medio, o, visto desde otra perspectiva, realizan una programación llamada del mínimo común denominador(Rothemberg, 1962). La contracara de este fenómeno del mínimo común denominador es la excesiva duplicación de la programación. Esto es, los canales, en su competencia por obtener la mayor audiencia, realizan el mismo tipo de programa disminuyendo la diversidad. Para explicar este comportamiento de los diferentes canales se utiliza el modelo de mínima diferenciación de producto de Hotelling(1938). Los diferentes canales de televisión emitirán el mismo tipo de programación, posicionando su programa en la audiencia media. Este problema es más acuciante cuanto menor es la cantidad de canales de televisión existentes, y—según este modelo— disminuye al contrario(Brown y Cave, 1992). El razonamiento es sencillo: si el valor de la audiencia media dividido entre los canales existentes es mayor que el valor de la audiencia minoritaria, los canales preferirán obtener su cuota parte de la audiencia media a obtener el total de la audiencia minoritaria. Para llevar adelante esta estrategia comercial, todos los canales transmiten programas dirigidos a la audiencia media, lo que implica programas similares(duplicados) y por tanto una escasa diversidad. Naturalmente, la consecuencia de este fenómeno—el incentivo a la emisión de programas con el mínimo común denominador posicionado en el mismo segmento— es que se dejan sin satisfacer las preferencias de audiencias minoritarias. Los fallos de mercado de la televisión abierta comercial se podrían resumir, según Bustamante(1999), de esta manera: la televisión comercial es poco diversa y duplica la programación; la calidad de los programas es baja; los incentivos para innovar son pobres, y se le dedica mucho tiempo a la publicidad. En este sentido, el regulador actúa en tres áreas de políticas. En primer lugar en el desarrollo de una televisión pública; en segundo lugar en la regulación de la propiedad, y en tercer lugar en la regulación de determinados contenidos(violencia, infancia, publicidad, producción nacional, etc.)(Brown y Cave, 1992). La diversidad se debería medir en tres perspectivas: la diversidad de producto, relativa al contenido, la diversidad de la fuente, relativa a la propiedad de los medios, y la diversidad del punto de vista, que hace referencia a la opinión sobre temas importantes desde diversas perspectivas(M. Alexander y K. Brown, 2007). La regulación de la propiedad de los medios tiene por objetivo limitar el poder de concentración de las empresas. Incluye: 1) la cantidad de señales, ya sea a nivel nacional o local, o la audiencia potencial acumulada por estas señales que pueden tener un grupo económico, una empresa o una persona física; 2) la propiedad cruzada de las señales de televisión con otros medios de comunicación como televisión por cable, radios, periódicos, etcétera, y 3) la posibilidad de adquisición de las licencias por empresas extranjeras(Brown y Cave, 1992). En cualquier mercado, la excesiva concentración puede conducir a prácticas de posición dominante con consecuencias negativas para el bienestar de los consumidores. Sumada a una cuestión de precios, en este caso la excesiva concentración puede disminuir la diversidad, y con ella el beneficio de los consumidores. Detrás de este concepto, más que consumidores se encuentra el concepto de ciudadanía. La televisión ayuda a formar los conceptos de convivencia mediante externalidades de educación, redes y ciudadanía. II.4. Los sistemas de televisión de pago Desde los primeros años noventa, la televisión, el medio arquetípico de comunicación de masas, ha escapado a los límites de adjudicación del espectro desarrollando nuevas formas de difusión por cable y satélite. 11
Druckschrift
La televisión privada comercial en Uruguay : caracterización de la concentración de la propiedad, las audiencias y la facturación
Entstehung
Einzelbild herunterladen
verfügbare Breiten