Yo participo, tú participas, otros deciden: la participación ambiental en Colombia 256 M edio de control de nulidad 9 En el marco de la expedición de la ley 1437 de 2011 se consagraron los medios de control de los actos administrativos y entre ellos se consagran tres cuya pretensión se dirige a declarar la nulidad de los mismos. El primero de ellos, debido a su inconstitucionalidad, dispone que los ciudadanos en cualquier tiempo pueden solicitar por sí mismos o por medio de un representante la declaración de la nulidad de los actos administrativos de contenido general que fueren dictados por cualquier autoridad, cuando su revisión no le corresponda a la Corte Constitucional, por la infracción directa de la Constitución política. Por lo que se ha establecido que la jurisdicción contenciosa administrativa no estará limitada para proferir su decisión a los cargos que hubieren sido formulados en la demanda, sino que podrá fundar la declaración de nulidad por inconstitucionalidad en la violación de cualquier norma de la Carta política. El artículo 40.6 de la Constitución política califica como derecho político “Interponer acciones públicas en defensa de la Constitución y la ley”. Por esto, el ejercicio de las acciones de nulidad por inconstitucionalidad(artículo 135 del Código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo) y de nulidad simple(artículo 137 del Código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo) podrían calificarse como canales institucionales adecuados para el ejercicio de este derecho político, que tiene un íntimo nexo con el derecho a la participación. Así la cosas, la Corte Constitucional ha sostenido sobre esta acción que el control de constitucionalidad debe prosperar cuando se determine que existe una infracción directa de la Constitución y el juez competente debe conocer este medio de control para proceder de manera similar a como lo hace la 9 Constitución política de Colombia, artículo 40 numeral 6; ley 1437 de 2011, artículo 135 (nulidad por inconstitucionalidad); ley 1437 de 2011, artículo 137(nulidad simple); ley 1437 de 2011, artículo 138(nulidad y restablecimiento del derecho).
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Yo participo, tú participas, otros deciden : la participación ambiental en Colombia
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