Las autorizaciones ambientales como mecanismo de planificación 415 de 2018 y 959 de 2018, y la Ley 1955 de 2019. Véase también: Consejo de Estado, Sección Primera, Sentencia del 28 de junio de 2019. 1.7 P ermiso de aprovechamiento forestal Entendiendo que el aprovechamiento forestal es la extracción de productos de un bosque que comprende desde la obtención hasta el momento de su transformación, el mismo debe ser sostenible, es decir, el uso de los recursos maderables y no maderables debe efectuarse manteniendo el rendimiento normal del bosque mediante la aplicación de técnicas silvícolas que permitan la renovación y persistencia del recurso. Por ello, esta autorización y/o permiso comprende además actividades para talar, trasplantar o aprovechar árboles de bosque natural o plantado en terrenos de dominio público o privado, sumado a la obligación de compensar con especies nativas, según lo considere la autoridad ambiental. Así las cosas, encontramos como clases de aprovechamiento forestal las siguientes: Únicos, aquellos realizados por una sola vez en áreas donde, con base en estudios técnicos, se demuestre mejor aptitud de uso del suelo diferente al forestal o cuando existan razones de utilidad pública e interés social. Los aprovechamientos forestales únicos pueden contener la obligación de dejar limpio el terreno al término del aprovechamiento, pero no la de renovar o conservar el bosque. Persistentes, que se efectúan con criterios de sostenibilidad y con la obligación de conservar el rendimiento normal del bosque con técnicas silvícolas que permitan su renovación. Por rendimiento normal del bosque se entiende su desarrollo o producción sostenible, de manera tal que se garantice la permanencia del bosque. Para adelantar este aprovechamiento forestal en bosques naturales ubicados en terrenos de dominio público se requiere, por lo menos, que la zona se encuentre dentro del área forestal productora o protectora-productora alinderada por la autoridad ambiental respectiva.
Einzelbild herunterladen
verfügbare Breiten