gunta: ¿Qué es ser un«joven de izquierda»?. A pesar de no haber arribado a consensos, el proceso no esperó definir esta incógnita para continuar avanzando y enriqueciéndose considerando que es una identidad en construcción en espacios de este tipo. La discusión y el enfoque en cada uno de los temas planteados de interés son los que irán respondiendo a una postura ideológica y no la definición a priori. Primera charla técnica… El primer tema a trabajar definido por el Espacio es: Sistema Penal Uruguayo. Se invito a integrantes de la organización IELSUR a que expusieran su visión y trabajo en esta temática. Luego se realizó un intercambio. Transcribimos la relatoría generada por Daniel Arbulo de esta charla. Sistema Penal esta integrado por los siguientes segmentos: 1. Legislativo: Perspectiva electoral los hace sensibles a los discursos de emergencia. La reiteración de las campañas de ley y orden y el impulso para que operadores políticos, impotentes para producir cambios significativos(reducidos a una función política gerencial), provoca que se responda con una ideología de seguridad ciudadana que se traduce en leyes represivas. Entendemos por legislación penal de emergencia, siguiendo a Zaffaroni, aquella que: a) se funda en un hecho nuevo, pretendidamente nuevo o extraordinario; b) la opinión pública reclama una solución a los problemas generados por tal hecho; c) la ley penal no resuelve el problema, pero tiene por objeto proporcionar a la opinión pública la sensación de que tiende a resolverlo o a reducirlo; d) adopta reglas que re12 sultan diferentes de las tradicionales en el Derecho Penal liberal, sea porque lo modifican en su área o en general, porque crean un Derecho Penal especial o alteran el Derecho Penal general. Además de la legislación de emergencia, tiene lugar una generalización de una técnica legislativa según la cual es aconsejable que en casi todas las leyes no penales se incorpore algún tipo penal, por lo cual, aparecen tipos penales en leyes totalmente alejadas de la materia, redactados descuidadamente(ej. Ley de tránsito). 2. Policial(es una estructura burocrática autoritaria, verticalizada); algunos recursos policiales que habilitan una violencia institucional evitable son la detención en averiguaciones(antes prevista en el Dec. 690/80, hoy derogado, si bien el instituto vuelve a aparecer en el proyecto de ley de procedimientos policiales) y otras formas de intervención. El segmento carcelario esta subsumido en la órbita policial(depende del Ministerio del Interior); no cumple con el rol de rehabilitar(ello ha sido demostrado hace tiempo por la criminología), sin embargo, el acceso a beneficios excarcelatorios(como la libertad anticipada) se hacen depender (por la legislación) de los signos de rehabilitación que muestren los internos. 3. Judicial(es una estructura burocrática, cuya independencia es más normativa que real(venia, falta de autonomía financiera, etc.). Tradicionalmente se afirma que el poder judicial se limita a aplicar el derecho, casi mecánicamente; sin embargo, una descripción más realista debe asumir que en la interpretación de la ley hay un margen de discrecionalidad(con el cual puede asociarse el poder político del juez). Claramente, el modo en que los jueces administran ese margen de discrecionalidad, tiene una incidencia que quita garantías, ya que para hechos similares hay juicios y garantías diferenciales. Variables Pseudo Externas: 1. Formación de los Recursos Humanos que participan del sistema; 2. Medios de Comunicación generan y for-
Druckschrift
Espacio frontera, jóvenes de izquierda en reflexión, análisis y construcción política
Entstehung
Einzelbild herunterladen
verfügbare Breiten