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Herramienta de las trabajadoras o truco publicitario? : Una guıá para los códigos de prácticas laborales internacionales
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mento de los derechos de los trabajadores de la mayoría de las sociedades del mundo. Desde su inicio, la OMC ha sido el blanco de campañas y actividades de cabil­deo del movimiento internacional de derechos labora­les, de mujeres y civiles, para mejorar las condiciones de trabajo y de vida de los pueblos de todo el mundo. Si bien al comienzo este movimiento se concentró en gran medida en la campaña para integrar una cláusula social en el marco de la OMC, ahora abarca toda una gama de demandas que van más allá del vínculo inmediato entre el comercio y el empleo, tales como democracia, alivio de la deuda, erradicación de la pobreza, protección am­biental, etc. Con relación a los acuerdos comerciales –sean multilate­rales o bilaterales– el movimiento sindical internacional ha estado realizando campañas en los últimos años para vincularlos con las normas fundamentales del trabajo de la OIT. Según la CIOSL y los Sindicatos Mundiales (Global Unions), este vínculo debería establecerse y supervisarse por un órgano especial de la OMC. Sin embargo, hasta el momento esta demanda no se ha ma­terializado debido a la fuerte oposición de numerosos gobiernos de la OMC, incluso algunos países en desa­rrollo que consideran que es una herramienta proteccio­nista en manos de los países industrializados. Este te­mor es compartido por una serie de grupos de la socie­dad civil que cuestionan la política general y la legitimi­dad de la OMC en vista de su impacto en la degradación social mundial y el aumento de las desigualdades. Las actividades del movimiento sindical y de grupos de la sociedad civil de todo el mundo relacionadas con la OMC apuntan a toda la gama de acuerdos de la OMC, tales como AGCS–Acuerdo General sobre el Comercio de Ser­vicios(GATS, por su sigla en inglés), ADPIC–Acuerdo sobre los Derechos de la Propiedad Intelectual relaciona­dos con el Comercio(TRIPs, por su sigla en inglés), MIC– Acuerdo sobre las Medidas en materia de Inversiones relacionadas con el Comercio(TRIMs, por su sigla en inglés) así como su política y estructura de gobernanza. Con relación a la finalización del Acuerdo de la OMC so­bre Textiles y Vestido(ATC por su sigla en inglés) el 31 de diciembre de 2004, las alianzas internacionales de sindica­tos y ONGs, tales como la Campaña Ropa Limpia, apunta­ron no solamente a las empresas multinacionales sino también a los gobiernos nacionales y a la OMC para pro­teger a los trabajadores de esta industria globalizada que fueron afectados por la liberalización. Millones de traba­jadores de la industria textil y del vestido de países no competitivos se enfrentan ahora al peligro de perder sus trabajos sin alternativas y sin la protección de las redes de seguridad social(Ferenschild/Wick 2004). A diez años de la fundación de la OMC, su política de apertura de mercados y privatización ha restringido el poder de los gobiernos nacionales para asegurar los de­rechos laborales y sociales de la gente. La transformación de la OMC en un órgano para garantizar esos derechos seguirá estando en la agenda del movimiento laboral y los grupos de la sociedad civil en el futuro cercano. 3.3 Acuerdos Marco Internacionales Desde mediados de la década de 1990, los sindicatos mundiales han establecido acuerdos internacionales re­lacionados con empresas sobre normas sociales míni­mas, como un nuevo instrumento de relaciones con la industria transnacional en respuesta a los problemas planteados por la globalización. Los Acuerdos Marco Internacionales son también una respuesta sindical a la proliferación de códigos de conducta que han sido in­troducidos unilateralmente por las transnacionales como parte de sus políticas de responsabilidad social empre­sarial desde la década de 1990. El Código Básico de Prác­ticas Laborales de 1997 de la CIOSL representó un mar­co de referencia importante para la negociación de los acuerdos marco internacionales entre federaciones sin­dicales mundiales y transnacionales, con el objetivo de establecer una forma de diálogo social y relaciones la­borales con las empresas a nivel mundial. «Un acuerdo marco es un convenio negociado entre una compañía multinacional y una organización sindical internacional como las Federaciones Sindicales Mun­diales(GUF, por su sigla en inglés)(ex Secretaría Inter­nacional de Comercio) con relación a las actividades in­ternacionales de esa compañía. Si bien un código inter­nacional de conducta puede ser parte de un acuerdo marco, el propósito principal de un acuerdo marco es establecer una relación continua entre la empresa multi­nacional y la organización sindical internacional»(ver capítulo 8). 11