Segundo ciclo del Examen Periódico Universal de Naciones Unidas | Alejandra Umpiérrez(compiladora) alegue que han infringido las leyes penales o a quienes se acuse o declare culpables de haber Infringido esas leyes, y en particular:[…] b) Siempre que sea apropiado y deseable, la adopción de medidas para tratar a esos niños sin recurrir a procedimientos judiciales, en el entendimiento de que se respetarán plenamente los derechos humanos y las garantías legales». Este panorama recrudece con la aprobación de la ley 19055, que agrava penas, convirtiendo la privación de libertad en regla al establecer que no pueden ser excarcelables por el plazo de un año los adolescentes que comentan delitos gravísimos. Es preocupante la regresividad que está viviendo el país en aquellos buenos estándares logrados por el Código de la Niñez y Adolescencia, que se están desmoronando, y especialmente porque las evaluaciones sobre la aplicación del Código de la Niñez y la Adolescencia( cna ) que se han realizado a la fecha indican que las mejoras a la legislación deben orientarse en una línea de fortalecer aquellas cuestiones vinculadas a la protección de los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes en aquellas normas que aún mantienen el esquema tutelar en la forma de trato e intervención, en particular destacamos el artículo 117, o disminuyendo los márgenes de discrecionalidad que permite particularmente en sus artículos 91 y 86. La línea sigue siendo la de profundizar el desmantelamiento de los derechos reconocidos por el cna que se instauró con la Ley de procedimientos policiales en la pasada administración. Nuestros sectores políticos legislativos desestiman un camino ensayado en otros países, y con buenos resultados, de no judicialización y de instalación de formas alternativas de enfrentar los diferentes conflictos que se presentan. Y lo recalcamos particularmente porque esta conducta punible—tentativa de hurto—, donde el daño es de escasa relevancia y la potencialidad que presenta para instalar métodos como la mediación para componer el conflicto e iniciar procesos interesantes de responsabilización por el daño provocado, parece no ser de interés para afrontar este tipo de problemáticas. La Campaña por la baja de la edad de imputabilidad En este escenario se encuentra instaurado además en la sociedad el debate para rebajar la edad de imputabilidad, pretendiendo aplicar a los adolescentes que cometen delitos el derecho penal de adultos a partir de los 16 años de edad. Para ello, junto a las elecciones nacionales se plebiscitará una reforma a la Constitución que plantea juzgar como adultos a los adolescentes de entre 16 y 18 años. El eventual triunfo de la reforma constitucional comprometería seriamente los derechos de los adolescentes en el país. La Privación de libertad Es la sanción más utilizada por los jueces en relación a las sanciones no privativas de libertad y es altamente preocupante su utilización como medida cautelar. Esta situación se suma a las condiciones de la privación de la libertad que a la fecha y desde hace mas de 20 años presenta problemas estructurales que las diferentes administraciones no han sabido resolver; entre ellos destacamos ausencia de planes y programas por centro y personalizados a cada adolescente, encierro que supera en la mayoría de los centros las 20 horas, nula inserción comunitaria y medicación psiquiátrica suministrada como placebo para sobrellevar el encierro y no como tratamiento a temas de salud. Destacamos la reciente creación del Sirpa(Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente), que ha sido una señal dada por todo el sistema político en relación a la temática con muchos recursos económicos. Sin embargo nos preocupa que aún no se conozcan planes de trabajo, así como la selección de nuevos trabajadores que se ha hecho rebajando requisitos para acceder a los mismos, bastando solamente en uno de sus últimos llamados el tener enseñanza primaria completa. En este escenario, el comienzo de la aplicación de las medidas privativas de libertad en forma preceptiva para determinados delitos, previstas por la nueva ley, ha determinado un incremento 25
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Segundo ciclo del Examen Periódico Universal de Naciones Unidas : compilado de contribuciones presentadas por organizaciones de la sociedad civil de Uruguay, Setiembre de 2013
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