términos económicos, dado que en la actua abre la puerta al establecimiento lidad son las personas de ingresos Progresividad de barreras comerciales entre los departamentos que se materiali altos las que tienen una mayor pro babilidad de acceder a prácticas sa Contribución a los ingresos tributarios del Gobierno zan en impuestos sobre la renta de loterías foráneas y estampillas lo cales para licores nacionales(por ludables o de sustituir consumo por bienes novedosos que se gravan a menores tarifas, como los cigarri 100% ejemplo, si se quiere comercializar llos electrónicos(se gravan con el un aguardiente del Tolima en Bo- impuesto al consumo del 8%). gotá, se debe pagar un impuesto. A 2,1% veces sale mejor importar que comercializar en el mercado interno, 0% tal como pasaba hasta hace poco 56 Sobretasa a la Gasolina Equidad Eficiencia Progresividad Contribución a los ingresos tributarios del Gobierno Dept. 100% Municip. 100% Además del impuesto Nacional a la Gasolina y al Diesel, que corres ponde a un monto fijo por galón utilizado, los municipios y los de partamentos de Colombia tienen la posibilidad de cobrar un impuesto sobre el precio de la Gasolina mo tor que se compra y vende en sus jurisdicciones. Los responsables de declarar esta sobretasa son los distribuidores mayoristas de gasolina motor extra y corriente, los productores e im portadores. Además, son respon sables directos del impuesto los transportadores y expendedores al detal, cuando no puedan justificar debidamente la procedencia de la gasolina que transporten o expen dan, y los distribuidores minoristas en cuanto al pago de la sobretasa de la gasolina a los distribuidores mayoristas, productores o impor tadores según el caso. extra como corriente y del ACPM, por galón, que certifique mensualmente el Ministerio de Minas y Energía. De acuerdo con la Ley 788 de 2002, la tarifa sobre el precio de referencia para municipios es del 18.5%, para los departamentos es de 6.5% y para Bogotá es del 25%. Esta sobretasa es regresiva, en la medida en que no discrimina el po der adquisitivo del comprador final de gasolina, y puede generar in centivos que ponen en conflicto los recaudos nacionales con los sub nacionales(el precio lo define una entidad del orden nacional y puede haber sustituciones de compra para municipios que están relativamen te juntos, como Bogotá y Soacha). Sobretasa a la gasolina 0,2% 0,8% La base gravable de esta sobretasa está dada por el valor de venta al 0% 0% público de la gasolina motor, tanto 57 Vehículos El impuesto de vehículos es un im- capacidad de pago del propietario, puesto departamental(aunque Bo- por lo cual el impuesto puede re gotá también tiene la potestad de caer en personas o empresas dife cobrarlo) que grava la propiedad rentes a las que poseen los bienes Impuesto de Vehículos de automotores matriculados en(como cuando alguien tiene un ca una jurisdicción específica. rro pero es otro el que lo maneja). Están exentos del impuesto los Para el caso específico de Bogotá, propietarios de motocicletas y mo- puede generar distorsiones en tan tocarros inferiores a 125cc, la ma- to los propietarios podrían matricu quinaria agrícola, la maquinaria de lar sus vehículos en Cundinamarca construcción de vías públicas, y la y circular en Bogotá, o viceversa. maquinaria industrial no destinada Equidad a transitar por las vías de uso público o privadas abiertas al público. Eficiencia El impuesto lo reglamenta la ley 488 de 1998, y aunque los gobier nos departamentales definen beProgresividad neficios en términos de los plazos para el pago y diseñan un formula Contribución a los ingresos tributarios del Gobierno 100% rio propio para su declaración, son los ministerios de hacienda y de transporte los que, a nivel nacional, expiden a final de cada año una resolución definiendo los valores por tipo de vehículo y las tarifas que les 0,4% corresponden. El impuesto, al gravar la tenencia 0% de vehículos, no busca conocer la 58 Registro Otros Impuesto de Registro Este impuesto afecta todos los ac tos, documentos o contratos que deben registrarse ante la Cámara de Comercio y en las oficinas de instrumentos públicos de los departamentos. Está regulado por la Ley 223 de 1995. Equidad Eficiencia Progresividad Contribución a los ingresos tributarios del Gobierno 100% 0,5% 0% Otros Esta categoría incluye impuestos sobre el alumbrado público, circulación y registro de vehículos, juegos de azar y espectáculos públicos. Dada su baja contribución al erario público, no los abordamos aquí, excepto para mencionar que la administración de impuestos tan pequeños puede ser relativamente costosa, y que vale la pena debatir si deberían seguir existiendo. Equidad Eficiencia Progresividad Contribución a los ingresos tributarios del Gobierno 100% 3,2% 0% 59 Rompecabezas presupuestal Hay tantos mundos ideales como personas que traten de imaginárselos. Pero en uno de ellos el gobierno colombiano debería ser capaz de cumplir su regla fiscal, alinear el impuesto a la renta que pagan las empresas con las tasas de tributa ción de la OCDE, alcanzar los nive les de cobertura en educación por 1. Reducir el déficit fiscal en 5.5 billones de pesos. 20 2. Recortar los impuestos a las empresas en 20 billones de pesos. 21 3. Alcanzar los niveles de cobertura neta en educación secundaria y terciaria de la OCDE 22 : .Secundaria: para aumentar cobertura en educación de 55 a 85% sería necesario aumentar el gasto en educación en 10 billones de pesos. .Terciaria: para aumentar cobertura en educación de 25 a 42% sería necesario aumentar el gasto en educación en 10.5 billones de pesos. nivel educativo de la OCDE y ten dría que invertir por estudiante de primaria, secundaria y educación terciaria los mismos recursos que 4. Alcanzar el nivel de calidad educativa de la OCDE requiere un gasto adicional del gobierno por nivel educativo de: invierte por estudiante la OCDE. Tener un mundo ideal en el 2019 tendría las siguientes implicaciones: .Primaria: 23.4 billones de pesos .Secundaria: 26.6 billones de pesos .Terciaria: 10.2 billones de pesos 60 61 Reducir el déficit fiscal en 5.5 billones de pesos. Recortar el recaudo tributario de las empresas en 20 billones de pesos. 10 billones para cobertura de educación secundaria 10,5 billones para cobertura de educación terciaria $23,4 billones de gasto adicional para alcanzar nivel educativo de la OCDE en educación primaria. $106,2 billones $26,6 billones de gasto adicional para alcanzar nivel educativo de la OCDE en educación secundaria. $10,2 billones de gasto adicional para alcanzar nivel educativo de la OCDE en educación terciaria. Opciones de Recaudo: Fuente: Cálculos propios con base en datos del Ministerio de Hacienda. El mundo ideal tiene un costo de: 106.2 billones de pesos adicionales al gasto actual. Para alcanzar este mundo usted tiene que completar esta figura recortando gastos del gobierno o aumentando el recaudo tributario, según las opciones que se describen a continuación 24 . Valores $100 mil millones $1 Billón Los cuadrados en azul oscuro representan las inflexibilidades del gasto público por lo que no pueden modificarse. Opciones de gasto: $235,6 billones (Presupuesto General de la Nación 2018) Recuperar los$50 billones 29 robados por la corrupción .Mantener el Impuesto a la Riqueza Se recaudarían $3,9 billones 27 de más .Duplicar la tasa efectiva a la que tributa el 1% más rico de la población. Del 11,5% al 23% Se recaudarían $12,9 billones 28 de más .Aumentar el GMF 4x1.000 a 5x1.000 Se recaudarían $1,9 billones 25 de más .Reducir el salario de los congresistas a 25 salarios mínimos Se recaudarían $54 mil millones 30 de más .Aumentar el IVA del 19% al 22% Se recaudarían $5,3 billones 26 de más 61 Educación $37,5 billones .SGP (Sistema General de Participaciones) $21,7 billones .Créditos Educativos $1,5 billones .Universidades Públicas $3,7 billones .Prestaciones sociales del Magisterio $8,5 billones .Alimentación Escolar $860 mil millones .Infraestructura Escolar $520 mil millones .Otros gastos $730 mil millones Defensa y seguridad $31,6 billones .Remuneración pie de fuerza $15,8 billones Salud y protección $24,7 billones .Garantizar cobertura universal $21 billones Transporte $5 billones .Conectividad regional y vías para la equidad $1,2 billones .Dotación y material para defensa $940 mil millones .Pensiones y asignaciones de retiro $7,2 billones .Sanidad $2,6 billones .Gastos de funcionamiento $5,1 billones Minas y energía $4,3 billones .Construcción por obra pública $670 mil millones .Sistema de transporte masivo $290 mil millones .Concesiones 4G $900 mil millones .Promoción y prevención $280 mil millones .Investigación y control $430 mil millones .SGP (Subsidios a la oferta) $1,7 billones .Mesadas pensionales, previsión congreso, Ferrocarriles Nacionales $580 mil millones .Servicio Médico fondo Ferrocarriles Nacionales $170 mil millones .Gastos de funcionamiento $550 mil millones .Infraestructura aeroportuaria $520 mil millones .Mantenimiento de red vial, fluvial férrea $270 mil millones .Concesiones viales $800 mil millones .Seguridad vial y estudios $400 mil millones Trabajo $27,4 billones Fondo de solidaridad Pensional ($1,4 billones) y Régimen de Prima Media ($13,4 billones) Inclusión Social y bienestar familiar $11,2 billones Agropecuario $2,3 billones Vivienda $3,8 billones S.G.P. ($1,9 billones) Comparación Internacional Pregunta: ¿Qué tantos impuestos se pagan en Colombia a comparación de otros países? Respuesta: Pocos. Los impuestos en Colombia(incluyendo impuestos nacionales, locales, y contribuciones a la seguridad social) equivalen al 19.8% del PIB, mientras que este porcentaje es del 22.7% en América Latina y el Caribe y de 34.3% en la OCDE. Se puede comparar el tamaño del Estado colombiano y los ti pos de impuestos que recauda con el de muchos otros países. Pero hay por lo menos dos pun tos de referencia muy útiles: América Latina, por un lado, y los países de la OCDE, por el otro. América Latina es intere sante porque se enfrenta a retos parecidos a los nuestros, y los países de la OCDE – llamada a veces el club de los países ricos o el club de las buenas prácticas económicas – son un modelo potencial a seguir. Los datos que se muestran a continuación son del año 2016 a menos que se indique lo contrario. 62 34.3 34.0 33.9 33.6 33.3 40 % 32.8 32.5 33.5 33.9 22.7 23.1 30 31.9 22.4 21.9 21.9 19.8 20.8 21.4 20.4 20 20.9 20.1 19.8 19.7 18.8 18.0 10 18.0 16.0 18.1 14.6 0 2016 2015 10.6 2014 2013 2012 2011 2010 2005 2000 1990 Tributación como porcentaje del PIB Pregunta: ¿El Estado colombiano ha crecido en términos relativos durante los últimos años? Respuesta: No. El recaudo tributario prácticamente se duplicó entre 1990 y 2005, pero des de entonces se ha mantenido alrededor del 19% del PIB. Más aún, desde 1990, el tamaño del Estado Colombiano ha permanecido por debajo del promedio latinoamericano y del de la OCDE. 63 Tipo de ingresos tributarios como del PIB Es decir, cómo contribuyen estos impuestos al PIB porcentaje Renta de personas naturales Renta de empresas Otros impuestos a la renta Seguridad Social Nómina Propiedad Bienes y Servicios Otros 8.4 9.0 10.9 2.8 1.9 0.3 0.4 0.2 11.4 3.0 3.7 1.8 1.2 0.2 0.8 0.5 7.3 5.1 1.2 2.5 0.3 2.1 1.1 0.0 Renta empresas IVA Predial Nómina Promedio ODCE y Latam. S. Social Renta personas Pregunta: ¿Qué tanto se parece Colombia a otros países en la composición de sus ingresos tributarios? Respuesta: Colombia se parece al resto de América Latina y a los países de la OCDE en el porcentaje del PIB que recauda por concepto de impuestos a bie nes y servicios(como el IVA), a la pro piedad(como el predial), y a la nómina. Pero recauda mucho menos en seguri dad social y renta de personas naturales, y mucho más en renta de empresas. Todas las comparaciones internacionales provienen de la OCDE. 31 64 65 Notas 1. Los ingresos de los establecimientos públicos fueron de 14.607 miles de millones de pesos. Representan 1.5% del PIB. Marco fiscal de mediano plazo 2018. 2. Recursos Sistema General de Regalías: Entre 2012 y el 31 de mayo de 2018 los ingresos del SGR alcanzaron$53,6 billones con un recaudo pro medio anual de$8,9 billones. Ver cuadro 7.5, P. 332 y cuadro 7.5. Marco fiscal de mediano plazo 2018. 3. Ver tabla 4.1. Estadísticas tributarias en América Latina y el Caribe 2018, OCDE Publishing, Paris. 4. Ver artículo 424: bienes que no causan al impuesto del capítulo III Im puesto sobre las ventas, IVA e impuesto nacional al consumo del Estatuto Tributario. 5. Fuentes: impuestos nacionales, DIAN; impuestos municipales y departa mentales, SISFUT; pensiones y salud, Marco fiscal de mediano plazo 2017; SENA e ICBF, decreto de liquidación de presupuesto de 2017; Cajas de compensación, Superintendencia del subsidio familiar. 6. Hasta el 2017 existía el impuesto a la renta para la equidad, conocido como CREE. Este gravaba a las empresas para financiar los aportes a salud, SENA e ICBF que estas dejaron de hacer para los empleados que ganaban menos de diez salarios mínimos. A partir de este año, los recursos se obten drán del impuesto a la renta. 7. La división entre renta de personas naturales y de empresas se aproxima utilizando las proporciones reportadas en 2016 por la OCDE, ya que en los datos disponibles al público la DIAN reporta las dos clases de impuesto de renta de manera agregada. 8. Ver, por ejemplo, el estudio de Justicia Tributaria sobre los beneficios del sector minero. 9. Ver decreto número 510 de 2003(marzo 5). Por medio del cual se reglamentan parcialmente los artículos 3°, 5°, 7°, 8°, 9°, 10 y 14 de la Ley 797 de 2003. 10. La ley 1819 de 2016 regula las contribuciones a estos fondos parafiscales. 11. Para una mejor lectura ver documento en la página Web Gerencie, junio 2018, Exoneración de aportes a salud, ICBF y SENA en el salario mínimo integral. 12. Los datos más recientes sobre la tasa efectiva de tributación de las perso nas naturales de altos ingresos pueden encontrarse en el documento High Incomes and personal taxation in a developing economy: Colombia 1991 – 2010 de Facundo Alverado y Juliana Londoño Vélez. 13. Para ver publicación completa ingresar al artículo As the rich become su per-rich, they pay lower taxes. For real en The Washington Post. 14. Las pérdidas tienen que ver con el funcionamiento de la Retención en la fuente del impuesto. 15. Esta información es tomada de los artículos 218 a 223 de la reforma tribu taria(Ley 1819 de 2016). Ingrese a Impuesto nacional a la gasolina y al ACPM: novedades introducidas por la reforma tributaria. 16. Esta información es tomada de la Ley 1819 de 2016, a la que nos referimos también como la última reforma tributaria. 17. Para mayor información con respecto a este impuesto en general y a sus antecedentes históricos en particular, ver Rodríguez y Sierra(2007). 18. Estas cifras fueron obtenidas de un análisis de información de Datos Abier tos Gobierno Digital de Colombia y de la DIAN- Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. 19. Estos son cálculos realizados con base en información obtenida de la DIAN y el Dane. 20. La regla fiscal(Ley 1473 de 2011) determina una meta anual en términos del déficit estructural que debe alcanzar el Gobierno Nacional Central (GNC) en cada vigencia. A partir del 2017, la regla fiscal condiciona al gobierno a reducir el déficit total y determina que éste debe ser equivalente al 1% del PIB e igual al déficit estructural en el 2027. De acuerdo con las estimaciones del Ministerio de Hacienda en el Marco Fiscal de Mediano Plazo 2018, el déficit total del Gobierno Nacional Central(GNC) en el 2018 será de 30.4 billones de pesos(3.1% del PIB) y en el 2019 tendrá que reducirse a 24.9 billones de pesos(2.4% del PIB). Esto implica que el déficit total del GNC deberá reducirse en 5.5 billones de pesos entre el 2018 y el 2019 para dar cumplimiento a la regla fiscal. Ver detalle en el documento Marco Fiscal de Mediano Plazo 2018, Ministe rio de Hacienda. 21. Mientras el impuesto a la renta para las personas jurídicas es de 5% del PIB en Colombia, en los países de la OCDE es de tan solo 2.8% del PIB. Esto quiere decir que las empresas en Colombia están sobrecargadas. El recau do por el impuesto a la renta corporativa en Colombia es de 45.6 billones de pesos(PIB 2017=$912.52 billones*5%). Si queremos alinearnos con las tasas de tributación de la OCDE entonces el recaudo tributario de las empresas debe disminuirse a 25.6 billones(recaudo actual* tasa de tribu tación OCDE/tasa tributación Colombia)=(45.6*2.8%.) /5.1%). Es decir, el recaudo debería disminuirse en 20 billones(25.6 billones-45.6 billones). Ver detalle en los artículos PIB 2017 precios corrientes del Banco de la Re pública de Colombia y en Tasas de tributación% del PIB Colombia y OCDE. 22. Tabla 1. Cobertura y Gasto Público por nivel Educativo Nivel Educativo Primaria Secundaria Terciaria Cobertura Neta Colombia 0.9 0.55 0.25 Cobertura Neta OCDE Gasto Total (privado+ público) Educación% del PIB 0.97 0.85 2% 0.42 1.7% Gasto Total Educación Billones Pesos 18.3 15.5 GDP COL billones de pesos(2017) 912.52 Fuente: Cálculos propios con base en información OCDE Education at a Glance. Gasto Total Alcanzar Niveles OCDE Gasto Público Adicional Alcanzar niveles OCDE 28.3 26 10 10.5 Nota 1: Se utilizan datos de cobertura neta para todos los cálculos de educación. La cobertura neta calcula el número de estudiantes matriculados que tienen la edad teórica para cursar los niveles educativos sobre la población de esa misma edad. Así estamos siendo amplios en los cálculos y evitando subestimar los recursos que deben presupuestarse. Nota 2: Suponemos que el gobierno será quien asuma el costo total de aumentar la cobertura en educación secunda ria y terciaria. Educación Secundaria: Para ampliar la cobertura actual y ajustarla con los niveles de la OCDE se requiere aumentar el gasto a 28.3 billones de pesos((Gasto total educación secundaria* cobertura OCDE) /Cobertura COL). Es decir, se requiere un gasto adicional de 10 billones de pesos(28.318.3).((Gasto público educación secundaria+gasto privado de educación secundaria)* cobertura OCDE) /Cobertura COL)- gasto total actual en educación secundaria. Educación Terciaria : Para ampliar la cobertura actual y ajustarla con los niveles de la OCDE se requiere aumentar el gasto a 26 billones de pesos((Gasto total educación secundaria* cobertura OCDE) /Cobertura COL). Es decir, se requiere un gasto adicional de 10.5 billones de pesos(2615.5).((Gasto público educación secundaria+gasto privado de educación secundaria)* cobertura OCDE) /Cobertura COL)- gasto total actual en educación terciaria. Fuentes: Cobertura Educación neta. Tabla C1.1 Enrolment rates by age group. Education at a Glance 2017: OECD Indicators. http://dx.doi. org/10.1787/888933560871 PIB 2017 precios corrientes: http://www.banrep.gov.co/es/ contenidos/page/pib-precios-corrientes-ramas Gasto Público en Educación como % del PIB, Tabla B2.3, Education at a Glance 2017: OECD Indicators. What proportion of national wealth is spent on educational institu tions? http://dx.doi. org/10.1787/888933560225 66 23. Tabla 2. Gasto Público y Privado por nivel educativo Colombia Gasto en Educación Primaria Secundaria Gasto Público Gasto Privado Gasto total PIB 2017 Gasto Público Gasto Privado Gasto total Gasto en Educación % del PIB 1.60% 0.50% 2.10% 1.60% 0.40% 2.00% Gasto Billones de pesos % de gasto $14.60 $4.56 $19.16 $912.52 $14.60 $3.65 $18.25 76% 24% 100% 80% 20% 100% Terciaria Gasto Público Gasto Privado Gasto total 0.80% 0.90% 1.70% $7.30 $8.21 $15.51 47% 53% 100% Fuente: Cálculos propios con base en información OCDE Education at a Glance. Tabla 3. Gasto por Estudiante y por nivel educativo Nivel Educativo Gasto por estu diante Col PPP (USD=1) Gasto por estu diante OCDE PPP (USD=1) Número estudiantes Diferencia gasto OCDE- COL Nivel Gasto Requerido Alcanzar Niveles OCDEBillones de pesos Gasto Público Adicional (requerido-actual público) Alcanzar nivel OCDE Billones de pesos Primaria Secundaria Terciaria 2,490 3,060 5,126 8,733 10,106 16,143 4,542,644 4,827,962 2,137,795 6,243 7,046 11,017 32.6 34.3 11.7 23.4 26.6 10.2 Tasa de cambio PPP(USD=1): 1184.92 Fuente: Cálculos propios con base en información OCDE Education at a Glance. 67 Nota: en este caso asumimos que el gobierno apoyaría tanto a los colegios públicos como a los privados a alcanzar el nivel de calidad educativa de la OCDE. Primaria: Para alcanzar el nivel de calidad educativa de la OCDE(gasto por estudiante) se necesita un nivel de gasto igual a 32.6 billones de pesos((Gasto por estudian te en la OCDE – Gasto por estudiante en Colombia)*(cober tura neta escolar en la OCDE=0.97)*(Estudiantes en edad primaria en Colombia)(tasa de cambio PPP (USD=1)). Suponiendo que el gobierno asumirá todos los costos de aumentar la calidad educativa, entonces el gasto adicional que debe hacer el sector público es de 23.4 billones de pesos(Gasto requerido Alcanzar niveles ocde(32.6)gasto actual sector público(9.2)). Gasto actual sector público: Gasto total por estudiante Col*(% gasto público)* cobertura neta escolar en la col=0.9)*(Estudiantes en edad primaria en Colombia)(tasa de cambio PPP(USD=1)). Secundaria: Para alcanzar el nivel de calidad educativa de la OCDE(gasto por estudiante) se necesita un nivel de gasto igual a 34.3 billones de pesos((Gasto por estudiante en la OCDE – Gasto por estudiante en Colombia)*(cobertu ra escolar en la OCDE)*(Estudiantes en edad secundaria en Colombia)(tasa de cambio PPP(USD=1)). Suponiendo que el gobierno asumirá todos los costos de aumentar la calidad educativa, entonces el gasto adicional que debe hacer el sector público es de 26.6 billones de pesos(Gasto requerido Alcanzar niveles ocde(34.3)- gasto actual sector público(7.7)). Gasto actual sector público: Gasto total por estudiante Col*(% gasto público)* cobertura neta escolar en la col)*(Estudiantes en edad primaria en Colombia)(tasa de cambio PPP(USD=1)). Terciaria: Para alcanzar el nivel de calidad educativa de la OCDE(gasto por estudiante) se necesita un nivel de gasto igual a 11.7 billones de pesos((Gasto por estudiante en la OCDE – Gasto por estudiante en Colombia)*(cober tura escolar en la OCDE)*(Estudiantes en edad terciaria en Colombia)(tasa de cambio PPP(USD=1)). Suponiendo que el gobierno asumirá todos los costos de aumentar la calidad educativa, entonces el gasto adicional que debe hacer el sector público es de 10.2 billones de pesos(Gasto requerido Alcanzar niveles ocde(11.7)- gasto actual sector público(1.5)). Gasto actual sector público: Gasto total por estudiante Col*(% gasto público)* cobertura neta escolar en la col)*(Estudiantes en edad primaria en Colombia)(tasa de cambio PPP(USD=1)). Fuentes: Tasa de cambio PPP(USD=1): 1184.92, pg. 426, Anexo 2, Tabla X2.1, Education at a Glance 2017: OECD Indicators http://www.oecd.org/education/ education-at-a-glance-19991487. htm Número de estudiantes por nivel educativo: https://stats.oecd.org/ Gasto por estudiante PPP(USD=1), Tabla B1.1 Education at a Glance 2017: OECD Indicators http://www. oecd.org/education/educa tion-at-a-glance-19991487.htm Gasto Público y Privado en Educación como% del PIB, Tabla B2.3, Education at a Glance 2017: OECD Indicators. What propor tion of national wealth is spent on educational institutions? http://dx.doi. org/10.1787/888933560225 24. Las opciones de gastos e ingresos que se muestran a continuación corres ponden exclusivamente al gobierno nacional. El rompecabezas excluye los presupuestos locales. Las opciones de gasto que se presentan correspon den al presupuesto general de la nación del 2018. Fuente: Presupuesto Ciudadano Ministerio de Hacienda. 25. Movimientos financieros(GMF) sea de 7.7 billones de pesos en el 2018. En un caso hipotético en el que se aumente el impuesto del 4x1000 al 5x1000 se estima que el recaudo sea de 9.6 billones de pesos(recaudo actual de gobierno por GMF* tasa de recaudo hipotética/tasa de recaudo actual)((7.7*5)/4). Es decir, un incremento de 1.9 billones de pesos(9.6 billones-7.7 billones). Marco Fiscal de Mediano Plazo 2018, Cuadro 2.8 Ingresos tributarios del Gobierno Nacional Central, P.150. 26. De acuerdo con las cifras del Ministerio de Hacienda, el recaudo por el IVA interno en el 2018 se estima en 33.8 billones de pesos. En un caso hipotético en el que la tarifa del IVA se aumente del 19% al 22% el recaudo aumentaría a 39.1 billones de pesos(recaudo actual de gobierno por IVA * tasa de recaudo hipotética/tasa de recaudo actual)((33.8*22%)/19%). Es decir, el recaudo se aumentaría en 5.3 billones de pesos(39.1 billo nes-33.8 billones). Marco Fiscal de Mediano Plazo 2018, Cuadro 2.8 Ingresos tributarios del Gobierno Nacional Central, P.150. 27. Para consultar en detalle ver Marco Fiscal de Mediano Plazo 2018, Cuadro 2.8 Ingresos tributarios del Gobierno Nacional Central, P.150. 28. El top 1% de la población con ingresos más altos concentra el 20% del total de los ingresos. Según la definición de ingresos totales de Alvaredo y Londoño(2013), esta cifra corresponde al 61.73% del PIB. De acuerdo con BanRep, el PIB(precios corrientes) en el 2017 fue de 912.52 billones de pesos.Por lo tanto el total de los ingresos es de 563.3 billones de pesos (912.52*61.73%). Es decir, que el 1% con ingresos más altos tiene ingre sos por aproximadamente 112.7 billones de pesos(563.3 billones*20%) y tributa a una tasa efectiva del 11.5% pagado a la nación 13 billones en impuestos(112.7 billones de pesos*11.5%). Estos ingresos del gobierno incluyen tanto el impuesto a la renta como las contribuciones a la segu ridad social que hace el top 1% de la poblacion con ingesos más altos. En un caso hipotético en el que la tasa de tributación se aumentara a 23% el recaudo sería de 25.9 billones de pesos(recaudo actual de gobierno impuesto a la renta de personas jurídicas* tasa efectiva hipotética/tasa efectiva actual)((13*23%)/11.5%) lo que representa un aumento de 12.9 billones de pesos(25.9 billones-13 billones). Más información consultando Alvaredo, F. and Londoño Vélez, J.(2013). Y el documento PIB 2017 precios corrientes del Banco de la República. 29. Tomado de Blu Radio(2017) 30. Tomado de la página web de Claudia López. 31. Tomado de Estadísticas tributarias en América Latina y el Caribe 2018. 68 Referencias As the rich become super-rich, they pay lower taxes. For real.[En línea] [Consultado el 8 de agosto 2018] Blu Radio.(2017). El dinero que se han robado por la corrupción equivale a 50 billones de pesos.[En línea][Consultado el 10 de agosto 2018] DANE.(2016). Gran Encuesta Integrada de Hogares- GEIH en Colombia. [En línea][Consultado el 9 de agosto 2018 Decreto número 510 de 2003(marzo 5).[En línea][Consultado el 8 de agosto 2018] Education at a Glance 2017: OECD Indicators.[En línea][Consultado el 7 de agosto 2018] Tasa de cambio PPP(USD=1): 1184.92, pg. 426, Anexo 2, Tabla X 2.1 y Gasto por estudiante PPP(USD=1), Tabla B1.1 Educa tion at a Glance 2017: OECD Indicators. Estadísticas tributarias en América Latina y el Caribe 2018.[En línea] [Consultado el 8 de agosto 2018] Tablas 3.2 y 4.3. Exoneración de aportes a salud, ICBF y SENA en el salario mínimo integral. [En línea][Consultado el 8 de agosto 2018] Generalidades del Impuesto de Timbre en Colombia. Noviembre de 2007. En línea] https://www.dian.gov.co/dian/cifras/Cuadernos%20de%20Trabajo/Generalidades%20del%20impuesto%20de%20timbre%20en%20Colombia%20(Actualizaci%C3%B3n).pdf>[Consultado el 8 de agosto 2018] High Incomes and personal taxation in a developing economy: Colom bia 1991 – 2010. Alvaredo, F. and Londoño Vélez, J.(2013).[En línea] [Consultado el 9 de agosto 2018] Impuesto nacional a la gasolina y al ACPM: novedades introducidas por la reforma tributaria.[En línea] https://actualicese.com/actualidad/2017/01/20/impuesto-nacional-a-la-gasolina-y-al-acpm-novedades-introducidas-por-la-reforma-tributaria/>[Consultado el 8 de agosto 2018] Impuesto sobre las ventas, IVA e impuesto nacional al consumo del Esta tuto Tributario.[En línea]< http://estatuto.co/?e=710>[Consultado el 8 de agosto 2018] Artículo 424: bienes que no causan al impuesto Ley 1819 de 2016[En línea][Consultado el 8 de agosto 2018] Marco fiscal de mediano plazo 2018.[En línea][Consultado el 8 de agosto 2018] Marco Fiscal de Mediano Plazo 2018.[En línea] [Consultado el 8 de agosto 2018] Cuadro 2.8 Ingresos tributarios del Gobierno Nacional Central, P.150. PIB a precios corrientes grandes ramas de actividad económica.[En línea] [Consultado el 7 de agosto 2018] Presupuesto ciudadano 2018.[En línea][Consultado el 8 de agosto 2018] Triquiñuela política para dilatar debate de salarios.(2016).[En línea][Consultado el 15 de agosto 2018] ¿Y si se eliminan los beneficios a la minería?[En línea]< http://justiciatributaria.co/wp-content/uploads/2018/04/¿Y-SI-SE-ELIMINAN-LOS-BENEFICIOS-A-LA-MINERÍA_media-ilovepdf-compressed.pdf>[Consultado el 7 de agosto 2018] Observatorio Fiscal, Departamento de Economía, Pontificia Universidad Javeriana Edificio Jorge Hoyos Vásquez, S.J. Carrera 7# 40B – 36. Piso 7 Bogotá, Colombia Friedrich-Ebert-Stiftung en Colombia Fescol Calle 71 N° 11-90 Bogotá, Colombia Tel. 57 1 3473077 69 70