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Venezuela como miembro pleno del Mercado Común del Sur : implicaciones económicas y sociolaborales
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Introducción El 31 de julio de 2012, Venezuela ingresó finalmente como miembro pleno del Mercado Común del Sur(MERCOSUR) al ser admitido en la Cumbre de Presidentes del mencionado bloque, celebrada en la ciudad de Brasilia, Brasil. La solicitud inicial de ingreso se realizó seis años antes, mediante la suscripción del Protocolo de Adhesión de la República Bolivariana de Venezuela al MERCOSUR, el día 4 de julio de 2006 en una cumbre realizada en la ciudad de Caracas, Venezuela. El proceso de adhesión a un esquema de integración, como el del MERCOSUR, que está en marcha desde el 26 de marzo de 1991, solo deja espacios para la negociación del ingreso, y no del contenido vigente, puesto que el país adherente se obliga a asumir la totalidad de los compromisos establecidos en el acuerdo, en el plazo que se negocie para tal fin. En tal sentido, los compromisos generales de la adhesión se resumen en los siguientes puntos, contenidos en el Protocolo de Adhesión de Venezuela al MERCOSUR: I La adhesión al Tratado de Asunción, al Protocolo de Ouro Preto y al Protocolo de Olivos para Solución de Controversias del MERCOSUR; II La adopción del Arancel Externo Común(AEC) del MERCOSUR, en un plazo de cuatro años de acuerdo al siguiente cronograma: Porcentaje del Universo Arancelario del MERCOSUR a ser adoptado por Venezuela 28% 21% 14% 37% Número de Partidas 2829 1839 1580 3781 Fecha de adopción 05/04/2013 05/04/2014 05/04/2015 05/04/2016 III La adhesión del Estado adherente al Acuerdo de Complementación Económica 18 y sus Protocolos Adicionales a través de la adopción de un programa de liberalización comercial; IV La adopción del acervo normativo de MERCOSUR, incluyendo las normas en proceso de incorporación. En tal sentido, mediante la Decisión CMC/DE: Nro. 66/12 se estableció el cronograma de incorporación de la normativa del Mercosur en la legislación venezolana. El mismo comprende: Normas ya adoptadas por Venezuela- Anexo I: 211 Normativas. Normas que deberán ser adoptadas antes del 31 de marzo de 2013- Anexo II: 401 Normativas. Normas que deberán ser adoptadas conforme los cronogramas acordados por el Grupo de Trabajo creado por el Art. 11 del Protocolo de Adhesión de la República Bolivariana de Venezuela al MERCOSUR- Anexo III: 148 Normativas. 1