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Acuerdo de Escazú : el proceso de negociación y el rol de los actores rumbo al la primera CoP
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FES BRIEFING ACUERDO DE ESCAZÚ El proceso de negociación y el rol de los actores rumbo a la primera CoP 28 de febrero de 2022 ¿DE DÓNDE VIENE EL ACUERDO DE ESCAZÚ? El 22 de abril de 2021, en el marco de las celebraciones del Día Internacional de la Madre Tierra y con la ratificación de 12 países, 1 entró en vigor el Acuerdo Regional sobre el Acce­so a la Información, la Participación Pública y la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe. Su texto final fue aprobado el 4 de marzo de 2018 en la última reu­nión del Comité de Negociación, con la participación de 24 de los 33 países de la región; esta reunión se llevó a cabo en el cantón de Escazú en la ciudad de San José, Costa Rica. De ahí que se le conoce también como Acuerdo de Escazú. El Acuerdo busca, como lo establece su artículo 1.°,garanti­zar la implementación plena y efectiva en América Latina y el Caribe de los derechos de acceso a la información, a la parti­cipación pública en la toma de decisiones ambientales y acce­so a la justicia en asuntos ambientales[], contribuyendo a la protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible(Acuerdo de Escazú, artículo 1.°). Este acuerdo sobre derechos humanos y sobre el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente sano es jurídica­mente vinculante para los países que lo han ratificado y para los que a él se adhieran. Se trata del primer instrumento de derechos humanos y medio ambiente exclusivo de la región, así como del primer acuerdo de su tipo en el mundo que contiene disposiciones específicas para las personas y organi­zaciones que defienden los derechos humanos en asuntos ambientales. Es el único tratado internacional que es un resultado directo de la Cumbre de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Soste­nible, conocida como Río+20, realizada en el año 2012 a pro­pósito de los 20 años de la Cumbre de la Tierra de Río 1992, 1. Antigua y Barbuda, Argentina, Bolivia, Ecuador, Guyana, México, Nicaragua, Panamá, Saint Kitts y Nevis, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía y Uruguay. y contó con el apoyo en aquel momento de los gobiernos de Chile, Costa Rica, Ecuador, Jamaica, México, Panamá, Para­guay, Perú, República Dominicana y Uruguay. Precisamente en la Cumbre de Río 92 se dio origen a varios instrumentos de derecho internacional fundacionales como la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, el Convenio de Diversidad Biológica, la Agenda 21 y la Declara­ción de Río. LAS INNOVACIONES DEL PROCESO DE NEGOCIACIÓN DEL ACUERDO DE ESCAZÚ Sus innovaciones tanto en el proceso de negociación como en sus contenidos hacen del Acuerdo de Escazú el instru­mento regional más trascendente en la materia en décadas. Representa la posibilidad de cooperación nacional, regional, intra y extra regional y fortalecimiento de capacidades nacio­nales, estatales y municipales. Escazú ha generado esperan­zas y expectativas en América Latina y el Caribe, región que registra un creciente número de conflictos socioambientales y altísimos índices de violencia y hostigamiento en contra de personas, organizaciones y comunidades que defienden los recursos naturales, la tierra y el territorio y sus derechos. Incorpora principios y preceptos muy pertinentes en la actua­lidad, como el principio de no regresión y el de progresividad, el principio precautorio y el de equidad intergeneracional. Entre los preceptos destacan la legitimación procesal activa, los estándares para la entrega de información ambiental con atención en comunidades potencialmente afectadas, o el de­recho a la participación desde las etapas iniciales de los pro­yectos, entre otros. El Acuerdo de Escazú es también innovador en la participa­ción de la sociedad civil, que ha sido una constante en todo el proceso, desde sus inicios hasta la aprobación del texto final y su entrada en vigor, y habrá de continuar en las futuras conferencias de las partes. Esta participación se dio a través de las Modalidades para la Participación del Público y del Mecanismo Público Regional. Todas las personas naturales o jurídicas pueden participar en el proceso y sus espacios bajo