Segundo ciclo del Examen Periódico Universal de Naciones Unidas | Alejandra Umpiérrez(compiladora) tas violaciones de derechos humanos podían ser investigados. El decreto suscitó esperanzas de que unos 80 casos pudieran ser reabiertos. Aunque estas medidas, y en particular la adopción de la Ley 18831, fueron pasos cruciales para abordar la impunidad por delitos cometidos en el pasado, las esperanzas de víctimas y familiares se vieron frustradas cuando la Suprema Corte de Justicia anuló, el 23 de febrero de 2013, dos artículos claves de la Ley 18831 en una sentencia. El fallo de la Suprema Corte mantiene formalmente abierta la posibilidad de que los jueces investiguen y, de haber elementos de convicción suficientes, enjuicien a los sospechosos de res ponsabilidad penal en violaciones de derechos humanos. Sin embargo, basándose en lo que Amnistía Internacional considera una interpretación errónea del principio de legalidad por parte de la Suprema Corte, el fallo concluye que los gobiernos cívico-militares previos(1973-1985) no cometieron ningún crimen de lesa humanidad porque estos no fueron tipificados como delito en la legislación nacional hasta 2006 y, por consiguiente, están sujetos a prescripción. Amnistía Internacional considera motivo de preocupación el hecho de que, en la práctica, el fallo de la Suprema Corte restablece las disposiciones de la Ley de Caducidad y pone en peligro toda investigación criminal sobre violaciones de derechos humanos cometidas durante el régimen cívico-militar del pasado. El fallo contraviene también la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 2011(véase supra ). En mayo de 2013, como respuesta a la última sentencia de la Suprema Corte, el Comité contra la Desaparición Forzada de la onu afirmó que Uruguay«debería asegurar que las desapariciones forzadas sean investigadas como tales y los responsables sancionados por este delito independientemente del tiempo transcurrido desde el inicio de la conducta delictiva». 37 Recomendaciones I) Abolir la Ley de Amnistía de 1986(Ley 15848, de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado) y garantizar que los autores de delitos de derecho internacional comparecen ante la justicia. II) Garantizar que no se aplican amnistías, normas relativas a la prescripción de los delitos, principios de no retroactividad del derecho penal u otras medidas semejantes a los delitos de derecho internacional ni a las violaciones de derechos humanos cometidas durante el régimen cívico-militar del pasado(1973-1985) y que se cumple íntegramente y sin demora la sentencia dictada en 2011 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Condiciones en las cárceles En los últimos años, las autoridades han tomado algunas medidas positivas para abordar las deficientes condiciones de vida en las cárceles, como el cierre de instalaciones en las que se daban condiciones de reclusión crueles e inhumanas—como«Las Latas», en el Penal de Libertad, donde se recluía a los presos en módulos metálicos— y la creación del Instituto Nacional de Rehabilitación. Sin embargo, según informes, algunas cárceles siguen sin disponer de una atención de la salud y una higiene adecuadas, así como de acceso a agua potable y aire fresco. Las autoridades tampoco han abordado de manera efectiva los problemas de hacinamiento. En los últimos seis años(2006-2012), la población reclusa aumentó en aproximadamente un 40 por ciento. En octubre de 2012, el número de personas en prisión preventiva o cumpliendo penas de cárcel era de 9535, mientras que la capacidad total de las prisiones es de solo 7650 reclusos. 38 Los niveles más 37. Véase el comunicado de prensa de Amnistía Internacional Uruguay: Fallo de la Suprema Corte ampara nuevamente la impunidad , 25 de febrero de 2013 ‹http://www.amnesty.org/es/for-media/press-releases/uruguay-fallode-la-suprema-corte-ampara-nuevamente-la-impunidad-2013-02-25›. 38. Informe del relator especial de la onu sobre la cuestión de la tortura, conclusiones preliminares des39
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Segundo ciclo del Examen Periódico Universal de Naciones Unidas : compilado de contribuciones presentadas por organizaciones de la sociedad civil de Uruguay, Setiembre de 2013
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