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Militares y gobernabilidad : ¿Cómo están cambiando las relaciones cívico-militares en América Latina?
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l Claudio Alonso 259 democracia, un mando compartido con los militares y aceptado por los suce­sivos gobiernos de derechas. A ese escenario se le suma la aprobación de la ley 15.848, caducidad de la pretensión punitiva del Estado, la cual aseguró la amnistía a los militares, imposibilitando el juzgamiento de quienes cometieron delitos de lesa huma­nidad en la dictadura, con lo que se aseguró la impunidad, lesionando la bús­queda de la verdad y cercenando toda posibilidad de impartir justicia, hasta la aprobación parlamentaria en 2011 de la ley 18.831, derestablecimiento para los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de Estado hasta el de marzo de 1985. Con esta norma se buscó que los crímenes de lesa hu­manidad no prescriban en el tiempo, la cual fue interpuesta reclamando su inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia por parte de militares y policías que fueron acusados de estos crímenes. P rocesos de cambio La aprobación de la ley marco de defensa nacional estableció una nueva de­finición conceptual de la defensa nacional, comprendiendo que la misma es una sumatoria de actividades civiles y militares. Esto permitió romper con un viejo paradigma en Uruguay, donde los asuntos de la defensa se ceñían estrictamente a lo militar, y trajo aparejado el desafío de desmontar viejas estructuras y que los civiles comenzaran a ocupar nuevos espacios antes ve­dados. Se estableció que la política de defensa debía propender a consensos, para asegurar que los cambios normativos fueran perdurables y escaparan a las presiones corporativas. Es así que en dicha norma se estableció una nueva estructura de la Se­cretaría de Estado, comenzando la etapa de integrar civiles al mando polí­tico-estratégico de la defensa nacional. Se definieron dos grandes áreas de trabajo, una de ellas referida a la Política de defensa, la cual se encarga del asesoramiento y gestión en asuntos de la política de defensa nacional e inter­nacionales de la cartera.