http://www.fesnica.org.ni 2.2 Acuerdos comerciales México-Centroamérica 8 Las relaciones de Centroamérica con México son históricas y por naturaleza han estado impregnadas por hechos sociales y políticos destacados. El 11 de enero de 1991, los Presidentes de México y de los países Centroamericanos suscribieron la Declaración de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, en la que acordaron la creación de una zona de libre comercio con fecha prevista para el 31 de diciembre de 1996. El 20 de noviembre de 1992, los seis países firmaron el Acuerdo Marco Multilateral para el Programa de Liberalización Comercial. Teniendo como base los parámetros para las negociaciones bilaterales establecidas en el acuerdo en referencia, dos países de Centroamérica(Costa Rica y Nicaragua) decidieron adelantar negociaciones bilaterales con México, de tal forma que actualmente son los acuerdos bilaterales ya negociados que están en plena vigencia. Posteriormente, Guatemala, El Salvador y Honduras se agruparon y conformaron lo que se conoce como el Triángulo del Norte e iniciaron conversaciones para la firma de un tratado comercial que integrará a las economías de los tres países con México, lográndose poner en funciones dicho tratado en el año 2001. Tratado de Libre Comercio México-Costa Rica: Este acuerdo comercial entró en vigor en enero de 1995. Mediante este acuerdo Costa Rica y México redujeron las tasas arancelarias a cero en un 73% y 79% de las partidas arancelarias. Costa Rica excluyó de la negociación comercial el 2% de sus productos correspondientes al sector agrícola y México excluyó el 1% de sus productos. En dicho acuerdo no se contempló la negociación comercial del sector servicios, como se muestra en el Cuadro No. 2, en el que, además, se presentan los capítulos que conforman los acuerdos comerciales firmados por los países centroamericanos. Tratado Comercial Triángulo del Norte(El Salvador, Guatemala y Honduras) y México: Este tratado fue suscrito en el año 2000 y entró en vigor durante el primer semestre de 2001. En apariencia también contempla un trato asimétrico que parte del reconocimiento de niveles de desarrollo dispares entre ambos socios comerciales. En el referido tratado se tiene como objetivo ampliar las facilidades de los países menos desarrollados para acceder a los mercados de México, a través de calendarios de desgravación menos restrictivos. Esto incluye no sólo menores velocidades de desgravación, sino también plazos más largos de desgravación para los países del Triángulo del Norte y períodos de gracia en la desgravación de las tasas base. El tratado México Triángulo del Norte contempla 12 tipos de desgravaciones arancelarias que abarcan desde la categoría que incluye los bienes cuya desgravación se produce de manera inmediata(categoría A), hasta aquellos para los cuales se contempla una desgravación progresiva en 12 disminuciones anuales(categoría C12) 9 . 2.3 Tratado de Libre Comercio México-Nicaragua Nicaragua negoció con México un Tratado de Libre Comercio con Trato Especial y Diferenciado. Este acuerdo tiene en apariencia un trato“asimétrico" a favor de Nicaragua. Según los términos del tratado, el 77% de las exportaciones nicaragüenses están exentas del pago del arancel de manera inmediata. El 3% quedaría libre en un plazo de 5 años, el 6% en un plazo de 10 años y el 14% en 15 años. Sin embargo, de facto, el 63% de las exportaciones nicaragüenses entraron libres del pago de derechos arancelarios antes de la entrada en vigencia del tratado. Esto significa que de hecho México desgrava sólo el 14% en un plazo inmediato. Por su parte, Nicaragua desgrava el 45% de manera inmediata, el 33% en 5 años y el 19% en 10 años. El capítulo sobre propiedad 8 http:// www.sieca.org.gt/ 9 Para un mejor conocimiento del Tratado de Comercio México-El Triángulo del Norte, véase estudio realizado por la CEPAL No. LC/MEX/L.484 del 24 de julio de 2001. 10
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ALCA y tratados de libre comercio : oportunidades y retos para la integración Centroamericana
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