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Negociación colectiva y representación sindical : necesidad de cambios? ; Seminario
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El encuadramiento sindical, un conflicto intersindical por la representación de los trabajadores de la empresa Por Héctor Omar García. 1. INTRODUCCIÓN: ALGUNAS NOTAS SOBRE LA REPRESENTACIÓN Y LA REPRESENTATIVIDAD SINDICAL 5 RAMÍREZ BOSCO, Luis, Sujetos de la negociación colec­tiva, en ACKERMAN, Mario E. (Director) y TOSCA, Diego M. (Coordinador), Tratado de Derecho del Trabajo , Rubinzal-Culzoni Edi­tores, Bs. As. Santa Fe, t. VIII (también editado como Relaciones colectivas del trabajo , t. II), p. 66. 6 Esta síntesis distintiva de los conceptos de representación y representatividad la he realizado con anterioridad en mi trabajo Actualidad sobre la representa­ción sindical en la Argentina (a partir del fallo dictado por la Corte Suprema en los autosATE c. Ministerio de Trabajo, ponen­cia oficial a las XVI Jornadas Rio­platenses de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social , organizadas con­juntamente por la Asociación Uruguaya de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social y la Aso­ciación Argentina de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social y celebradas en Colonia del Sacramento, Uruguay, 24 y 25 de abril de 2009. Un tema recurrente en el Derecho colectivo del trabajo es el que encierra la pre­gunta acerca de cómo es posible que ciertos sujetos individualestrabajadores y empleadores puedan tenerse por representados a través de unos representantes a los cuales nunca aquéllos les han otorgado un mandato expreso destinado a tales fines, a diferencia de lo que se exige por ejemplo en el Derecho Civil. Esta apreciación, formulada con sentido crítico por la doctrina 5 , pone de mani­fiesto la problemática de la representación colectiva y su vínculo con la idea de re­presentatividad , conceptos sobre los cuales en necesario efectuar, a modo introductorio, algunas precisiones que permitan su respectiva identificación y dis­tinción, dado que su relevancia trasciende la dimensión puramente teórica, en la medida que en la Argentinaarriesgo desde el vamos una afirmación la re­presentatividad es condición de la representación . No obstante que los términos representación y representatividad son frecuentemente utilizados en forma indistinta, la doctrina jurídica y sociológica ha avanzado ostensiblemente en Italia en la precisión y distinción de los respectivos signi­ficados e implicancias de dichos conceptos 6 . Conforme al estudio efectuado por Mimmo Carrieri, la representación sindical se funda en la capacidad de la organización para actuar por cuenta de otros actores en el mundo de las relaciones del trabajo. Puede considerarse plena esta represen­tación cuando esinclusiva, es decir, cuando tiene capacidad de expresarse por todos los actores, y puede ser sostenida en la evolución de los cambios sociales. El citado autor agrega que la representación es el reflejo de lacercanía socioló­gica que existe entre el representante y sus representados y que, al mismo tiempo, 115