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Segundo ciclo del Examen Periódico Universal de Naciones Unidas : compilado de contribuciones presentadas por organizaciones de la sociedad civil de Uruguay, Setiembre de 2013
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Segundo ciclo del Examen Alejandra Umpiérrez(compiladora) | Periódico Universal de Naciones Unidas elevados de hacinamiento se registran en ins­talaciones penitenciarias del interior del país. 39 Uno de los principales factores que contribuyen a la sobrepoblación en ciertas cárceles ha sido identificado como el uso excesivo de la prisión preventiva por parte de los jueces. 40 Entre 2006 y 2012, la población reclusa feme­nina pasó de 379 a 665 mujeres(un incremento del 75 por ciento). De acuerdo con un informe preliminar del relator especial de la onu sobre la cuestión de la tortura tras su visita a Uruguay en 2012, la mayoría de las mujeres encarcela­das están en una situación de abandono social porque reciben menos visitas que los reclusos varones y se encuentran en una situación más vulnerable. 41 Recomendaciones I) Cumplir en su integridad las recomendacio­nes formuladas por organismos nacionales e internacionales en cuanto a abordar el pro­blema de hacinamiento en el sistema peni­tenciario y las deficientes condiciones de vida de los reclusos. II) Desarrollar planes específicos para apoyar a las mujeres presas para que estén menos ais­ladas y sean menos vulnerables. III ) Implementar plenamente el Mecanismo Na­cional para la Prevención de la Tortura, lo que debe incluir asegurar fondos, autonomía y recursos suficientes para el mecanismo y pués de su visita a Uruguay, 2-6 de diciembre de 2012, ‹http://www.ohchr.org/Documents/HRBodies/HR­C ou nc i l/ R e g u l a r S e s s ion /S e s s ion 2 2 /A. H RC. 2 2. 53. Add.3_ES.pdf›. 39. Comisionado parlamentario para el Sistema Peni­tenciario, Informe 2012 , p. 42. 40. Comisionado parlamentario para el Sistema Peni­tenciario, Informe 2012 , p. 19. 41. Informe del relator especial de la onu sobre la cues­tión de la tortura, conclusiones preliminares después de su visita a Uruguay, 2-6 de diciembre de 2012, pá­rrafo 43. elaborar un plan detallado para su imple­mentación efectiva. Derechos sexuales y reproductivos El 18 de setiembre de 2012, el Congreso aprobó la Ley n.º 18987, que permite que las mujeres y niñas pongan fin a los embarazos no deseados durante las primeras 12 semanas de gestación. La ley establece un período de reflexión obliga ­torio de cinco días y un examen por un grupo de expertos cuando se solicite el aborto voluntario. El aborto sigue siendo delito después del primer trimestre a menos que el embarazo sea produc­to de violación, en cuyo caso el aborto es legal hasta la decimocuarta semana de gestación. La ley despenaliza también el aborto después del primer trimestre cuando el embarazo implique un grave riesgo para la salud de la mujer o cuan­do el feto no sobreviviría. Aunque Amnistía Internacional reconoce que la Ley n.º 18987 es un paso adelante para poner fin a los abortos inseguros, los nuevos requisitos de obligado cumplimiento podrían convertirse en un obstáculo para acceder a un aborto legal en la práctica. Las mujeres y los grupos de dere­chos humanos han expresado su preocupación por la aparente escasez de profesionales para constituir equipos interdisciplinarios de exper­tos, tanto en Montevideo con en el interior. El elevado número de profesionales de la medici­na que se han declarado objetores de conciencia aproximadamente el 30 por ciento de los pro­fesionales de la medicina registrados en el país, según información difundida por el Ministerio de Salud Pública constituye otro desafío para las autoridades a la hora de garantizar abortos legales y seguros. 42 Cuando un médico no quie­re practicar un aborto legal debido a sus creen­cias, se remite a las mujeres y niñas embarazadas a otros hospitales o clínicas. A pesar de esta me­dida, se ha suscitado la preocupación de que no 42. El Observador , 26 de marzo de 2013 ‹http://www.el­observador.com.uy/noticia/246829/segun-briozzo-se­rea liza n- en-ur ug uay- entre-30 0-y- 40 0- abor tos-lega les ­por-mes-/›. 40