ya citadas participaron Asociación Amigos del Río Uruguay de Monte Caseros(Argentina) y la Comisión Binacional de Medio Ambiente y de los recursos Naturales Renovables Paso de Los Libres /Uruguayana(Argentina y Brasil). Estas entidades propusieron el envío de una carta para cada gobierno comunicando la existencia del Movimiento Transfroterizo. Al final de la reunión se firmó un acta manifestando la voluntad de un tratado de cooperación que da origen a este foro de la Triple Frontera Sur. En los próximos días se realizará una asamblea para formalizar y constituir una institución multinacional que este inscripta formalmente en los tres países.( Agencia Periodística del Mercosur, 03/02/06) Equilibrio en el Mercosur El Mecanismo de Adaptación Competitiva, acuerdo firmado entre Argentina y Brasil, si bien fue redactado para proteger a las industrias de ambos países, está escrito"a medida", para permitir que las exportaciones brasileñas no perjudiquen a los productores locales, y de cierta forma, se cumplió con lo prometido entre los presidentes, de concluir las negociaciones antes del 31 de enero(un día de diferencia no debe restarle mérito al tema). El Mecanismo de Adaptación Competitiva puede y debe, ser utilizado como punto de inflexión para que las industrias argentinas con dificultades para competir en el MERCOSUR( y con el mundo) se adapten y mejoren su productividad. De nada sirve pedir protección- y conseguirla si esta posibilidad no es utilizada para una reconversión productiva. Una herramienta de pseudo protección como ésta, permite que se defienda el mercado interno de posibles invasiones comerciales de Brasil, pero nuevos y mejores resultados en la balanza comercial entre los dos países, no se lograrán por arte de magia. Brasil exporta a Argentina productos con alto valor agregado. Argentina exporta a Brasil, productos con bajo valor agregado. La repercusión del acuerdo en Brasil, fue tal como se suponía. Desagradó totalmente al empresariado local, que manifestó su insatisfacción por no haber sido consultado sobre los alcances de lo firmado. Las críticas de los empresarios paulistas(representando casi el 40% del PBI brasileño) se orientan a los siguientes puntos: 1. El acuerdo debía proteger temporariamente a la industria Argentina, pero como está redactado el acuerdo, la protección puede extenderse en forma permanente(el acuerdo permite diversas interpretaciones en este sentido) ya que solo dejaría de existir si fuera creado algo similar para el MERCOSUR como un todo. 2. La industria brasileña solicitó que, luego de la posibilidad de implementar salvaguardas, se prohiba el uso de"antidumping", pero el acuerdo indica que podría usarse más que una herramienta de defensa comercial al mismo tiempo. 3. El acuerdo establece que la apertura de un proceso de investigación se daría con una representatividad del 35% del mercado(diversos fabricantes argentinos que representen al menos 35% del mercado argentino de ese producto). Este porcentaje, según los empresarios brasileños, es muy bajo y puede generar un aluvión de pedidos de apertura de procesos de verificación de daño industrial, lo que los obligaría a estar negociando en forma permanente y para varios productos/ sectores. 4. Las palabras"confidencialidad" y"urgencia", generan un cóctel explosivo, según los empresarios paulistas, y refuerzan: El gobierno argentino puede, utilizando la condición de información confidencial, no abrir los datos al gobierno brasileño. Argentina puede también aplicar"régimen de Urgencia" para la aplicación de salvaguardas en caso de teórico daño grave a un sector. Esta unión de confidencialidad y urgencia, podría, según los industriales vecinos, generar mucha arbitrariedad. 5. El período de análisis también deja abierta la puerta a posibles malos entendidos. El acuerdo indica que se deben analizar los últimos 36 meses. Esto retrotrae la situación al año 2003 y los empresarios brasileños, con justa razón, indican que cualquier comparación estadística con el año 2003(primer año de recupero económico argentino) mostrará invasión de productos. 11
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Nr.20(21.Jan./13.Febr.)
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