Fundamentos del derecho ambiental colombiano 152 2. L os principios ambientales consagrados en la legislación colombiana Además de los principios de la Declaración de Río referidos, el artículo 1° de la Ley 99 consagró como principios generales de la gestión ambiental los siguientes: La biodiversidad, por ser patrimonio nacional y de interés de la humanidad, debe ser protegida de forma prioritaria y aprovechada de forma sostenible. Las zonas de páramos, subpáramos, los nacimientos de agua y las zonas de recarga de acuíferos serán objeto de protección especial. En la utilización de los recursos hídricos el consumo humano tendrá prioridad sobre cualquier otro uso. La formulación de las políticas ambientales tendrá en cuenta el resultado del proceso de investigación científica. La protección del paisaje por ser patrimonio común. La acción para la protección y recuperación ambiental del país es una tarea conjunta y coordinada entre el Estado, la comunidad, las organizaciones no gubernamentales y el sector privado. La precaución y prevención. La prevención de desastres será materia de interés colectivo y las medidas tomadas para evitar o mitigar los efectos de su ocurrencia serán de obligatorio cumplimiento. Los estudios de impacto ambiental serán el instrumento básico para la toma de decisiones respecto a la construcción de obras y actividades que afecten significativamente el medio ambiente natural o artificial. El manejo ambiental es descentralizado, democrático y participativo.
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