f. Categorización de la educación nacional como un servicio de carácter público, regulado por el Estado. g. Permanencia de la concurrencia de competencias administrativas entre los distintos niveles de gobierno y con el sector privado, previa aprobación del órgano rector. h. Corresponsabilidad de las comunidades, la dirección escolar y los padres y representantes en la conducción de las instituciones educativas. i. Incorporación de la participación de las comunidades en la gestión educativa. j. Gratuidad en el acceso desde el nivel inicial hasta el pregrado universitario. k. Garantía del principio de Autonomía en el nivel universitario del sistema educativo. II. Los pro y los contra del Proyecto de Ley de Educación Sin desconocer los aportes que proporciona el nuevo texto legal, al que diversos sectores del acontecer político y educativo nacional atribuyen significativos avances con respecto a la legislación de 1980, surge sin embargo, como materia de preocupación, el examen de algunos conceptos, nociones e ideas que aparecen en los cambios que se incorporar a los articulados del Proyecto aprobado en 1ª discusión en el año 2001. Entre los aspectos que gozan de amplio acuerdo, con importantes implicaciones en el desarrollo pedagógico y ético al que se aspira, destaca el relieve que se atribuye en el sistema educativo bolivariano a los principios de igualdad, equidad, accesibilidad y calidad. Se prevé no sólo el desarrollo de las habilidades intelectuales de las personas, sino también el desarrollo de sus habilidades físicas y una educación para el resguardo del medio ambiente; esto a todos los niveles y orientada a la construcción de un modelo en el cual la solidaridad, la igualdad, la equidad, y demás preceptos ético morales sean el pilar fundamental del sistema. Son también ideas innovadoras que gozan del reconocimiento colectivo, el desarrollo que se hace a través del Art. 14, del Principio de la Práctica de la Responsabilidad Social, la Solidaridad y la Reciprocidad de los y las estudiantes, egresados y egresadas y de la obligación que se establece de contribuir con trabajos comunitarios, no remunerados. Merece ser relacionado igualmente, el contenido del Art. 15, a través del cual se atribuyen fundamentos constructivistas a la Educación Bolivariana y se reconocen de manera explícita los valores de la identidad nacional, con una visión latinoamericana y universal. Asimismo son aportes significativos, el alargamiento del año escolar a 200 días, la inclusión de un 12% del PIB para financiar el crecimiento del sector, la expresa prohibición de realizar actividades de proselitismo y propaganda político-partidista en los centros educativos, lo que constituye una herramienta para contrarrestar cualquier intento de adoctrinamiento a través de la red educativa, la apertura a la corresponsabilidad de los agentes de la 6
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