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Estudio de caso "Inversión extranjera directa y solución de controversias"
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Estudio de Caso-Inversión extranjera directa y solución de controversias Germán Alarco/ César Castillo tos el apoyo del CIADI abarca desde la organiza­ción de las audiencias hasta la prestación de servi­cios administrativos comparables a aquéllos pres­tados en los propios casos del CIADI. El Secreta­riado del CIADI también actúa como autoridad nominadora, y decide propuestas para la recusa­ción de árbitros, cuando así se le solicita. Es obvio que la solución de controversias mediante el CIADI reduce la soberanía de los Estados. El CIADI no es un tribunal internacio­nal; se trata de un organismo que crea tribunales arbitrales ad hoc, con decisiones inapelables basadas en un puñado de árbitro sin sustento en el derecho internacional, procuran basarse más en los precedentes de otros casos y operan con base a la interpretación de los TBI. También hay quejas relativas a la falta de transparencia, legitimidad y problemas de puerta giratoria entre árbitros a favor y en contra de los Estados, entre otras obser­vaciones(Echaide, 2013). IV.2 Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) La CNUDMI es el órgano jurídico de las Nacio­nes Unidas en el ámbito mercantil internacional. Su objetivo es formular la normativa adecuada que regula las operaciones comerciales, de tal manera que se promueva el comercio a nivel glo­bal. Las actividades principales de esta instancia son las siguientes: 11. Elaboración de convenios, leyes modelo y normas aceptables a escala mundial. 12. Preparación de guías jurídicas y legislativas y la formulación de recomendaciones de gran valor práctico. 13. Presentación de información actualizada sobre jurisprudencia referente a los instru­mentos y normas de derecho mercantil unifor­me y sobre su incorporación al derecho inter­no. 14. Prestación de asistencia técnica en proyectos de reforma de la legislación. 15. Organización de seminarios regionales y nacionales sobre derecho mercantil uniforme. La Comisión posee seis diferentes grupos de tra­bajo en los que se desarrollan los temas importan­tes que serán incluidos en su programa de trabajo. Cada uno está integrando por todos los Estados Miembros del Acuerdo de Naciones Unidas: · Grupo de Trabajo I- Microempresas y Pequeñas y Medianas Empresas · Grupo de Trabajo II- Arreglo de Controversias · Grupo de Trabajo III- Reforma del Sistema de Solución de Controversias entre Inversionistas y Estados · Grupo de Trabajo IV- Comercio Electrónico · Grupo de Trabajo V- Régimen de la Insolvencia · Grupo de Trabajo VI- Garantías Mobiliarias 36