dependencia, todo lo cual desvirtúa la simulación o fraude que supone la tercerización(artículo 49 de la LOTTT). En todo caso, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 y en la Disposición Transitoria Primera de la LOTTT, los trabajadores tercerizados gozarán de inamovilidad y de idénticas condiciones laborales que el resto de los trabajadores del beneficiario, y deberán ser incorporados a la nómina del patrono(beneficiario) en el plazo máximo de tres(3) años contados a partir de la promulgación de la LOTTT, es decir, hasta el 30 de abril de 2015. Contrato de trabajo En el supuesto de no haber sido celebrado un contrato de trabajo por escrito se presumirá cierto, salvo prueba en contrario, el contenido que le atribuya el trabajador(artículo 58 de la LOTTT). Si el contrato de trabajo fuese celebrado por escrito, el patrono deberá dejar constancia, en un libro llevado al efecto, de la entrega de un ejemplar a sus trabajadores, recabando la firma de éstos(artículo 59, último aparte de la LOTTT). El contrato de trabajo por tiempo determinado podrá tener una duración máxima de un(1) año, independientemente de la categoría o condición que ostente el trabajador(artículo 62 de la LOTTT); suprimiéndose la opción de contratos de trabajo a término hasta por tres(3) años de vigencia en los casos de empleados y obreros especializados, según contemplaba el artículo 75 de la derogada Ley Orgánica del Trabajo. Se amplió el lapso de presunción de prórroga del contrato de trabajo por tiempo determinado y para una obra determinada, que la derogada Ley Orgánica del Trabajo establecía en un(1) mes(artículo 74, último aparte): si extinguido el vínculo laboral fuese celebrado un nuevo contrato de trabajo entre las partes dentro de los tres(3) meses siguientes al vencimiento del anterior, se considerará que éste ha sido prorrogado, salvo que se demuestre claramente la voluntad común de extinguir el vínculo laboral(artículo 62 de la LOTTT). Al igual que en la derogada Ley Orgánica del Trabajo, se admite la opción de prorrogar, por una vez, el contrato de trabajo por tiempo determinado, salvo ciertas excepciones(trabajadores venezolanos contratados para prestar servicios en el exterior y deportistas profesionales, previstos en los artículos 65 y 219 de la LOTTT, respectivamente). Vicisitudes de la relación de trabajo El cuanto a la sustitución patronal se evidencian dos(2) modificaciones trascendentes: La responsabilidad solidaria entre el patrono sustituido y el sustituto se extendió de un(1) año, según lo estipulaba el artículo 90 de la derogada Ley Orgánica del Trabajo, a cinco(5) años(artículo 68 de la LOTTT) y; 3
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Los derechos individuales en la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras : primer año de vigencia
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