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Yo participo, tú participas, otros deciden : la participación ambiental en Colombia
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El derecho fundamental a la participación 45 marco de verdadera democracia, donde es posible la generación de consen­sos, así como la gestión y el equilibrio de fuerzas sociales que se mueven de acuerdo con los intereses de la colectividad, permitiendo así el fortalecimien­to interrelacionado de la credibilidad en la institucionalidad y el redimensio­namiento de la administración(Rodríguez, 2018). En ese entendido, se destaca que una forma de conocer, hacer control y seguimiento, es mediante el establecimiento de mecanismos de participación que faciliten contribuir en los procesos de toma de decisiones, de manera tal que se logre responder a las necesidades del país y a los intereses de las comunidades. De ahí que se constituya en un imperativo la incidencia social en el marco del desarrollo, mediante procesos de toma de decisiones que deben ser adoptadas con la sociedad, a partir de la inclusión y deliberación ciudadana en la política y la gestión ambiental. Asimismo, como medida de prevención de futuros conflictos. En virtud de los anteriores planteamientos, es indispensable revisar el es­cenario actual relacionado con las posibilidades de participación como se ha planteado con esta publicación, contando como premisa que la Corte Consti­tucional ha reiterado que el derecho a la participación debe ser garantizado, ya que es la facultad que tienen los ciudadanos de escuchar y conocer las propuestas de las entidades estatales que les pueden generar afectaciones e intervenir, informarse y comunicar sus intereses(Corte Constitucional, T-660 de 2015). D e la democracia representativa a la democracia participativa La participación en la democracia es indispensable en la medida en que el poder se legitima a partir de la intervención del pueblo, de ahí que se refiera que el régimen democrático se compone de cuatro elementos: el derecho a elegir y ser elegido libremente; un pueblo activo y participativo; la protección de los derechos humanos; y el cumplimiento y aplicación del cuerpo jurídico a todos por igual(Pastrana, 2017).