y han retomado con más madurez los viejos ideales de la unidad continental o regional: se reconocen las asimetrías, se ponderan las relaciones con otros bloques, se asume el desafío de la globalización, se admite la interdependencia planetaria pero se reitera una y otra vez que la integración es una clave de fortaleza y superación para enfrentar las nuevas realidades. Todos los países involucrados han desarrollado en los últimos tiempos nuevas conceptuaciones sobre el papel de la cultura y el desarrollo; todos los estados han suscrito las principales convenciones de la UNESCO en la materia(particularmente, a estos efectos, la conocida como de la diversidad cultural) 13 ; y todos han suscrito la Carta Cultural Iberoamericana, cargada de definiciones, principios y compromisos sobre los temas que se analizan aquí. No se ha escatimado en manifestaciones convergentes en numerosos eventos como congresos, seminarios y reuniones, tan frecuentes que cierran el círculo y apremian a concreciones más trascendentes que las conocidas hasta ahora. El protocolo y el sello Ya en la primera Reunión de Ministros de Cultura del MERCOSUR celebrada el 3 de febrero de 1996 en Canela, Brasil, se proyectó y discutió el Protocolo de Integración Cultural del MERCOSUR que sería aprobado a fin de ese año en Fortaleza, Brasil, por el Consejo del Mercado Común. El protocolo fue firmado por los gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa de Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, originarios“Estados Partes” del MERCOSUR. Hace referencia al Tratado de Asunción firmado el 26 de marzo de 1991 y al Memorándum de Entendimiento suscripto en Buenos Aires el 15 de marzo de 1995, en el marco de la Primera Reunión Especializada de Cultura. El texto debe leerse sin olvidar un contexto en el que, como se dijo, lo más trascendente era que comenzaban a consolidarse las democracias recién recuperadas. Del mismo modo, deberá recordarse que los firmantes eran países(gobiernos, Estados) que hasta entonces no habían desplegado políticas culturales sostenidas(explícitas), no se discutía públicamente sobre los nuevos giros que aquellas alcanzaban en otras partes o, en todo caso, las políticas del sector no habían sido objeto de interés especial por las elites gobernantes. Desde ese ángulo, es relevante el breve y expresivo preámbulo:“Conscientes de que la cultura constituye un elemento primordial de los procesos de integración y que la cooperación y el intercambio cultural generan nuevos fenómenos y realidades; Inspirados en el respeto a la diversidad de las identidades y en el enriquecimiento mutuo; Atentos a que la dinámica cultural es factor determinante en el fortalecimiento de los valores de la democracia y de la convivencia en las sociedades. Acuerdan:…”. Puede decirse que el documento pasa revista de casi todos los temas que formaban-y forman- parte del interés del medio cultural de entonces. Los compromisos asumidos, más allá de su escaso cumplimiento real al cabo de casi quince años de entrado en vigor, son elocuentes respecto áreas, etapas, políticas y medios. Por supuesto, se podrá decir que es un decálogo de buenas intenciones, que es un documento “políticamente correcto”, pero, se insiste una vez más, esa manera de ver no deja apreciar la progresiva acumulación de nociones y compromisos. De los veinte artículos que tiene el acuerdo firmado en Fortaleza el 16 de diciembre de 1996, hay tres centrales que de alguna manera serán el sustento de lo que inmediatamente se aprobó como“Sello MERCOSUR”, dos artículos que refieren de una forma u otra al deseo siempre manifestado de la libre circulación de bienes y servicios culturales. Estos dicen concretamente:(XIII) Los Estados Partes adoptarán medidas tendientes a facilitar el ingreso temporario, en sus respectivos territorios de material destinado a la realización de proyectos culturales aprobados por las autoridades competentes de los Estados Partes.(XIV) Los Estados Partes estimularán la adopción de medidas que faciliten la circulación de agentes culturales vinculados a la ejecución de proyectos de naturaleza cultural.” Durante ese impulso, tres días antes de suscribirse el protocolo, el Grupo Mercado Común 14 resolvió“Aprobar la norma relativa al“Tratamiento Aduanero para Circulación, en los Países del MERCOSUR, de Bienes integrantes de Proyectos 13 VVAA,“Legislaciones en el MERCOSUR relativas a las Convenciones de Cultura aprobadas por la UNESCO”, Oficina Regional de Ciencia de la UNESCO para América Latina y el Caribe, Montevideo, 2007. 14 El Grupo Mercado Común es el órgano ejecutivo del MERCOSUR, se pronuncia mediante Resoluciones, que son obligatorias para los Estados Partes. 194 | MERCOSUR 20 años Culturales aprobados por los Órganos Competentes”(XXIV GMC – Fortaleza, 13/12/96). La resolución, que considera “la importancia de facilitar la circulación de bienes que sean parte de proyectos culturales”, aprueba“la norma relativa al Tratamiento Aduanero para la circulación en los países del MERCOSUR, de bienes integrantes de proyectos culturales aprobados por los órganos competentes”. En el artículo 2 señala que la disposición entrará en vigencia el 1º abril de 1997. A partir de allí comenzó el largo intento para aplicar en el ámbito regional el llamado Sello MERCOSUR Cultural, designación que figura por primera vez formalmente en el anexo de dicha resolución. En 2008 hay otra determinación relevante, esta vez como Decisión, categoría de las normas resultantes del Consejo Mercado Común, también obligatorias para los estados parte( ut supra, nota 2). En este caso se pretendió corregir el aspecto que se consideraba entorpecía la aplicación del instrumento aprobado once años antes. Como se entendía que no se aplicaba porque faltaban criterios concretos, acordados técnicamente entre los cuatro paíes, se estableció en esa norma precisos alcances y requerimientos formales para la emisión y el reconocimiento del Sello, luego de considerar“Que la reglamentación del Sello MERCOSUR Cultural es fundamental para la operacionalización de la libre circulación de bienes culturales prevista por la Resolución Nº. 122/96 del GMC. Que la pronta implementación del Sello MERCOSUR Cultural fue requerida por los Señores Presidentes de la República de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados, en su Comunicado Conjunto del 1º de julio de 2008. Que los Ministros de Cultura del MERCOSUR, reunidos en la ciudad de Río de Janeiro, el 05 de diciembre de 2008, renovaron su compromiso de concluir los trabajos para la definición de las formalidades necesarias a la implementación del Sello MERCOSUR Cultural.” Desde otro ángulo, en el mes de junio del mismo año 2008“los ministros, ministras y máximas autoridades de Cultura” de los países del MERCOSUR suscribieron una“declaración de integración cultural del MERCOSUR complementario del acta de Fortaleza” 15 , donde si bien se ratifican y amplían los acuerdos integracionistas, de manera quizás ilustrativamente errática se habla de“acta” y no de protocolo; lo firman los países asociados(además de Venezuela, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador y Perú); y ni siquiera se menciona el sello“aduanero”, como se le llamó en otra época. El imaginario colectivo Los mitos no siempre ayudan a encaminar las cosas. En el imaginario de los agentes culturales de la región, quizás“Persuadidos de que la libre circulación de personas y bienes culturales entre los países miembros del MERCOSUR resulta fundamental para la integración cultural”(Protocolo de Integración Cultural), el Sello MERCOSUR Cultural se presentó desde siempre como la posibilidad concreta de la libre circulación de bienes y servicios artísticos. Tanto es así que la propia Decisión 33/08 del CMC referida anteriormente, se propone la“operacionalización” de la libre circulación de bienes culturales. Los medios de la región se han hecho eco de esa misma percepción, incluso en un clipping especializado como el de Recursos Culturales se lee:“Paso a paso avanza la implementación del sello MERCOSUR Cultural que establecerá la libre circulación de los bienes y servicios culturales entre los países de la región.“Sólo falta que Brasil y Uruguay obtengan la ratificación de sus respectivas aduanas”, dijo el entusiasta secretario de Cultura de la Nación, José Nun, al diario Página/12” 16 . Incluso, más lejos, la prensa colombiana estimulaba comprensiblemente estas expectativas. Una crónica de la VIII Reunión del MERCOSUR Cultural comentaba que“uno de los asuntos prioritarios que se abordarán durante este encuentro, es la consolidación de mecanismos que permitan implementar el Sello MERCOSUR”, mecanismo que busca generar una libre circulación de bienes y servicios culturales entre los países miembros. Allí se citaba a la representante del Ministerio (Secretaría) de Cultura de Paraguay, Rocío Ortega:“Buscamos evitar los exagerados trámites aduaneros, sin descuidar los mecanismos de seguridad frente al tráfico ilícito de piezas y obras de arte”. Y también declaraba Luz Amparo Medina, coordinadora de Asuntos Internacionales y Cooperación del Ministerio de Cultura colombiano:“Aunque Colombia es actualmente un Estado asociado al MERCOSUR cultural, sabemos que la creación del Sello MERCOSUR será un incentivo 15 http://www.sicsur.org/tratadosinternacionales/index.php?idpage=4. Último acceso, 20 de setiembre de 2010. 16 http://www.recursosculturales.com.ar/blog/?p=320. Último acceso, 9 de marzo de 2010. MERCOSUR 20 años | 195
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