Print 
Derechos humanos, equidad y acceso a la justicia
Place and Date of Creation
Turn right 90°Turn left 90°
  
  
  
  
  
 
Download single image
 

144 Jesús María Casal /Alma Chacón Hanson población y mejor tratamiento de los reclusos. Ese es el caso del In­ternado Judicial de El Junquito(Región Capital), donde son envia­dos los presos de mejor posición económica o más vinculados a las autoridades 87 . Por último, son dignas de mención las dificultades que debe en­frentar la mujer en el ámbito penitenciario, por ser un grupo minori­tario que recibe escasa atención no sólo de quienes tienen competen­cia para diseñar políticas públicas, sino también por los estudiosos de la criminología. Problemas como el abandono de su pareja y has­ta de su familia por la valoración negativa de la mujer que delinque; las limitaciones a la visita conyugal, obligándola en algunos países al uso de algún método anticonceptivo; la inexistencia de condicio­nes apropiadas para la mujer embarazada(atención médica, alimen­tación adecuada); los tipos de trabajo que se le permiten desplegar o para los cuales son educadas(trabajos manuales con remuneración baja); entre otros. Conclusiones y recomendaciones 1. Cuando se hace referencia al principio de la igualdad ante la ley, no se trata únicamente de la equiparación en el trato jurídico de todos los ciudadanos, sino de considerar también la diversidad entre los sujetos, de modo que la perspectiva de la equidad cuan­do se aplica al acceso a la justicia, exige, a la par de garantizar formalmente el derecho de todos de acceder en condiciones de igualdad a tribunales independientes e imparciales, tomar me­didas para asegurar a los grupos especialmente vulnerables(po­bres, mujeres, indígenas, entre otros), un real acceso. 2. Uno de los factores que mayormente influye en el acceso a la jus­ticia es la condición socioeconómica, convirtiéndose en un ele­mento que genera en la práctica discriminación. Así las aprecia­ciones iniciales acerca de la desigualdad social tanto en la fase de diseño o formulación de normas como en la fase de aplicación de las leyes, quedaron corroboradas, vislumbrando mayor vulnera­bilidad cuando a la condición de pobreza se une el hecho de ser mujer o indígena. 87. Ibidem , p. 214.