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Terminar con la trampa de la deuda : opciones posibles desde las legislaciones nacionales
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Figura 4 Fuente: Ministerio de Finanza(2024) Por último, la Ley FRDL de 2005 y la Ley PFM de 2009 establecen claramente los requisitos para la presentación de informes sobre deuda y presupuesto al Parlamento con el fin de garanti­zar la transparencia y la rendición de cuentas. Sin embargo, como ya se ha indicado, si el Go­bierno no cumple con estos requisitos, no recibe sanciones de ningún tipo. En consecuencia, la clasificación global de Pakistán en materia de gestión de deuda ha descendido entre 2005 y 2019, lo cual sitúa al país ligeramente por encima de la media de la región de Asia-Pacífico(Singh, Charan y Vatcharin Sirimaneetham, 2021). Además, según el Mapa de Calor de Información sobre la Deuda del Banco Mundial(2021), Pakis ­tán también está rezagado en la presentación de informes sobre deuda, concretamente en lo que refiere a la disponibilidad de información sobre la deuda contraída anteriormente, los planes de endeudamiento anual y otras estadísticas sobre la deuda y los pasivos contingentes. En última instancia, el dilema de Pakistán es que, a pesar de contar con toda la legislación necesaria, el país se queda atrás en la ejecución de estas le­yes y en el rol del Parlamento en el control de la gestión fiscal y de la deuda del Gobierno. Consecuencias no deseadas A pesar de que en Pakistán existe legislación que garantiza la sostenibilidad de la deuda y su gestión eficaz, así como legislación que evita que la deuda supere un determinado límite(el 60% del PIB), el país ha superado este nivel con creces y no ha cumplido sus objetivos anuales de reducción de la deuda. En realidad, como se indica en la Figura 1, la relación entre deuda y PIB de Pakistán no solo se ha mantenido por encima del 70% del PIB desde 2018, sino que, de hecho, ha aumentado desde 2018 hasta 2020 y desde 2021 hasta 2023(SBP, 2023). Si bien las proyecciones indican que la relación entre deuda y PIB disminuirá gradualmente entre 2024 y 2028, la relación global seguirá estando por en ­cima del 60%(SBP, 2023). Además, en el año 2023, la deuda de Pakistán en relación con el PIB se situó en el 76,6%, muy por encima del objetivo del 57,5% fijado para ese año. La razón principal detrás de este desvío impor­tante de los objetivos es el hecho de que la Ley FRDL de 2005 no establece consecuencias con ­cretas para el caso de que el Gobierno no cum­pla con sus objetivos o con alguna de sus res­ponsabilidades. Como resultado, esta ley no se ha cumplido del todo hasta el momento, y el Gobierno ha sido negligente en cuanto a sus obligaciones específicas. Así, la ley no ha logrado crear un efecto disuasorio ni salvaguardar al país de prácticas de endeudamiento irresponsables. Además, debido a la falta de consecuencias, tan­to el Gobierno como el Parlamento se han vuelto laxos en el cumplimiento de sus responsabilidades constitucionales. El Gobierno ha informado poco o nada al Parlamento sobre sus decisiones en materia de deuda, y el Parlamento, por su parte, no le ha impuesto ningún límite ni restricción. Además, debido a lo amplio de la terminología sobre transparencia, así como por la falta de medidas detalladas en lo establecido en la Ley FRDL de 2005, el Gobierno puede eludir los re ­quisitos de transparencia en materia de deuda pública. Por otra parte, al no existir mecanismos Documento de referencia de Pakistán 88