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Espacio frontera, jóvenes de izquierda en reflexión, análisis y construcción política
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gunta: ¿Qué es ser un«joven de izquierda»?. A pesar de no haber arribado a consensos, el proceso no esperó definir esta incógnita para continuar avanzando y enriqueciéndose con­siderando que es una identidad en construc­ción en espacios de este tipo. La discusión y el enfoque en cada uno de los temas plantea­dos de interés son los que irán respondiendo a una postura ideológica y no la definición a priori. Primera charla técnica… El primer tema a trabajar definido por el Es­pacio es: Sistema Penal Uruguayo. Se invito a integrantes de la organización IELSUR a que expusieran su visión y trabajo en esta temáti­ca. Luego se realizó un intercambio. Transcribimos la relatoría generada por Daniel Arbulo de esta charla. Sistema Penal esta integrado por los siguientes segmentos: 1. Legislativo: Perspectiva electoral los hace sensibles a los discursos de emergencia. La reite­ración de las campañas de ley y orden y el impulso para que operadores políti­cos, impotentes para producir cambios significativos(reducidos a una función política gerencial), provoca que se res­ponda con una ideología de seguridad ciudadana que se traduce en leyes re­presivas. Entendemos por legislación penal de emergencia, siguiendo a Zaffaroni, aquella que: a) se funda en un hecho nuevo, pretendidamente nuevo o ex­traordinario; b) la opinión pública re­clama una solución a los problemas generados por tal hecho; c) la ley penal no resuelve el problema, pero tiene por objeto proporcionar a la opinión pública la sensación de que tiende a resolverlo o a reducirlo; d) adopta reglas que re­12 sultan diferentes de las tradicionales en el Derecho Penal liberal, sea porque lo modifican en su área o en general, por­que crean un Derecho Penal especial o alteran el Derecho Penal general. Además de la legislación de emergen­cia, tiene lugar una generalización de una técnica legislativa según la cual es aconsejable que en casi todas las leyes no penales se incorpore algún tipo pe­nal, por lo cual, aparecen tipos penales en leyes totalmente alejadas de la ma­teria, redactados descuidadamente(ej. Ley de tránsito). 2. Policial(es una estructura burocrática au­toritaria, verticalizada); algunos recursos policiales que habilitan una violencia insti­tucional evitable son la detención en averi­guaciones(antes prevista en el Dec. 690/80, hoy derogado, si bien el instituto vuelve a aparecer en el proyecto de ley de procedi­mientos policiales) y otras formas de inter­vención. El segmento carcelario esta sub­sumido en la órbita policial(depende del Ministerio del Interior); no cumple con el rol de rehabilitar(ello ha sido demostrado hace tiempo por la criminología), sin embargo, el acceso a beneficios excarcelatorios(como la libertad anticipada) se hacen depender (por la legislación) de los signos de rehabi­litación que muestren los internos. 3. Judicial(es una estructura burocrática, cuya independencia es más normativa que real(venia, falta de autonomía finan­ciera, etc.). Tradicionalmente se afirma que el poder judicial se limita a aplicar el de­recho, casi mecánicamente; sin embargo, una descripción más realista debe asumir que en la interpretación de la ley hay un margen de discrecionalidad(con el cual puede asociarse el poder político del juez). Claramente, el modo en que los jueces ad­ministran ese margen de discrecionalidad, tiene una incidencia que quita garantías, ya que para hechos similares hay juicios y garantías diferenciales. Variables Pseu­do Externas: 1. Formación de los Recursos Humanos que participan del sistema; 2. Medios de Comunicación generan y for-