Fundamentos del derecho ambiental colombiano 186 1. B iodiversidad La biodiversidad es la base del patrimonio natural y cultural de la Nación, por lo cual se han formulado varias políticas ambientales con diferentes propósitos. En el ámbito marino-costero, el Ministerio del Medio Ambiente(hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, MADS ), basándose en los postulados de la Cumbre de Río de 1992 sobre la necesidad de contar con planes de manejo costero, así como en los principios generales contenidos en la Constitución política y las funciones asignadas en la Ley 99, acogió en el año 2000 la Política nacional ambiental para el desarrollo sostenible de los espacios oceánicos y las zonas costeras e insulares de Colombia. Este instrumento resalta el papel de las zonas costeras para el soporte de diversas actividades económicas, así como para los usos tradicionales de las comunidades locales. Sin embargo, identifica cómo estas actividades han contribuido al deterioro de los ecosistemas marinos y costeros, causando conflictos por el uso y acceso a los recursos naturales. Por lo tanto, la política propende al desarrollo sostenible de los espacios oceánicos y las zonas costeras, cuyo manejo integrado contribuya a mejorar la calidad de vida de la población, al desarrollo armónico de las actividades productivas y la conservación de los ecosistemas y recursos marinos y costeros. Esto por medio del ordenamiento ambiental territorial como eje estratégico para su cumplimiento(Ministerio del Medio Ambiente, 2000). Además, en aras de posicionar a los océanos como factor de desarrollo sostenible dentro de la agenda pública nacional, en 2020 se formuló el Documento Conpes 3990 a fin de proyectar al país como potencia bioceánica en 2030, mediante el aprovechamiento integral y sostenible de su ubicación estratégica, condiciones oceánicas y recursos naturales. Para ello, el instrumento se fundamenta en cinco ejes estratégicos relacionados con: 1) la gobernanza interinstitucional biooceánica; 2) la soberanía, defensa y seguridad integral marítima; 3) el conocimiento, investigación y cultura marítima; 4) el ordenamiento y gestión de los espacios marinos, costeros e insulares; y 5) el desarrollo de las actividades marítimas y los municipios costeros(Departamento Nacional de Planeación, 2020).
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