ma asimismo la adjudicación a este organismo de distintas funciones, desde la elaboración de recomendaciones en temas de su interés a los órganos decisorios, la promoción del diálogo y la cooperación entre las autoridades de nivel municipal de los Estados Partes y Asociados, la respuesta a las consultas de los órganos decisorios y la contribución para la efectiva aplicación de la normas integracionistas en el territorio correspondiente, entre otras funciones. h. Otros tópicos y cuestiones Entre otras demandas planteadas para su inclusión en algunas de las secciones y disposiciones de un eventual futuro Protocolo figurarían además las siguientes: i. la exigencia institucionalizada y prescriptiva de un sistema de información mucho más transparente, sistemático y verificable, tanto en lo que refiere al funcionamiento de los distintos órganos del organigrama M ERCO SUR como en lo concerniente a las negociaciones ante terceros países o bloques o ante organismos internacionales; ii. el establecimiento de distintos mecanismos eficaces y eficientes para el cumplimiento de tareas de accountability horizontal y vertical a distintos niveles de funcionamiento del bloque y de sus actores; iii. una rearticulación mucho más permanente, sistemática y transparente en el reracionamiento entre los distintos organismos del nuevo Protocolo institucional, de modo de optimizar los desempeños de los mismos y de complementar sus funciones a través de la consulta y la cooperación cotidianas; iv. la consolidación de un cuerpo de asesores más numeroso y especializado, de carácter institucional y permanente, lo que no obsta para la apelación de otro tipo de asesoramientos externos(a través de convenios con universidades u organismos internacionales); v. la fijación de un presupuesto razonable para el financiamiento efectivo de todos los organismos del M ERCOSUR institucional, 42 viabilizando de esa manera su funcionamiento adecuado y sistemático, más frecuente y productivo; vi. la profundización de las redes de conectividad informática entre los distintos órganos del M ERCOSUR , facilitando su comunicación permanente y el establecimiento de sesiones y reuniones virtuales frecuentes, que complementen las reuniones y los encuentros verificados de manera directa; vii. la profundización de los estudios para profundizar y viabilizar las prácticas de una auténtica ciudadanía mercosureña, portadora de la posibilidad de ejercicio efectivo de derechos y de sentidos de pertenencia, verificable de las maneras más concretas posibles(pasaporte común, reglas más flexibles para la emigración, etc.), complementaria y no sustitutiva a las ciudadanía nacionales; viii. la superación efectiva del problema grave de la asimetría en la internalización de las normas M ERCOSUR por parte de los Parlamentos nacionales, con un rol ampliado y facilitador en esa dirección del próximo Parlamento del M ERCOSUR (o de la CPC mientras este no se concrete) y de las propias cancillerías nacionales desde una agilización de sus prácticas; ix. la superación de las asimetrías constitucionales y jurisdiccionales a nivel de los Estados Partes, mediante soluciones negociadas e incrementales pero claramente orientadas en una perspectiva de creciente reconocimiento de supranacionalidad formal; x. asegurar vías en la perspectiva de una auténtica gobernanza para el M ERCOSUR en su conjunto, que recombine con eficacia una reingeniería institucional más democrática y eficaz, junto con mecanismos más activos y permanente de participación e involucramiento ciudadano y de actores sociales organizados, en referencia directa con los objetivos y acciones intergacionistas. xi. Impulsar un mayor involucramiento y compromiso de todos los partidos políticos y de las organizaciones sociales en la reconsideración reflexiva y en una renovada participación de los partidos políticos en toda la temática M ERCOSUR .
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