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Hacia un fortalecimiento de derechos laborales en el trabajo de hogar : algunas experiencias de América Latina
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subvalorados, feminizados y delegados en ter­ceras marginadas, lo que recrea situaciones de discriminación y violencia que se creían su­peradas. 2. Análisis de la experiencia de políticas laborales relativas al trabajo doméstico en el país Si bien en el país no se han adoptado nunca políticas específicas destinadas al trabajo do­méstico, ha habido políticas dirigidas a mujeres o niñas que pueden haber tenido un impacto específico en las mujeres que trabajan en este sector. Un ejemplo de ello son las acciones des­tinadas a promover el acceso y la permanencia en la escuela de las niñas y adolescentes, la creación de guarderías barriales para mujeres trabajadoras en general, el acceso a la salud por el Servicio Universal Materno Infantil( sumi ), las políticas de control de agencias privadas de empleo, el programa de trata de personas, las políticas del Ministerio de Trabajo de promoción del empleo, inspección del trabajo y programas de emprendimientos productivos. Estas políticas pueden indirectamente haber contribuido a mejorar las condiciones de vida de estas mujeres, pero de manera colateral, por lo que sería deseable una política espe­cífica para el sector que tome en cuenta su realidad concreta, no solo desde el punto de vista laboral, sino integralmente(ejercicio de derechos humanos[laborales en especial], violencia, migración, acceso a servicios, do­cumentos, escolaridad, salud). 2.1. Análisis del impacto de la adopción de normas internacionales y nacionales sobre trabajo doméstico I) Impacto de las normas nacionales El desarrollo de la legislación nacional para regular el trabajo asalariado del hogar es el resultado de una larga y penosa lucha de las mujeres del sector, no un acto deliberado y de expresión de voluntad política del Estado de restablecimiento de sus derechos. Por tanto son previsibles la debilidad en el funcionamien­to óptimo de los mecanismos administrativos y judiciales de garantía y la ausencia de políticas públicas dirigidas al sector. Sin embargo, el he­cho de haberse adoptado normas específicas constituye un avance que permite mejorar las condiciones laborales de las trabajadoras del hogar, visualizar situaciones específicas como trabajo forzoso, explotación laboral, trabajo do­méstico de niños y niñas, trata de personas, migración interna y externa, etcétera. El siguiente cuadro permite identificar y visua­lizar el avance normativo que se ha dado en el reconocimiento de los derechos laborales del trabajo asalariado del hogar, los aspectos superados, los pendientes y las aspiraciones del sector. Ley General del Trabajo Título III. De ciertas clases de trabajo. Capítulo II. Del trabajo doméstico Art. 36. Define el trabajo domésti­co, la contratación verbal o escrita y su registro obligatorio en la Po­licía de Seguridad, si es por más de un año. Legislación vigente Ley n.º 2450 de 3/4/2003 Art. 1. Define el trabajo asalariado del hogar, excluyendo el que se realiza en locales de servicio y comercio, aun­que se preste en casas particulares. Art. 2. Establece la irrenunciabilidad de derechos. Art. 3. Regula las condiciones de contratación verbal o escrita, presume el carácter indefinido si es por más de un año, regula el contrato discontinuo y la aplicación de principios procesales en caso de conflicto. Art.. Establece derechos generales, similares a los de cualquier trabajador, en el marco de la lgt , d . r ., Código de Seguridad Social y disposiciones conexas. Temas pendientes y propuestas de modificación 36 Rosario Baptista Canedo Trabajo doméstico: experiencias sobre regulación y sindicalización en Bolivia