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Ni premio ni castigo : inversión, mecanismos y procedimientos de asignación de la publicidad oficial en Uruguay ; estándares de protección de la libertad de expresión para una regulación democrática de este recurso estatal
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sidad y el pluralismo de medios a través de mecanismos de ayudas indirectas o subsi­dios explícitos y neutros, diferenciados de los gastos de publicidad oficial. La pauta estatal no debe ser considerada como un mecanis­mo de sostenimiento de los medios de comu­nicación. II.3. Buenas prácticas en materia de publicidad oficial La publicidad oficial forma parte de la política de comunicación de los organismos públicos. «Es un elemento más de la comunicación pú­blica que sirve a los poderes públicos para intercambiar y compartir información con los ciudadanos»(Villanueva: 2009). Bien utilizada, contribuye a dotar de mayor transparencia al Estado, junto con las políticas de acceso a la información pública y las polí­ticas anticorrupción. Constituye además una herramienta central para la difusión de las ga­rantías que gozan los ciudadanos para ejercer sus derechos, a través de campañas de bien público, difusión de políticas vinculadas a los derechos económicos, sociales y culturales (DESC), la difusión de prestaciones sociales y servicios estatales. Obviamente en esta ca­tegoría también ingresa la difusión clásica de actos de gobierno, leyes, reglamentos, licita­ciones, contratos, etcétera. En esta concepción, la publicidad oficial debe constituirse en un instrumento para garantizar el derecho a saber de las personas y para di­fundir información de alto interés público. Por ello, la publicidad oficial debe desvincularse de otras finalidades a las que puede servir, pero que constituyen un uso desviado de su fi­nalidad: la publicidad oficial no es información política del gobierno; tampoco debería servir para difundir los logros del gobierno, ni para promover la figura de un funcionario electo o de confianza política. Al no existir reglas que impidan la utilización partidaria de la publicidad oficial, los gobier­nos cuentan por un lado con una presencia destacada en los medios audiovisuales a tra­vés de su publicidad oficial, la que se potencia luego con el uso de los espacios que le co­rresponden al partido de gobierno en el mar­co de los espacios gratuitos de la campaña propiamente dicha. La publicidad oficial opera pues como un distorsionador del juego políti­co a favor del oficialismo, a la vez que genera una relación clientelar con los medios de co­municación, debilitando su función en socie­dad(Becerra, 2011). Todo esto haciendo abstracción en este tra­bajo sobre un eventual uso abusivo y lindante con la corrupción de la publicidad oficial, que no parece ser un problema actual en Uruguay, y que debería ser objeto de una investigación enfocada en políticas para prevenir la corrup­ción en la administración pública. Aquí se estudia la finalidad de la publicidad oficial vinculada a su papel en la comunica­ción del gobierno, en el marco de una socie­dad democrática, como parte del sistema de garantías de la libertad de expresión, el plu­ralismo en los medios de comunicación y la independencia de los periodistas. Sin un marco conceptual ni normativo de refe­rencia en Uruguay, conviene repasar algunos ejemplos salientes de la experiencia compara­da. La Política Comunicacional del Gobierno de Canadá define el objetivo de la comuni­cación estatal y establece criterios de plani­ficación y distribución de la pauta oficial. En efecto, la reglamentación establece que la co­municación estatal debe procurar«satisfacer las necesidades informativas de la población» e informar al público respetando«la libertad, el pluralismo, la seguridad, la sinceridad y el respeto» 1 . La reglamentación también dispone que las comunicaciones y campañas publicitarias de­ben planificarse en el marco del plan anual de 1 Communication Policy of the Government of Canada, 1 de agosto de 2006, disponible en, http://www.tbs-sct. gc.ca/pol/doc-eng.aspx?id=12316&section=text#cha1. 11