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Fundamentos del derecho ambiental Colombiano
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Fundamentos del derecho ambiental colombiano 438 lo son: que se presente de manera personal, de interés lícito, cierto, material o moral, directo, actual, entre otros(Gómez-Rey y Rodríguez, 2018), lo cual implica una serie de retos en el ordenamiento jurídico. 2. D e la naturaleza patrimonial del E stado Las actuaciones de la administración deben atender a los fines del Estado y enmarcarse en el principio de responsabilidad, que reconoce que su actividad o inactividad que genere daños a los particulares, debe ser indemnizada. En ese entendido, al Estado como persona jurídica le corresponde indemnizar los efectos que sus actuaciones, o la falta de ellas, puedan tener sobre quienes no están en la obligación de soportarlas(Hutchinson, 2012). En materia ambiental, la Constitución política, como hemos revisado a lo largo de esta obra, consagra una serie de obligaciones para el Estado, entre las cuales podemos mencionar la contenida en el artículo 79, esto es, la rela­tiva a proteger la integridad y diversidad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines. Asimismo, en el artículo 80 encontramos la obligación del Estado de pla­nificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, conservación, restauración o sustitución. Además, prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados. Igualmente, debemos tener en cuenta que nuestra Carta política también prevé en el artículo 2° que son fines esenciales del Estadoservir a la comuni­dad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los prin­cipios, derechos y deberes consagrados en la Constitución, y que: las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.