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En defensa de la descentralización en Venezuela
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Introducción La descentralización tomó fuerza en Venezuela en la década de los noventa a partir de los acuerdos que logró adelantar la Comisión Presidencial para la Reforma del Estado(COPRE) en el contexto político de esos años, concretándose sus mayores avances en la elección directa de las autoridades de gobierno (gobernadores y alcaldes) y en una nueva delimitación de competencias, entre exclusivas y concurrentes, básicamente dirigidas al fortalecimiento de las capacidades financieras e institucionales de los estados federales y municipios para que estas entidades pudieran ejercer sus potestades de forma autónoma e independiente del Poder Nacional en sus respectivos territorios. En la Constitución de 1999 estos acuerdos fueron asumidos dentro del marco legal-político y protegidos por garantías e instancias jurisdiccionales. Sin embargo, han sido pocos los avances obtenidos en la consolidación del poder federal y municipal en Venezuela después que la Constitución entró en vigencia. No todas las leyes fueron adaptadas a sus disposiciones para desarrollar la estructura federal de gobierno y promover políticas de descentralización. Más aún, desde el año 2004, el Gobierno Nacional inició un proceso de centralización de rasgos autoritarios, tomando medidas y aprobando leyes que concentran el poder público en las instancias ejecutivas nacionales, al margen del marco constitucional. Durante estos últimos años el proceso de centralización ha venido ganando terreno sin mayores obstáculos a causa del debilitamiento del sistema político, la falta de independencia de los poderes públicos y un progresivo desmontaje del Estado. En este trabajo se recogen las garantías constitucionales que protegen el poder federal y municipal, y la descentralización en Venezuela. Dichas garantías constituyen el principal fundamento para su defensa en tanto normas legítimas de actuación de los gobiernos federales y locales y derechos políticos de toda la población. También se hace un balance del proceso de centralización y sus implicaciones regresivas para el bien público y la participación ciudadana. A partir de estas dos reflexiones, el trabajo concluye con un conjunto de líneas estratégicas para la defensa de la descentralización, como norma garante del bien público y derecho político consagrado en la Constitución, que fortalece el sistema democrático y hace más amplia y plural la participación ciudadana en los asuntos públicos. Los principales actores de un propósito como éste deben ser justamente quienes tienen el mandato constitucional de ser sus garantes y quienes son portadores y sujetos de este derecho: las autoridades federales y locales y los órganos jurisdiccionales, los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos y las organizaciones de la sociedad civil, incluyendo los partidos políticos. La Constitución como marco de referencia para evaluar avances y retrocesos de la descentralización Después de las leyes que dieron paso a la descentralización política y administrativa del Estado venezolano en la década de los noventa, muchos fueron los avances en el desarrollo de una nueva organización del Estado y una considerable ampliación de los derechos políticos y sociales de la población venezolana. En 1989 se celebraron por primera vez elecciones directas para los cargos de gobernadores y alcaldes, y en 1990 el Congreso Nacional aprobó la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público(LODDT), con la que se reconocieron competencias exclusivas para la administración de bienes y servicios por parte de los estados y municipios; y de competencias concurrentes, fundamentalmente a través de convenios de transferencia de servicios en el ámbito social, que antes le correspondían ejercer al Poder Nacional. A su vez, se creó el Fondo Intergubernamental para la Descentralización(FIDES) y aumentaron los ingresos nacionales trasferidos a estados y municipios mediante el Situado Constitucional y una Ley de Asignaciones Económicas Especiales para los Estados y el Distrito Metropolitano de Caracas derivada de Minas e 1