2.2 Los regímenes privatizados de capitalización individual Las modificación más importante ocurrida en la década de los 90 en materia de seguridad social ha sido lo que se denomina reforma estructural de los sistemas IVS, introduciéndose un régimen de ahorro individual también llamado de Capitalización Plena Individual(CPI). Una característica central de los regímenes de CPI es que la prestación es indefinida. Esto es, en los regímenes públicos solidarios, ya sea bajo el régimen financiero de reparto o de capitalización colectiva, se fija una regla 15 , dada la cual el monto de la prestación queda establecida en función de los salarios. Sin embargo en los sistemas de CPI la prestación es incierta por varios factores: dependerá de la expectativa de vida al momento del retiro, de la rentabilidad que hayan obtenido los fondos en el mercado de capitales 16 y de las comisiones que cobren las AFP y las Compañías de Seguros que paguen la renta vitalicia que se fijan libremente.. Se pueden resumir en 3 riesgos y 3 incertidumbres, las que enfrentan los regímenes de pensiones 17 : Incertidumbres, cuando la probabilidad de resultados potenciales no es conocida o estimada: conmociones macroeconómicas; sacudidas demográficas; riesgos políticos Riesgos, cuando la probabilidad de resultados potenciales puede ser conocida o estimada: riesgo de gestión por incompetencia o fraude; riesgo de inversión; riesgo de mercado de las rentas vitalicias. Barr concluye que en las cuentas individuales capitalizadas es la persona la que enfrenta todas las incertidumbres y todos los riesgos, mientras que en los regímenes de seguro social, de seguridad social solidaria, es riesgo y las incertidumbres son compartidos por los pensionados, por los trabajadores aportantes, por las empresas contribuyentes o los contribuyentes futuros. En este mismo sentido, también la Conclusión 13 de la 89ª. Conferencia de OIT, es categórica:«En los sistemas de pensiones con prestaciones definidas basadas en el reparto, el riesgo se asume colectivamente. En los sistemas de cuentas de ahorro individuales, en cambio, son las propias personas las que asumen el riesgo.» Las tres variaciones del modelo de CPI observados en América Latina, son 18 : Sustitutivo: el antiguo sistema público de pensiones es abolido y reemplazado por uno nuevo, con un régimen financiero de capitalización plena individual que alimenta una cuenta individual del asegurado, cuyos recursos se invierten –una vez deducidas las comisiones de administración y de fallecimiento e incapacidad– y se capitalizan sus rendimientos. El monto de la prestación es indefinida, por cuanto, si cumpliera los requisitos de elegibilidad, el asegurado recibirá una pensión que dependerá del monto de las cotizaciones netas de comisiones realizadas cuenta individual, su rendimiento a lo largo del tiempo y la esperanza de vida del afiliado al momento de su retiro. En este modelo los riesgos vinculados a la rentabilidad recaen en los asegurados, mientras que el Estado asume el riesgo, generalmente, de que los asegurados que hayan cumplido con los requisitos de la prestación no alcan15 En base al promedio salarial de determinado período y a una tasa de reemplazo que se aplica sobre dicho promedio, la cual se fija en función de los créditos laborales y la edad del retiro. 16 No se asegura una rentabilidad mínima. 17 Nicholas Barr:«Reforma de las pensiones: mitos, verdades y opciones políticas», AISS, 6/2002, Revista Vol. Nº 55, Nro. 2. 18 Se sigue aquí la tipología utilizada por Carmelo Mesa Lago en diversos trabajos:«Estudio Comparativo de los costos fiscales en la transición de ocho reformas de pensiones en América Latina», CEPAL, 3/2000 y otros. 16
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Seguridad social en América Latina y Conosur : mitos, desafıós, estrategias y propuestas desde una visión sindical
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