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Fundamentos del derecho ambiental Colombiano
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Principios ambientales 141 ambientales y de desarrollo sostenible, reconociendo así su soberanía nacio­nal y el contexto social, económico, cultural y político de cada país, así como las complejidades que cada factor representa internamente. En efecto, este precepto exige a los Estados el diseño de una legislación ambiental que permita sentar las bases y dar cumplimiento a los postulados de desarrollo sostenible, involucrando a las empresas para que interrelacio­nen armónicamente el crecimiento económico con la protección ambiental, así como la equidad social y la sustentabilidad para las presentes y futuras generaciones(Mulieri y Paz, 2009). Ahora bien, es necesario tener en cuenta que el objetivo es que las leyes promulgadas en el derecho interno de los Estados consideren tanto la protec­ción del ambiente como el desarrollo social y económico al que se pretende llegar, lo cual requiere de la aplicación integral y armónica con los demás principios, tales como desarrollo sostenible y participación. Las disposicio­nes deben ser adecuadas y eficaces para cada contexto nacional, lo que exi­ge además de mecanismos e instrumentos que permitan materializar dichas normas y que no se queden en el cuerpo normativo sin posibilidades de ma­terializarse. 1.12 P rincipio de responsabilidad y reparación por daños ambientales Hace referencia al deber de los Estados de desarrollar un marco normativo respecto a la responsabilidad e indemnización de los daños ambientales ge­nerados por las actividades que se desarrollen en su jurisdicción o bajo su control, así como a la obligación de los particulares de asumir la responsa­bilidad por la afectación, peligro, riesgo o daño generado en el entorno y los recursos naturales, y de tomar las medidas necesarias para garantizar su re­paración. De acuerdo con Juste-Ruiz(1999), este principio reconoce la exigencia actual de adoptar mecanismos de responsabilidad civil que comprendan la