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El socialismo del siglo XXI y su impacto sobre la descentralización en Venezuela
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Promueve la creación de Distritos Motores de Desarrollo, decretados por el Presidente de la República, que con una autoridad única tendrán preferencia en el acceso a los recursos del Fondo de Compensación Interterritorial. Los distritos motores integrarán territorios(en límites que pueden o no coincidir con los de los estados y municipios), y funcionarán subsistemas de comunas, definidos como espacios socialistas de régimen de propiedad social, y donde la participación se limita a su ámbito de convivencia. Artículo 3, A los fines del presente Reglamento se entiende por: Desarrollo Territorial Desconcentrado: gestión y administración racional del ordenamiento territorial urbano regional a través de sus diferentes niveles de gobierno, en función de fortalecer la integración territorial y la soberanía nacional, así como promover la igualdad social, la justicia y la solidaridad, a través de los Distritos Motores de Desarrollo, para reforzar el asentamiento poblacional en un Subsistema de Comunas, en ese sentido, el pueblo organizado asume el ejercicio del poder, referenciado a su ámbito de convivencia. Distritos Motores de Desarrollo: se entiende por Distrito Motor de Desarrollo la unidad territorial decretada por el Ejecutivo Nacional Comuna: espacio socialista definido por la integración de comunidades vecinas con una memoria histórica compartida, rasgos culturales, usos, y costumbres, que se reconocen en el territorio en concordancia con un régimen de producción social y el modelo de desarrollo endógeno, sustentable y socialista contemplado en el Plan Nacional de Desarrollo. Artículo 21: …los limites de los Distritos Motores de Desarrollo podrán coincidir o no con los límites político territoriales de los estados, municipios o dependencias federales… Artículo 24: se designará por cada Distrito Motor de Desarrollo una autoridad Única de Área conforme a la normativa aplicable, que a los efectos del presente reglamento se denominará Autoridad Única Distrital. Aspectos relevantes del Reglamento del Consejo Federal de Gobierno en materia de su funcionamiento Las políticas del Consejo Federal de Gobierno deben estar alineadas a lo que dicte la Comisión Central de Planificación Artículo 3: A los fines del presente Reglamento se entiende por: Proceso de Planificación: función asignada, dentro del Sistema Nacional de Planificación, al Consejo Federal de Gobierno para establecer los lineamientos en materia de descentralización entre las entidades político-territoriales y hacia las organizaciones de base del Poder Popular, así como para el estudio, planificación y creación de los Distritos Motores de Desarrollo, las políticas de planificación e inversión del Consejo Federal de Gobierno en todo momento guardan relación y se alinean con los lineamientos de política de la Comisión Central de Planificación. El ámbito territorial del Consejo Federal de Gobierno es todo el territorio nacional y es obligatorio en sus políticas alinearse al Proyecto Simón Bolívar(Plan de la Nación) 7