Obstáculos técnicos al comercio Medidas sanitarias y fitosanitarias Instrumentos de defensa comercial Servicios, establecimiento y movimiento de capitales(inversiones) Compras públicas Propiedad intelectual Competencia Solución de diferencias, asuntos horizontales e institucionales Comercio y desarrollo sostenible Fuente(http://www.comunidadandina.org) Antecedentes y negociaciones anteriores El 23 de abril de 1993, la Unión Europea(UE) y los países miembros de la Comunidad Andina(CAN) subscribieron un Acuerdo Marco de Cooperación(aprobado por la Comunidad Andina mediante la Decisión 329 e implementado en 1998). La Comunidad Andina y la Unión Europea formalmente establecieron un mecanismo de diálogo político en 1996 con la Declaración de Roma, que institucionaliza y prevé reuniones oficiales sobre asuntos bilaterales e internacionales de interés común. Estas reuniones se desarrollan a nivel presidencial y ministerial. Durante la Cumbre UE-América Latina y el Caribe, realizada en Madrid, en mayo de 2002, se decidió negociar el Acuerdo de Diálogo Político y de Cooperación, que incluía un área de libre comercio. Este nuevo acuerdo que fue firmado en Roma en diciembre de 2003, una vez ratificado, reemplazaría al Acuerdo Marco de Cooperación y a la Declaración de Roma de 1996. En la Reunión ministerial Comunidad Andina-UE celebrada en Luxemburgo, el 26 de mayo de 2005, los ministros de la Comunidad Andina informaron a la UE que el Acuerdo de 2003 ya había sido adoptado mediante la decisión del Consejo de Asuntos Exteriores número 595 de 11 de julio de 2004 y aprobado mediante la Decisión 595 de la Comunidad Andina. El 13 de julio de 2006, en el marco de una reunión de alto nivel entre la Comunidad Andina y la UE, ambas partes acordaron acelerar la ratificación del Acuerdo de Diálogo Político y de Cooperación y asimismo, acordaron la necesidad de agilizar el proceso conducente a la negociación de acuerdo de asociación que incluyera un diálogo político, programas de cooperación y un acuerdo comercial. El Acuerdo Marco de Cooperación de 1993 definió áreas de cooperación y estableció comisiones mixtas para el seguimiento de actividades, así como también un subcomité sobre comercio, los cuales continúan con su labor. La Comisión Mixta(originalmente establecida de acuerdo a lo estipulado en el Acuerdo de Cooperación de 1983) continúa funcionando. Con la Declaración de Guadalajara en mayo de 2004, la CAN y la UE establecieron un mecanismo de valoración conjunta que tiene como objetivo examinar la integración económica regional de la CAN para asegurar las condiciones adecuadas que faciliten el comienzo de negociaciones encaminadas a la firma de un tratado de libre comercio con la Unión Europea. El proceso de valoración conjunta fue lanzado oficialmente en Bruselas, el 21 de enero de 2005, por la Comisión Mixta UE-CAN. En dicha ocasión, ambas partes acordaron una hoja de ruta para llevar a cabo dicha valoración conjunta y decidieron crear un grupo de trabajo ad hoc que se ocupase, en detalle, de los aspectos sustantivos del mencionado proceso en las diferentes áreas tratadas. El 19 de abril de 2007, durante la XXI a Reunión Ministerial entre la Comunidad Andina y la Unión Europea, los Ministros expresaron su intención de iniciar negociaciones de un acuerdo de asociación en mayo de 2007. Las negociaciones se lanzaron el 14 de junio de 2007 durante la XVII Reunión Ordinaria del Consejo Presidencial Andino celebrado en Tarija, Bolivia. Ambas partes saludaron la aprobación de la Decisión 667 que establece el Marco general para las negociaciones del Acuerdo de Asociación entre la Comunidad Andina y la Unión Europea señalando que la negociación del acuerdo debe tomar en cuenta los diferentes niveles de 3
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(2007) 20
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