Estudio de Caso-“Balance de Avances en el Comercio Informal y Propuesta para la Mesa Técnica” Guillermo Pérez Herrera Se destaca, que en la Ordenanza Nº 1933, ya no quedan incluidos los“Servicios de llamadas por teléfonos móviles”(Rubro 38.5 Servicios). También debemos destacar que ambas Ordenanzas incluyen a vendedores de diarios y revistas (Rubro 38.4 venta de objetos de uso duradero), Lustradores de Calzado(Rubro 38.5. Servicios) y Vendedores de emoliente(Rubro 38.3 Venta de productos preparados al día) cuyas organizaciones han logrado, en diferentes fechas y etapas de la historia laboral, sendas leyes que norman sus derechos y deberes fundamentales, y que demuestra los desencuentros en el marco de la“legalidad” versus los intereses y aspiraciones de los trabajadores, que valoran la legislación emanada desde el mayor nivel del Estado(nacional), ante las evidencias de los incumplimientos de la legislación local, hecho que no se da en esa intención en la práctica y que prueba, a su vez, la desarticulación existente entre los diferentes niveles y competencias del Estado Peruano y los escasos avances de la concepción de democracia y descentralización, constituyéndose esta problemática en un reto a enfrentar. 2.3. La Normatividad Municipal Distrital Una de las verificaciones realizadas al analizar la situación de la normatividad distrital limeña, es que se vienen sustentando Ordenanzas de Formalización del Comercio Ambulatorio, sobre la base de la Ordenanza de Lima Metropolitana Nº 1787. En esta perspectiva, están entre otros dispositivos los siguientes: 2.3.1 Ordenanza Municipal 451-2016 del Distrito de Los Olivos- 13 de Diciembre 2016 Objetivo(Articulo 1) “…establecer las atribuciones y facultades que en el ámbito de su competencia, deberá ejercer la autoridad municipal para ordenar, regular y fiscalizar la actividad comercial ambulatoria de bienes y servicios en espacios públicos debidamente autorizados que hayan cumplido con el procedimiento para la obtención de la autorización municipal temporal. Asimismo, establecer mecanismos de formalización y de desarrollo empresarial a fin de promover la recuperación de los espacios públicos y el desarrollo económico local de la actividad comercial de bienes y servicios.” Finalidad(Artículo 2) “Tiene por finalidad que el desarrollo de la actividad comercial ambulatoria en espacios públicos por personas naturales que vivan dentro de la jurisdicción del Distrito de Los Olivos. Se desarrolle en condiciones de respeto y tranquilidad de los vecinos que aseguren el orden y limpieza del distrito, promoviendo zonas reguladas para el desarrollo económico de las actividades comerciales, de servicios y su formalización en establecimientos a través de programas concertados” Esta Ordenanza incluye obligaciones, define rubros de venta, derechos, mecanismos de gestión de los permisos y otros aspectos que denominaremos de carácter regulatorio-administrativo. En cuanto a la cuestión propositiva, se menciona en el Artículo 32, un Programa de Formalización; sin embargo, en el artículo 33 incluye exclusivamente la acción de Capacitación, delimitando tres fases: Formativa, Asesoría Técnica y Financiera y Consolidación donde los comerciantes y aso10
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Balance de avances en el comercio informal y propuesta para la mesa técnica
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