SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL(SINA) L as disposiciones ambientales consagradas en la Carta política de 1991 implicaron una serie de retos y desafíos respecto a su materialización y cumplimiento, especialmente por algunas contradicciones que se encontraban frente a lo que se había desarrollado hasta el momento en nuestro ordenamiento jurídico. Sobre esto, sin duda un elemento de suma importancia fue la institucionalidad en esta materia y la designación de las funciones que tendría cada entidad en la administración, el manejo, la protección, conservación o restauración del medio natural. En ese escenario, con posterioridad a la constituyente de 1991 y la Cumbre de la Tierra de 1992, luego de un proceso de concertación y consulta de diversos sectores, se expidió la Ley 99 de 1993 por medio de la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente 1 , se reordena el sector público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables y se organiza el Sistema Nacional Ambiental, en aras de lograr el desarrollo sostenible, conforme con las disposiciones constitucionales y teniendo en cuenta el interés de promover la descentralización. Así las cosas, en este capítulo presentaremos la institucionalidad ambiental en nuestro país, haciendo mención en primer lugar de algunos de sus antecedentes; de las competencias del orden nacional, regional, local y las transversales, así como de aquellas que el ordenamiento jurídico les otorga a 1 Hoy Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. — 215 —
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