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Terminar con la trampa de la deuda : opciones posibles desde las legislaciones nacionales
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tubre de 2010 13 . Uno de los principales objetivos de esta nueva ley macro consistía en someter las finanzas públicas a la planificación con arreglo a la nueva Constitución. Como se mencionó ante­riormente, la Constitución establece que el cré­dito de fuentes externas debe utilizarse para in­fraestructura u otros proyectos susceptibles de generar ingresos suficientes para su pago(artí­culo 290.3). La responsabilidad de preparar el proyecto de ley recayó en gran medida en dos entidades técnicas del Poder Ejecutivo: la Secre­taría Nacional de Planificación y el Ministerio de Finanzas. La primera estaba principalmente diri­gida por intelectuales progresistas, mientras que la segunda seguía estando en manos de una tecnocracia altamente calificada y conservadora, sujeta a las principales directrices políticas del presidente en ejercicio. La autoría del menciona­do proyecto de ley no es una cuestión menor y explica en gran medida cómo se convirtieron en ley los mandatos constitucionales sobre la ges­tión de la deuda. El Código de Planificación y Finanzas Públicas y sus reglamentos secundarios han sido herra­mientas importantes para detallar el funciona­miento del sistema nacional de planificación y su interacción con los procesos supervisados por el Ministerio de Finanzas. Entre otras cosas, el Código contempla un Comité de Deuda, estable­ce los lineamientos para su funcionamiento y fija un límite al endeudamiento público(40% del PIB). Sin embargo, el Código es menos es­tricto que la propia Constitución en lo que res­pecta a las salvaguardias para evitar la discre­cionalidad en el uso de los fondos. Por ejemplo, el Código proporciona una definición amplia de lo que constituye una inversión(artículo 55): conjunto de egresos y/o transacciones que se realizan con recursos públicos para mantener o incrementar la riqueza y capacidades sociales y del Estado. También estipula que el Ministerio de Finanzas distribuirá los fondos procedentes de los préstamos y que definirá los programas y proyectos que cumplan los requisitos como par­te de su proceso general de elaboración del pre­supuesto(artículo 124). Esta flexibilización de las garantías constitucionales no estuvo exenta de críticas, por ejemplo, por parte delGrupo Nacio­nal sobre la Deuda, un grupo de académicos y activistas de renombre dedicados a la investiga­ción e incidencia de la deuda. La necesidad de que la Regla de Oro cuente con unaválvula de escape excepcional conlleva el riesgo de que esta práctica se convierta en algo habitual. Des­de la entrada en vigor del Código, se ha vuelto moneda corriente el apoyo a proyectos de inver­sión para contratar personal en instituciones pú­blicas y, aunque es claramente inconstitucional, el Código no prohíbe la obtención de créditos bajo condiciones vinculadas al pago de recargos por atraso, como se ha visto en los programas del FMI de 2019, 2020 y 2024. Código Monetario y Financiero: emer­gencia y desaparición de mecanismos de(auto)financiamiento del Banco Central La histórica debilidad de Ecuador para negociar en los mercados internacionales de capitales se ve acompañada por la falta de alternativas loca­les. Por un lado, Ecuador no cuenta con un mer­cado local de deuda debidamente organizado. Tras la crisis de 1999, las emisiones de deuda pública pasaron a depender en gran medida de la demanda del Instituto Ecuatoriano de Seguri­dad Social(IESS) y, en menor medida, del Insti­tuto de Seguridad Social de las Fuerzas Arma­das(ISSFA) y del Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional(ISSPOL). Hasta la fecha, de Endeudamiento y la Ley Orgánica Reformatoria e Interpretativa a la Ley de Régimen Tributario Interno, al Código Tributario y a la Ley Reform­atoria a la Equidad Tributaria. 13 En el Parlamento de elección reciente al cambio de autoridades(julio de 2009–mayo de 2013), tras la entrada en vigor de la nueva Con ­stitución, el partido gobernante Alianza PAIS ya no tenía la mayoría absoluta que había tenido en la Asamblea Constituyente(solo contaba con 59 escaños de 124). El Gobierno debió entablar importantes negociaciones con algunos bloques políticos, en particular con un grupo de siete leg­isladores independientes que adquirieron una relevancia y un poder considerables durante este período legislativo. Como parte de su proceso de reforma institucional, el Gobierno creó un Ministerio de Coordinación Política que, entre otras cosas, se encargaba de dirigir lasoperaciones políticas en la Asamblea Nacional. La significativa intervención del Gobierno y de sus equipos políticos y técnicos en la Asamblea fue una carac­terística constante durante los diez años que se extendió el régimen del presidente Correa. 26