Druckschrift 
Yo participo, tú participas, otros deciden : la participación ambiental en Colombia
Einzelbild herunterladen
 

Derecho de acceso a la justicia 205 deben guardar una proporcionalidad entre el fin que se persigue y el medio empleado, sin que ello signifique una negación a esta garantía. En ese enten­dido, la Corte IDH ha sostenido que la satisfacción del derecho de acceso a la justicia no se trata solamente de la espera de una decisión judicial, sino de que quienes intervienen en el litigio puedan hacerlo sin preocuparse por tener que costear sumas excesivas por el transcurso del proceso(Caso Cantos, 2002). Además, este derecho de acceso implica la garantía de contar con asisten­cia jurídica; a ejercer el derecho de defensa; a disponer de un plazo razonable para preparar y presentar alegatos, pruebas y recursos contra providencias ju­diciales; y a obtener una decisión de fondo fundamentada jurídicamente den­tro de un término prudente –teniendo en cuenta la complejidad del proceso, la actividad procesal del recurrente y la conducta de los administradores de justicia–( CIDH , 2007a). En la misma línea, la Corte IDH (2007b) ha destacado las problemáticas que hay en torno al acceso a la justicia, especialmente las que enfrentan sec­tores vulnerables de la sociedad, como lo pueden ser los pueblos indígenas y demás grupos étnicos, entre ellas las dificultades geográficas, la falta de comunicación en sus propios lenguajes con los administradores de justicia, la no consideración del contexto y la escasez de recursos económicos para llevar todo el proceso. Este breve panorama permite entender que este derecho de acceso ha sido consagrado a nivel general dentro de diferentes instrumentos internacionales y ha tenido un desarrollo en el marco del SIDH , que logra condecir con algunos de los puntos que abordamos en el acápite anterior de este texto, en relación con su alcance, las obligaciones por parte del Estado y lo que implica. E l derecho de acceso a la justicia en el ordenamiento jurídico colombiano Para abordar este apartado nos limitaremos a referir el sustento constitucio­nal del derecho de acceso a la justicia y presentaremos algunos aportes que