Estudio de Caso-“Autoempleo, Familia y el Proceso de Formalización” Marcial G. Pérez Herrera terres’tres, guardando sus diferencias en origen y procesos económico laborales, han forjado, sobre la base del esfuerzo familiar, su capacidad para sobrevivir con dignidad y desafiar las difíciles condiciones urbanas, donde las incapacidades de Gobiernos representantes del Estado, para generar políticas, en favor del empleo, los desajustes campo ciudad y la aplicación ineficiente de las dinámicas globales, han sido factores limitantes. 6.5. Las organizaciones de trabajadores de autoempleados, tanto a nivel colectivo como particular, han desarrollado, en los últimos 5 años importantes procesos de acumulación social, propositiva, visibilidad y capacidad de incidencia, que las colocan en un escenario expectante para influenciar en el futuro de políticas públicas que favorezcan la superación de los componentes de informalidad y su adecuado posicionamiento en la economía y futuro del país. 7. Propuestas de Lineamientos de Políticas Públicas dirigidas al Autoempleo Entendemos que las Políticas Públicas son“el conjunto de actividades de las instituciones de gobierno, actuando directamente o a través de agentes, y que van dirigidas a tener una influencia determinada sobre la vida de los ciudadanos”. La mayoría de las Políticas Públicas tienen un impacto directo en el bienestar de la población. En este marco de referencia referencial, planteamos a continuación, algunos lineamientos, que puedan ser promovidos por las organizaciones de trabajadores autoempleados, en una dimensión tanto general como específica, en cuanto a su aplicación. 7.1. Utilizar de manera efectiva y validada, en el accionar nacional, las Normas Internacionales de Trabajo de la OIT y de las Naciones Unidas para facilitar la transición de la economía informal a la economía formal, especialmente aquellos que forman parte instrumental de la Recomendación 204 que ha sido aprobada en la 104 CIT-OIT realizada en Junio 2015. 7.2. Impulsar el funcionamiento eficaz y eficiente de la Comisión Especial Tripartita de Economía Informal, inserta en el Consejo Nacional de Trabajo y Promoción del Empleo, afirmando la asignación de los recursos necesarios para su cabal funcionamiento. 7.3. Fortalecer y articular los programas de acción estatal, ubicados en los Ministerios de Industria, Trabajo, y órganos descentralizados asociados al financiamiento de las MYPES, hacia los trabajadores autoempleados y sus organizaciones, para lo cual, se elaborarán perfiles sectoriales, sobre la base de lo dispuesto en las leyes matrices y una lógica de innovación y reconversión tecnológica. 7.4. Potenciar las cajas de protección de los trabajadores autoempleados, especialmente, de los vendedores de diarios y revistas, en los aspectos de institucionalidad, servicios de salud complementarios y mayor asignación de recursos por parte del Ministerio de Economía y Finanzas 7.5. Establecer la estructura básica para lograr una Ley Marco del Trabajador y Trabajadora Autoempleados, definiendo y reconociendo la calidad jurídica del trabajador autoempleado, sus deberes, derechos, libertad sindical y establecer los lineamientos de las políticas públicas que permitan su acceso a la formalidad, la seguridad social, a una remuneración justa, a condiciones de trabajo adecuadas, a la promoción de sus capacidades, a la equidad e igualdad de oportunidades y 36
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