a los organismos especializados de la ONU, como la OIT, la Organización Mundial de la Salud(OMS), la Unión Internacional de Telecomunicaciones(ITU, en inglés), la Unión Postal Mundial(UPU, en inglés) y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura(UNESCO, en inglés), así como sindicatos y otras organizaciones representativas, para participar en todas las actividades y procedimientos de la OMC, incluso su procedimiento de solución de diferencias. El directorio ejecutivo de la Red Internacional de Sindicatos(UNI en inglés), ha reclamado el establecimiento de una asamblea parlamentaria en la OMC, así como un comité económico y social compuesto de sindicatos y otros grupos de la sociedad civil(UNI 2001ª, ver también ICFTU 2003). 5.3. Salvaguardias de emergencia Sindicatos y numerosos grupos de la sociedad civil exigieron más reglamentaciones que permitan no cumplir las normas de la OMC. Deben formularse más cláusulas de excepción. Los principios de la OMC deben respetar la protección de los derechos humanos, del medio ambiente, la salud y la seguridad y el derecho a un desarrollo sustentable que reduzca las disparidades dentro de los países y entre ellos (EI 2003). 5.3.1. Normas laborales básicas y cuestiones ambientales En analogía con el Comité sobre Comercio y Medio Ambiente ya existente, el ICFTU reclama el establecimiento de un grupo de trabajo formal permanente que responda directamente ante el Consejo General de la OMC. Este grupo de trabajo debería formular propuestas y recomendaciones sobre cómo integrar en los procedimientos, mecanismos y reglamentaciones de la OMC, normas laborales básicas cuyo cumplimiento pueda ser exigido en la práctica. 8 Hasta ahora esta demanda se ha topado con una férrea resistencia. En Doha, los representantes sindicales tuvieron que presionar duramente para impedir que la declaración final estuviera por debajo de la de Singapur de 1996. Al final lograron que se incluyera una referencia al trabajo de la Organización Internacional del Trabajo(OIT)(ICFTU 2002). En febrero de 2002, la OIT creó una Comisión mundial sobre la dimensión social de la globalización, de carácter tripartita. 9 En la reunión con representantes de la Comisión Mundial de la OIT, en 2002, la ICFTU propuso a la Comisión que«recomendara que la OIT examinara sistemáticamente el empleo y las consecuencias sociales de las decisiones y políticas propuestas por los institutos financieros internacionales y la OMC»(ILO 2003). Acorde con esta propuesta, la recomendación se hizo no para otorgar a la OMC la facultad de identificar la violación de las normas laborales, sino más bien a la OIT. La OIT podría utilizar sus propios instrumentos para identificar la infracción. Después de identificarla, debe concedérsele al país en cuestión un cierto tiempo para resolverla. Si dentro de ese lapso no hay avances, entonces debe estar presente –como último recurso– la posibilidad de sancionar al país dentro del mecanismo punitivo de la OMC. Ese vínculo con la OMC mejoraría la capacidad de la OIT de llevar a la práctica el cumplimiento de sus convenios(Friederich– Ebert Stiftung/Schweisshelm 2000). 8 Las cinco normas laborales básicas de la OIT son: Protección de la libertad de asociación(Nº 87), Derecho a la negociación colectiva(Nº 98), Prohibición a la discriminación en el lugar de trabajo(Nº 100 y Nº 111), Abolición del trabajo infantil, en particular en sus peores formas(Nº 138, 182), Prohibición del trabajo esclavo(Nº 20 y Nº 105). 9 Por más información, ver: http://www.ilo.org/public/english/wcsdg/commission/objectives.htm 21
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Negociaciones sobre el comercio de servicios : la posición de los sindicatos con respecto al Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios
(AGCS)
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