Segundo ciclo del Examen Periódico Universal de Naciones Unidas | Alejandra Umpiérrez(compiladora) que la denunciante levanta la denuncia, denunciante o denunciado no concurren a audiencia o, más grave aún, en casos en los que se arriba a transacciones. La hipótesis en que decisores/ as homologuen acuerdos que refieren a derechos indisponibles, deriven a centros de mediación o archiven expedientes por la circunstancia de incomparecencia a audiencia constituye en todos los casos una vulneración a la naturaleza de los derechos garantizados por la normativa vigente y por tanto resulta indispensable que la Suprema Corte de Justicia revierta estas prácticas. Petición de la sociedad civil. El 7 de junio de 2012 un total de 104 organizaciones sociales que trabajan en derechos humanos de las mujeres y niñas impetraron una Acción de Petición ante la Suprema Corte de Justicia como la máxima jerarquía del Poder Judicial del Estado Uruguayo solicitando se dictara una Acordada estableciendo que se debía erradicar del sistema de justicia nacional un cúmulo de prácticas ilegítimas y arbitrarias ejecutadas por los Jueces y Juezas en aplicación de la Ley Nº 17524(violencia doméstica). Dichas prácticas—algunas de las cuales son señaladas en el presente capítulo— afectan negativamente a las mujeres víctimas sobrevivientes que acuden al sistema para solicitar garantías a su seguridad y a su vida. El día 26 de noviembre de 2012 la Suprema Corte de Justicia se pronunció amparando la Acción de Petición y aprobando la acordada n.º 7755, comunicada a todos los juzgados del país por Circular 158/2012, lo que tiene valor de obligación de naturaleza administrativa en el cumplimiento de la función jurisdiccional. En los meses transcurridos, las organizaciones hemos detectado que, pese al pronunciamiento del máximo órgano del Poder Judicial, los Decisores/as continúan ejecutando aquellas prácticas de confrontación entre víctima y victimario, adoptando medidas de protección con carácter «recíproco», ordinarización del proceso cautelar, no dan cuenta a los juzgados con competencia penal en caso de incumplimiento a las medidas cautelares, se niegan a resolver la situación de los niños/as relativa a la tenencia, guarda y pensiones alimenticias, no supervisan el cumplimiento de las medidas adoptadas, entre otras. Recomendaciones I) Que el Poder Judicial garantice el estricto cumplimiento de la Ley n.º 17514 por parte de los Jueces y Juezas competentes en su aplicación. II) Que la Suprema Corte de Justicia establezca un mecanismo de estricto seguimiento a la Acordada n.º 7755 por parte de los Jueces/ as que entienden en la aplicación de la Ley n.º 17514. III ) Que la Suprema Corte de Justicia ejerza(de oficio, por simple noticia o denuncia formal) la potestad disciplinaria en todos aquellos casos en los cuales los servidores públicos cometan prácticas ilegítimas y discriminatorias que menoscaben los derechos de las mujeres víctimas sobrevivientes. Armonización legislativa Art. 2 literales a y b de cedaw . Uruguay tiene una producción legislativa que da cuenta del intento de adecuar las normas internas a obligaciones asumidas en el ámbito internacional: la prohibición de discriminación y violación al principio de igualdad de trato y oportunidades en cualquier sector de la actividad laboral; el acompañamiento en la labor de parto; la incorporación al Código Penal del delito de violencia doméstica; la prevención, tratamiento y erradicación de la violencia doméstica que aplica en materia del derecho de familia; la participación equitativa en los órganos electivos nacionales y departamentales, así como en la dirección de los partidos políticos; el acoso sexual en los ámbitos laboral y educativo; el derecho a la identidad de género y al cambio de nombre y sexo en los documentos identificatorios; igualdad de oportu nidades y derechos entre hombres y mujeres; la salud sexual y reproductiva; la trata, entre otros. Sin embargo todos los esfuerzos normativos se erigen en leyes dispersas, que muchas veces no 35
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Segundo ciclo del Examen Periódico Universal de Naciones Unidas : compilado de contribuciones presentadas por organizaciones de la sociedad civil de Uruguay, Setiembre de 2013
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