Derechos humanos, equidad y acceso a la justicia 13 vertidas en las investigaciones relacionadas con la materia: las de índole cultural y las que son inherentes al propio entramado legislativo y, por consiguiente, desbordan las visiones puramente organizativas o procedimentales. Equidad y acceso a la justicia Equidad y disfrute de los derechos humanos Son múltiples las relaciones existentes entre la equidad y los derechos humanos. La primera que merece ser subrayada es que ambos son componentes necesarios de un concepto integral del desarrollo. El crecimiento económico sin equidad no satisface los estándares preponderantes a escala internacional para la medición del desarrollo de los pueblos; éste, por otro lado, hoy no puede ser concebido al margen de las libertades y derechos fundamentales de la persona, hasta el punto de que el desarrollo es entendido como un proceso de ampliación de la libertad humana. El ejercicio de los derechos humanos contribuye al desarrollo no solamente por el valor instrumental que a estos efectos sin duda posee, en virtud de su utilidad para hacer sentir la voz de los excluidos o para reforzar reivindicaciones sociales, sino también porque el pleno disfrute de esos derechos constituye en sí mismo un elemento esencial y un fin del desarrollo. Tanto en obras científicas, como en informes de organismos de las Naciones Unidas y de entes multilaterales destinados a la promoción del desarrollo, se admite cada vez más la interconexión entre los derechos humanos y el desarrollo, sobre todo en la medida en que tales derechos han sido asumidos en su integridad, considerando también los derechos económicos, sociales y culturales y su interdependencia con los derechos civiles y políticos. Desde la perspectiva de los derechos humanos, la relación entre éstos y la equidad ha sido reconocida ampliamente, y ha sido puesta de manifiesto en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de Viena(1993) y en instrumentos como la Carta Democrática Interamericana. Adicionalmente, la vertiente de la equidad que se traduce en una prohibición de la discriminación se hace presente en la propia proclamación internacional de los derechos humanos, los cuales deben ser asegurados sin discriminación.
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