de suscribir el acuerdo era que“la ampliación de las actuales dimensiones de sus mercados nacionales, a través de la integración, constituye condición fundamental para acelerar sus procesos de desarrollo económico con justicia social”, se agregaba a renglón seguido que se entendía que esto debía ser alcanzado“mediante el más eficaz aprovechamiento de los recursos disponibles, la preservación del medio ambiente, el mejoramiento de las interconexiones físicas, la coordinación de las políticas macroeconómicas y la complementación de los diferentes sectores de la economía, con base en los principios de gradualidad, flexibilidad y equilibrio”. Aún en la mirada más pesimista, advirtiendo que esta es la única y exclusiva mención a la necesidad de atender la dimensión ambiental del desarrollo presente en dicho entendimiento, vale la pena anotar que este reconocimiento se realiza en la introducción misma del Tratado, condicionando absolutamente todo el resto de los acuerdos y compromisos asumidos. Si la tentación es a considerar la pequeñez del paso dado, no puede dejar de observarse que ese paso está entre los primeros dados en conjunto y que la propia amplitud y vaguedad de la formulación permitiría luego avances en varios sentidos, sin condicionamientos previos. En todo caso, más allá del optimismo con que se quiera mirar el tema, es incontrastable el hecho de que la mirada ambiental del comercio en particular o del desarrollo en general no fue una prioridad inicial en la agenda de los gobernantes fundadores del MERCOSUR, y la lentitud con que los temas ambientales fueron incorporándose a la agenda –y la lentitud con que fueron evolucionando— es un claro indicador de ello. La evolución política Desde los mismos comienzos del año 1992, en todo el mundo se sentía la influencia de la Cumbre que, a mediados de año, pondría al tema del desarrollo sostenible en el centro de la atención planetaria. Y siendo Río de Janeiro la sede, además, resultaba casi impensable que Brasil y su nuevo ámbito de acción regional no intentaran inaugurar la alianza comercial con una postura en común. Así, en febrero de ese año, los cuatro presidentes del bloque se reunirían en la sureña ciudad de Canela(Río Grande do Sul) de donde surgiría la primera declaración de carácter ambiental en la historia del bloque subregional. Se trata de la llamada—difícilmente pudo haber tenido otra denominación— Declaración de Canela: “La crisis ambiental amenaza la sobrevivencia de la Tierra. Vivimos en un ecosistema cuyo equilibrio es esencial para toda la humanidad. La protección del ambiente y la conservación racional de los recursos naturales requiere del firme compromiso de todos los Estados del mundo en la realización de una tarea concreta, que asegure a las generaciones futuras la subsistencia de las condiciones que hacen posible la vida en nuestro planeta”. Si bien este documento no emanaba formalmente del MERCOSUR(incluso Chile, país entonces todavía externo al bloque, participó en la reunión y firmó la declaración), bien puede considerarse esta como la primera acción conjunta del bloque en la materia: “Es imprescindible acordar inmediatamente fórmulas solidarias que impidan la reiteración de conductas depredatorias, destierren para siempre las actitudes egoístas o desaprensivas y aseguren que los proyectos contengan adecuadas evaluaciones de impacto ambiental”. La Declaración de Canela priorizó varios de los principios que luego seguirán pautando el comportamiento de los países del Grupo de los Setenta y Siete(G-77) en materia ambiental: responsabilidades compartidas pero diferenciadas, necesidad de cooperación y transferencia de recursos financieros y tecnológicos de los países desarrollados hacia los subdesarrollados, y mejoramiento de los instrumentos jurídicos internacionales para atender adecuadamente la integralidad de los recursos naturales. Pero tal vez el elemento más importante de este documento radique en el reconocimiento de las limitaciones del mercado para establecer caminos de desarrollo sostenible. En el apogeo de los gobiernos liberales en el sur del continente—en el clímax de la 204 | MERCOSUR 20 años ofensiva contra las regulaciones estatales— este concepto resultaba especialmente valioso e importante: “(…) Las fuerzas del mercado, por sí solas, no son suficientes para el establecimiento del Desarrollo Sostenible. Las transacciones comerciales deben incluir los costos ambientales causados en las etapas productivas sin transferirlos a generaciones futuras”. Casi inmediatamente después de la Cumbre de la Tierra, el MERCOSUR celebraba su segunda reunión del Consejo Mercado Común(CMC), en la localidad argentina de Las Leñas(fines de junio de 1992) y aquí sí, formalmente, el bloque asumía compromisos de carácter ambiental. Sin embargo, las tareas –entre las que se encontraba el relevamiento de la legislación nacional y provincial sobre medio ambiente— se reparten entre los grupos de trabajo existentes. Y no es sino hasta el inicio mismo de estos trabajos, cuando el carácter absolutamente transversal de la dimensión ambiental hizo ver que los mismos temas se estaban abordando, parcialmente, en distintos grupos de trabajo, que el Grupo Mercado Común (GMC) crea la Reunión Especializada de Medio Ambiente(REMA) 6 , para sistematizar el análisis de la normativa regional y sugerir las medidas tendientes a su armonización. No obstante ello, aún primaba en el bloque la mirada comercial, dimensión casi excluyente. Los objetivos que se le asignaron a la REMA fueron, sí, apuntar a armonizar la legislación ambiental de los países, pero no pensando en términos de desarrollo sostenible sino en términos comerciales: el mandato era estudiar, específicamente, las barreras no arancelarias que pudieran existir de modo de que condicionantes ambientales no se convirtieran en fuentes de desigualdad en la competitividad de los socios del MERCOSUR entre sí o respecto a terceros países 7 . Durante los años 1993 y 1994 la REMA se reúne en cinco oportunidades. En la segunda reunión, Argentina propone unas Directrices básicas en política ambiental, que son refrendadas en el siguiente encuentro y aprobadas por el GMC a fines de 1994 8 : “Asegurar condiciones equitativas de competitividad entre los Estados Parte por la inclusión del costo ambiental en el análisis de la estructura del costo total de cualquier proceso productivo” Directrices Básicas en Política Ambiental Pero no fue sino hasta el año 1995 en que los ministros de medio ambiente de los países del MERCOSUR se reunieron oficialmente. Montevideo fue la sede del encuentro(Uruguay había insistido en la realización de esta reunión) y la designación de la sede del Ministerio de Relaciones Exteriores uruguayo prestó su nombre a la declaración que cerraría esta reunión, uno de los hitos importantes en la materia en la historia del bloque. La Declaración de Taranco parte del reconocimiento del trabajo de la REMA y avanza un paso más, proclamando la necesidad de instalar un subgrupo de trabajo específico para la temática ambiental. Siguiendo la lógica con que se venían manejando estos aspectos –donde lo comercial es la guía de todo el accionar del bloque— se pone en primer lugar la preocupación por los impactos que podría generar la aplicación de las normas ISO 14.000 como factor diferenciador de competitividad para productos originarios del MERCOSUR en el mercado internacional. Pero también se pone de relieve la importancia de los estudios de impacto ambiental relativos al Proyecto Hidrovía Paraguay-Paraná(en conjunto y en cada país), y se destaca“la importancia de fomentar, en el ámbito del MERCOSUR, la concertación de acciones con miras a la armonización de procedimientos relativos a actividades que puedan generar impactos ambientales en ecosistemas compartidos”. La propuesta incluida en la Declaración de Taranco es recogida por el GMC que, finalmente, crea un Subgrupo de Trabajo específico para medio ambiente, el SGT Nº. 6 Resolución GMC N°. 22/92 7 Resolución GMC N°. 62/93 8 Resolución GMC N°. 10/94 MERCOSUR 20 años | 205
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